III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-12127)
Resolución de 9 de mayo de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Obras de reconstrucción del puente de A Barxa, afectando al dominio público hidráulico y zona de policía del río Xares y en zona de policía del regueiro da Chaira, en O Bolo (Ourense)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 122
Martes 23 de mayo de 2023
Relación de consultados
Sec. III. Pág. 70960
Respuestas
recibidas
Dirección General de Salud Pública, Calidad e Innovación. Ministerio de Sanidad.
Sí
Dirección General de Planificación Energética y Recursos Naturales. Consellería
de Economía, Industria e Innovación. Xunta de Galicia.
No
Dirección General de Patrimonio Cultural. Consellería de Cultural, Educación,
Formación Profesional y Universidades. Xunta de Galicia.
Sí
Aguas de Galicia. Consellería de Infraestructuras y Movilidad. Xunta de Galicia.
No
Dirección General de Desarrollo Rural. Consellería del Medio Rural. Xunta de
Galicia.
No
Dirección General de Planificación y Ordenación Forestal. Consellería del Medio
Rural. Xunta de Galicia.
Sí2
Dirección General de Emergencias e Interior. Consellería de Presidencia, Justicia
y Turismo. Xunta de Galicia.
Sí3
Dirección General de Patrimonio Natural. Consellería de Medio Ambiente,
Territorio y Vivienda. Xunta de Galicia.
Sí4
Dirección General de Calidad Ambiental, Sostenibilidad y Cambio Climático.
Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda. Xunta de Galicia.
Sí5
Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo. Consellería de Medio
Ambiente, Territorio y Vivienda. Xunta de Galicia.
Sí
Asociación para a Defensa Ecoloxica de Galiza (ADEGA).
No
SEO/BirdLife.
No
WWF/Adena.
No
Ecologistas en Acción-CODA (Confederación Nacional).
No
La CHMS del MITECO responde tras reiteración de consultas en virtud del artículo 46.3 de la
Ley 21/2013, de 9 de diciembre.
(2)
Remite el Servicio de Montes de la Dirección General de Planificación y Ordenación Forestal de la
Xunta de Galicia.
(3)
Remite el Servicio de Prevención y Análisis de Riesgos de la Subdirección General de Planificación y
Protección Civil de la Dirección General de Emergencias e Interior de la Vicepresidencia Segunda de la
Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes de la Xunta de Galicia.
(4)
El Servicio de Análisis de Proyectos, Planes y Programas de la Subdirección General de Espacios
Naturales de la Dirección General de Patrimonio Natural de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e
Vivienda de la Xunta de Galicia responde tras requerimiento al Órgano Jerárquicamente Superior, la
Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda de la Xunta de Galicia, en virtud del artículo 46.3 de la
Ley 21/2013, de 9 de diciembre.
(5)
Remite el Servicio de Evaluación Ambiental de Proyectos de la Dirección General de Calidad
Ambiental, Sostenibilidad y Cambio Climático de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Vivienda de la
Xunta de Galicia.
Como consecuencia del resultado de las consultas, se traslada al promotor, con
fecha 17 de marzo de 2023, que los impactos significativos detectados pueden ser
evitados mediante la incorporación al proyecto de una serie de prescripciones y
aclaraciones, las cuales el promotor acepta íntegramente, el 13 de abril de 2023,
modificaciones que pasan a integrar la versión final del proyecto, sobre la que versa esta
resolución.
Una vez analizada la documentación que obra en el expediente y considerando las
respuestas recibidas a las consultas practicadas, se realiza el siguiente análisis para
determinar la necesidad de sometimiento del proyecto al procedimiento de evaluación de
impacto ambiental ordinaria previsto en la sección 1.ª del capítulo II, del título II, según
los criterios del anexo III, de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.
cve: BOE-A-2023-12127
Verificable en https://www.boe.es
(1)
Núm. 122
Martes 23 de mayo de 2023
Relación de consultados
Sec. III. Pág. 70960
Respuestas
recibidas
Dirección General de Salud Pública, Calidad e Innovación. Ministerio de Sanidad.
Sí
Dirección General de Planificación Energética y Recursos Naturales. Consellería
de Economía, Industria e Innovación. Xunta de Galicia.
No
Dirección General de Patrimonio Cultural. Consellería de Cultural, Educación,
Formación Profesional y Universidades. Xunta de Galicia.
Sí
Aguas de Galicia. Consellería de Infraestructuras y Movilidad. Xunta de Galicia.
No
Dirección General de Desarrollo Rural. Consellería del Medio Rural. Xunta de
Galicia.
No
Dirección General de Planificación y Ordenación Forestal. Consellería del Medio
Rural. Xunta de Galicia.
Sí2
Dirección General de Emergencias e Interior. Consellería de Presidencia, Justicia
y Turismo. Xunta de Galicia.
Sí3
Dirección General de Patrimonio Natural. Consellería de Medio Ambiente,
Territorio y Vivienda. Xunta de Galicia.
Sí4
Dirección General de Calidad Ambiental, Sostenibilidad y Cambio Climático.
Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda. Xunta de Galicia.
Sí5
Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo. Consellería de Medio
Ambiente, Territorio y Vivienda. Xunta de Galicia.
Sí
Asociación para a Defensa Ecoloxica de Galiza (ADEGA).
No
SEO/BirdLife.
No
WWF/Adena.
No
Ecologistas en Acción-CODA (Confederación Nacional).
No
La CHMS del MITECO responde tras reiteración de consultas en virtud del artículo 46.3 de la
Ley 21/2013, de 9 de diciembre.
(2)
Remite el Servicio de Montes de la Dirección General de Planificación y Ordenación Forestal de la
Xunta de Galicia.
(3)
Remite el Servicio de Prevención y Análisis de Riesgos de la Subdirección General de Planificación y
Protección Civil de la Dirección General de Emergencias e Interior de la Vicepresidencia Segunda de la
Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes de la Xunta de Galicia.
(4)
El Servicio de Análisis de Proyectos, Planes y Programas de la Subdirección General de Espacios
Naturales de la Dirección General de Patrimonio Natural de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e
Vivienda de la Xunta de Galicia responde tras requerimiento al Órgano Jerárquicamente Superior, la
Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda de la Xunta de Galicia, en virtud del artículo 46.3 de la
Ley 21/2013, de 9 de diciembre.
(5)
Remite el Servicio de Evaluación Ambiental de Proyectos de la Dirección General de Calidad
Ambiental, Sostenibilidad y Cambio Climático de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Vivienda de la
Xunta de Galicia.
Como consecuencia del resultado de las consultas, se traslada al promotor, con
fecha 17 de marzo de 2023, que los impactos significativos detectados pueden ser
evitados mediante la incorporación al proyecto de una serie de prescripciones y
aclaraciones, las cuales el promotor acepta íntegramente, el 13 de abril de 2023,
modificaciones que pasan a integrar la versión final del proyecto, sobre la que versa esta
resolución.
Una vez analizada la documentación que obra en el expediente y considerando las
respuestas recibidas a las consultas practicadas, se realiza el siguiente análisis para
determinar la necesidad de sometimiento del proyecto al procedimiento de evaluación de
impacto ambiental ordinaria previsto en la sección 1.ª del capítulo II, del título II, según
los criterios del anexo III, de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.
cve: BOE-A-2023-12127
Verificable en https://www.boe.es
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