III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Convenios. (BOE-A-2023-12134)
Resolución de 17 de mayo de 2023, de la Secretaría General de Administración Digital, por la que se publica el Convenio con la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda, la Universidad Carlos III de Madrid, la Universidad de Murcia y la Universitat Rovira I Virgili, para la puesta en marcha del proyecto piloto denominado Cartera Digital en el ámbito universitario, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -financiado por la Unión Europea- Next Generation EU.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 122
Martes 23 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 71066
Por todo ello, las partes suscriben el presente convenio, que se regirá por las
siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto y ámbito subjetivo.
1.
El presente convenio tiene por objeto:
1.º Establecer los términos y condiciones de colaboración entre la SGAD, la FNMTRCM, la UC3M, la UMU y la URV para la puesta en marcha de un proyecto piloto de
cartera digital en el ámbito universitario, dentro de los límites previstos en la Disposición
adicional sexta de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, consistente en la generación y
almacenamiento de credenciales en dicha cartera digital que permitan, previa
comprobación, el disfrute por los usuarios de las universidades participantes en el
proyecto, a través de los respectivos portales de Internet, de determinados servicios que
proporcionan estas y que en ningún caso impliquen la acreditación de la condición de
interesado en procedimiento administrativo alguno.
2.º Establecer las condiciones para la emisión de una credencial verificable de
identificación y otras dos credenciales adicionales, de acuerdo con lo previsto en la
cláusula segunda.
2. Los servicios a que se refiere el apartado 1, a los que actualmente se puede
acceder utilizando sistemas informáticos tradicionales, que las universidades facilitarán a
los usuarios participantes en el proyecto son los siguientes:
a) La UC3M dará acceso a una aplicación web para la gestión de contenidos
docentes al personal docente investigador y al personal de administración y servicios
que participe.
b) La UMU dará acceso a revistas y publicaciones científicas al personal docente
investigador, a los alumnos de máster y doctorado y al personal de la biblioteca.
c) La URV dará acceso a realizar el fichaje asociado a la gestión de la presencia de
la universidad al personal de administración y servicios que quiera participar en este
proyecto piloto. Cabe remarcar que no se establecen efectos administrativos asociados
por incumplimiento en el uso de este sistema de autenticación en la aplicación de fichaje.
3. Adicionalmente, las Universidades podrán ampliar estos servicios al colectivo de
estudiantes, siempre que los mismos queden incluidos dentro de los límites previstos en
la citada Disposición adicional sexta de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Segunda.
Elementos del sistema de la cartera digital y flujo de funcionamiento.
a) Una aplicación móvil denominada «Cartera digital» con la funcionalidad de
almacenar credenciales verificables.
b) Tres tipos de credenciales verificables, tal y como se describe en el flujo de
funcionamiento del sistema.
c) Una infraestructura para la verificación de dichas credenciales, que almacenará
únicamente las claves públicas de los cuatro emisores de credenciales (esto es, de la
FNMT-RCM y de las tres universidades participantes) para validar que esas credenciales
han sido efectivamente creadas por esos emisores.
cve: BOE-A-2023-12134
Verificable en https://www.boe.es
1. Para la realización de esta experiencia piloto serán necesarios los siguientes
elementos técnicos básicos:
Núm. 122
Martes 23 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 71066
Por todo ello, las partes suscriben el presente convenio, que se regirá por las
siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto y ámbito subjetivo.
1.
El presente convenio tiene por objeto:
1.º Establecer los términos y condiciones de colaboración entre la SGAD, la FNMTRCM, la UC3M, la UMU y la URV para la puesta en marcha de un proyecto piloto de
cartera digital en el ámbito universitario, dentro de los límites previstos en la Disposición
adicional sexta de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, consistente en la generación y
almacenamiento de credenciales en dicha cartera digital que permitan, previa
comprobación, el disfrute por los usuarios de las universidades participantes en el
proyecto, a través de los respectivos portales de Internet, de determinados servicios que
proporcionan estas y que en ningún caso impliquen la acreditación de la condición de
interesado en procedimiento administrativo alguno.
2.º Establecer las condiciones para la emisión de una credencial verificable de
identificación y otras dos credenciales adicionales, de acuerdo con lo previsto en la
cláusula segunda.
2. Los servicios a que se refiere el apartado 1, a los que actualmente se puede
acceder utilizando sistemas informáticos tradicionales, que las universidades facilitarán a
los usuarios participantes en el proyecto son los siguientes:
a) La UC3M dará acceso a una aplicación web para la gestión de contenidos
docentes al personal docente investigador y al personal de administración y servicios
que participe.
b) La UMU dará acceso a revistas y publicaciones científicas al personal docente
investigador, a los alumnos de máster y doctorado y al personal de la biblioteca.
c) La URV dará acceso a realizar el fichaje asociado a la gestión de la presencia de
la universidad al personal de administración y servicios que quiera participar en este
proyecto piloto. Cabe remarcar que no se establecen efectos administrativos asociados
por incumplimiento en el uso de este sistema de autenticación en la aplicación de fichaje.
3. Adicionalmente, las Universidades podrán ampliar estos servicios al colectivo de
estudiantes, siempre que los mismos queden incluidos dentro de los límites previstos en
la citada Disposición adicional sexta de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Segunda.
Elementos del sistema de la cartera digital y flujo de funcionamiento.
a) Una aplicación móvil denominada «Cartera digital» con la funcionalidad de
almacenar credenciales verificables.
b) Tres tipos de credenciales verificables, tal y como se describe en el flujo de
funcionamiento del sistema.
c) Una infraestructura para la verificación de dichas credenciales, que almacenará
únicamente las claves públicas de los cuatro emisores de credenciales (esto es, de la
FNMT-RCM y de las tres universidades participantes) para validar que esas credenciales
han sido efectivamente creadas por esos emisores.
cve: BOE-A-2023-12134
Verificable en https://www.boe.es
1. Para la realización de esta experiencia piloto serán necesarios los siguientes
elementos técnicos básicos: