III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Comunidad Autónoma de Cataluña. Convenio. (BOE-A-2023-12023)
Resolución de 31 de marzo de 2023, de la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, por la que se publica el Convenio con la Generalitat de Catalunya, para el diseño, financiación y ejecución de las obras de remodelación y ampliación de la estación de Vilamalla, para mejorar la accesibilidad y permitir el acceso en ancho estándar de trenes de hasta 750 m a la terminal de Vilamalla.
14 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 121
Lunes 22 de mayo de 2023
Segunda.
Sec. III. Pág. 70214
Actuaciones contempladas en el convenio.
El presente convenio prevé las siguientes actuaciones:
– Ejecución de la solución del paso entre andenes en la estación de Vilamalla.
– Ampliación de la vía 4 y ejecución de una nueva vía (vía 6) en la estación de
Vilamalla, e implantación en ellas del ancho mixto, ibérico y estándar, para permitir la
expedición/recepción de trenes de hasta 750 m y la operativa de composición/partición
de trenes con origen/destino en la terminal de Vilamalla.
– Adecuación de la superestructura de vía de las vías 1, 2 y 3 de la estación de
Vilamalla a la nueva configuración funcional prevista para la estación de Vilamalla, que
haga posible el encaminamiento de trenes con origen/destino en la terminal de Vilamalla
por las líneas 260 y 270.
– Implantación del ancho mixto, ibérico y estándar, en el ramal de acceso y la
terminal de carga de Vilamalla, y adecuación del ramal de acceso a la nueva
configuración prevista en la estación de Vilamalla.
Se adjunta, como anexo n.º 2 al presente convenio, un esquema de la configuración
funcional prevista, consensuada entre las partes, resultante de la ejecución de las
actuaciones consideradas en el convenio.
Tercera.
1.ª
Obligaciones de las partes.
Obligaciones de la Administración de la Generalitat de Catalunya.
● La implantación de ancho de vía mixto (ibérico y estándar) en la vía 4 de la
estación de Vilamalla y su prolongación para hacer posible el estacionamiento de trenes
de hasta 750 m de longitud.
● La ejecución de una nueva vía (vía 6) en la estación de Vilamalla, paralela a la
vía 4 y de características similares, para hacer posible la formación y el estacionamiento
de trenes de hasta 750 m de longitud, de modo que pueda ser administrada por ADIF
como vía de apartado.
● La implantación o adecuación de aparatos de vía, y demás elementos de
superestructura de vía, tanto en las vías de apartado como en las vías generales de la
estación de Vilamalla, con objeto de permitir el encaminamiento de trenes por las
líneas 260 y 270, con origen/destino en la terminal de Vilamalla.
● El desmontaje de la superestructura de vía de la vía 3, excluido el CMS, en la
estación de Vilamalla, conforme a la nueva configuración funcional prevista para la
estación de Vilamalla.
● La adecuación de un tramo del ramal de acceso a la terminal de Vilamalla a la
nueva configuración de las vías 4 y 6, en la longitud necesaria que el proyecto
constructivo establezca por razones constructivas y de integridad de la infraestructura
resultante de la RFIG.
● Las instalaciones eléctricas del ramal de acceso a la terminal de Vilamalla.
cve: BOE-A-2023-12023
Verificable en https://www.boe.es
– La Administración de la Generalitat de Catalunya redactará, en coordinación con
ADIF, el proyecto constructivo ámbito RFIG, con objeto de que el alcance y el desarrollo
del documento, y las soluciones técnicas en él incluidas, estén consensuadas.
El proyecto constructivo deberá cumplir la normativa sectorial que resulte de
aplicación en cada momento. Las partes llevarán a cabo la coordinación técnica del
contenido de los proyectos constructivos, para su posterior sujeción al procedimiento
interno de supervisión de ADIF.
Así mismo, la Administración de la Generalitat de Catalunya elaborará y facilitará a
ADIF todos los documentos que sean necesarios y requeridos para llevar a cabo las
tramitaciones exigibles, la supervisión de los trabajos y la aprobación final del proyecto
constructivo por parte de ADIF.
Dicho proyecto incorporará, como actuaciones principales:
Núm. 121
Lunes 22 de mayo de 2023
Segunda.
Sec. III. Pág. 70214
Actuaciones contempladas en el convenio.
El presente convenio prevé las siguientes actuaciones:
– Ejecución de la solución del paso entre andenes en la estación de Vilamalla.
– Ampliación de la vía 4 y ejecución de una nueva vía (vía 6) en la estación de
Vilamalla, e implantación en ellas del ancho mixto, ibérico y estándar, para permitir la
expedición/recepción de trenes de hasta 750 m y la operativa de composición/partición
de trenes con origen/destino en la terminal de Vilamalla.
– Adecuación de la superestructura de vía de las vías 1, 2 y 3 de la estación de
Vilamalla a la nueva configuración funcional prevista para la estación de Vilamalla, que
haga posible el encaminamiento de trenes con origen/destino en la terminal de Vilamalla
por las líneas 260 y 270.
– Implantación del ancho mixto, ibérico y estándar, en el ramal de acceso y la
terminal de carga de Vilamalla, y adecuación del ramal de acceso a la nueva
configuración prevista en la estación de Vilamalla.
Se adjunta, como anexo n.º 2 al presente convenio, un esquema de la configuración
funcional prevista, consensuada entre las partes, resultante de la ejecución de las
actuaciones consideradas en el convenio.
Tercera.
1.ª
Obligaciones de las partes.
Obligaciones de la Administración de la Generalitat de Catalunya.
● La implantación de ancho de vía mixto (ibérico y estándar) en la vía 4 de la
estación de Vilamalla y su prolongación para hacer posible el estacionamiento de trenes
de hasta 750 m de longitud.
● La ejecución de una nueva vía (vía 6) en la estación de Vilamalla, paralela a la
vía 4 y de características similares, para hacer posible la formación y el estacionamiento
de trenes de hasta 750 m de longitud, de modo que pueda ser administrada por ADIF
como vía de apartado.
● La implantación o adecuación de aparatos de vía, y demás elementos de
superestructura de vía, tanto en las vías de apartado como en las vías generales de la
estación de Vilamalla, con objeto de permitir el encaminamiento de trenes por las
líneas 260 y 270, con origen/destino en la terminal de Vilamalla.
● El desmontaje de la superestructura de vía de la vía 3, excluido el CMS, en la
estación de Vilamalla, conforme a la nueva configuración funcional prevista para la
estación de Vilamalla.
● La adecuación de un tramo del ramal de acceso a la terminal de Vilamalla a la
nueva configuración de las vías 4 y 6, en la longitud necesaria que el proyecto
constructivo establezca por razones constructivas y de integridad de la infraestructura
resultante de la RFIG.
● Las instalaciones eléctricas del ramal de acceso a la terminal de Vilamalla.
cve: BOE-A-2023-12023
Verificable en https://www.boe.es
– La Administración de la Generalitat de Catalunya redactará, en coordinación con
ADIF, el proyecto constructivo ámbito RFIG, con objeto de que el alcance y el desarrollo
del documento, y las soluciones técnicas en él incluidas, estén consensuadas.
El proyecto constructivo deberá cumplir la normativa sectorial que resulte de
aplicación en cada momento. Las partes llevarán a cabo la coordinación técnica del
contenido de los proyectos constructivos, para su posterior sujeción al procedimiento
interno de supervisión de ADIF.
Así mismo, la Administración de la Generalitat de Catalunya elaborará y facilitará a
ADIF todos los documentos que sean necesarios y requeridos para llevar a cabo las
tramitaciones exigibles, la supervisión de los trabajos y la aprobación final del proyecto
constructivo por parte de ADIF.
Dicho proyecto incorporará, como actuaciones principales: