III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Comunitat Valenciana. Convenio. (BOE-A-2023-12025)
Resolución de 30 de marzo de 2023, de la Autoridad Portuaria de Castellón, por la que se publica el Convenio con la Universitat Jaume I de Castelló, para la realización de prácticas externas de los alumnos de grado y de posgrado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 121

Lunes 22 de mayo de 2023

Sec. III. Pág. 70232

incorporarse al mercado laboral en condiciones idóneas, para así responder con eficacia
y garantías a las exigencias de la sociedad y de sus instituciones.
2) Que la universidad está interesada en establecer un Programa de Colaboración
con la Autoridad Portuaria de Castellón para la realización de prácticas académicas
externas de los estudiantes matriculados en la misma, incluyéndose la realización de
Trabajos Fin de Grado y Trabajos Fin de Máster, relativos a cualquier enseñanza
impartida por la universidad, tanto oficiales como propias, según las condiciones
particulares de cada modalidad establecidas en el correspondiente programa formativo,
así como de acuerdo con lo manifestado en la memoria justificativa que se adjunta al
presente convenio, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 50.1 de la
Ley 40/2015 de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público.
3) Que, con el fin de contribuir a la formación integral de los estudiantes
universitarios de la universidad, ambas partes desean suscribir el presente convenio
encuadrado en el marco del Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan
las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios.
Por lo tanto, a la vista de lo expuesto, ambas partes acuerdan suscribir el presente
convenio que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
Establecer con la Autoridad Portuaria de Castellón y para los alumnos de grado y
postgrado de la universidad, un Programa de Prácticas de Colaboración integradas en su
formación de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio,
por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes
universitarios.
Segunda.

Compromisos.

La Autoridad Portuaria de Castellón determinará en qué instalaciones dependientes
del organismo se llevarán a cabo las prácticas, en virtud de la firma del presente acuerdo
y según las condiciones establecidas en el mismo.
La universidad se encargará de velar por que los estudiantes que soliciten las
prácticas en el marco de las convocatorias realizadas al efecto cumplan los requisitos
formativos y/o de titulación fijados en las bases de estas. Asimismo, gestionará todos los
aspectos formales de las convocatorias de las prácticas objeto del presente convenio, de
acuerdo con su normativa y procedimientos, conforme a los principios de publicidad,
objetividad y concurrencia.
La Autoridad Portuaria de Castellón decidirá el número de alumnos y alumnas que
realizarán las prácticas en cada convocatoria de acuerdo con las circunstancias de las
Representaciones y de las unidades y realizará la selección de los alumnos, que
oportunamente comunicará a la universidad, de acuerdo con el procedimiento fijado en
las convocatorias.

La universidad establecerá los mecanismos adecuados para el seguimiento y
evaluación de dichas prácticas y nombrará de entre su profesorado un/a Tutor/a
Académico/a que tendrá como función el asesoramiento metodológico y técnico del
alumnado. El organismo portuario nombrará un/a Tutor/a Profesional como guía y asesor/a.
El/la alumno/a desarrollará su estancia en prácticas bajo la dirección conjunta de
ambos tutores. El/la Tutor/a Profesional designado/a por el organismo portuario
establecerá las tareas a llevar a cabo por el/la alumno/a, le orientará y hará un informe
final sobre las aptitudes que haya demostrado durante su estancia en prácticas en el

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Tercera. Evaluación y seguimiento.