III. Otras disposiciones. AGENCIA ESPAÑOLA DE PROTECCIÓN DE DATOS. Premios. (BOE-A-2023-12053)
Resolución de 11 de mayo de 2023, de la Agencia Española de Protección de Datos, por la que se aprueban las bases reguladoras y se convoca el Premio de Investigación en Protección de Datos Personales "Emilio Aced".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 121
Lunes 22 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 70452
Para la presentación telemática de solicitudes se deberán tener en cuenta las
instrucciones y restricciones técnicas que se detallan a continuación:
– Podrá acceder a la Sede Electrónica de la AEPD y su registro a través del enlace:
https://sedeagpd.gob.es/sede-electronica-web/vistas/formPremiosAEPD/
premiosAEPD.jsf
– Tipos de documentos permitidos: PPTX, JPG, TXT, XML, XSIG, XLSX, ODG, ODS,
PDF, ODP, PNG, SVG, TIFF, MP3, MP4, DOCX y RTF.
– No se pueden adjuntar dos documentos iguales.
– Tamaño máximo permitido para un documento: 100,0 MB. Si supera el tamaño
máximo de fichero se deberá fraccionar.
– El máximo de ficheros a adjuntar en un mismo envío es de 4. Si son varios
ficheros, y exceden de 4, se deberá realizar un primer envío con los 4 primeros, y
sucesivos envíos adjuntando más ficheros con la opción de «Ampliación de
documentación de registro de entrada», en la que se debe indicar el número de registro
sobre el que se añaden los nuevos documentos.
Base séptima. Subsanación.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, si la solicitud
de iniciación no reúne los requisitos que señala el artículo 66 y, en su caso, los que
señala el artículo 67 u otros exigidos por la legislación específica aplicable, se requerirá
al interesado mediante correo electrónico a la dirección facilitada en su inscripción, para
que, en un plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos,
con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición,
previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la
citada ley 39/2015, de 1 de octubre.
Base octava. Criterios de valoración.
Los trabajos se valorarán atendiendo a los siguientes criterios (que se desarrollan en
el anexo 3) siendo la máxima puntuación de 80 puntos:
La valoración final resultará de la suma de las correspondientes notas parciales.
Base novena.
Órgano instructor.
La instrucción del procedimiento de concesión del Premio de Investigación en
Protección de Datos Personales Emilio Aced corresponde a la Secretaría General de la
AEPD, que comprobará el cumplimiento de los requisitos y elevará la documentación al
jurado para su valoración. Por tratarse de un premio, dada la naturaleza de este, en el
trámite de instrucción se prescindirá de audiencia, conforme autoriza el artículo 24.4 LGS.
cve: BOE-A-2023-12053
Verificable en https://www.boe.es
1. La calidad y el ajuste a la convocatoria de la documentación presentada. 10
puntos.
2. El estudio incorpora elementos innovadores con relación a la protección de datos
sobre un problema de interés tal como se definen en el objeto de la convocatoria. 20
puntos.
3. Los objetivos/hipótesis del trabajo, marco de desarrollo del proyecto y los
antecedentes se identifican con claridad, y metodología y diseño de la investigación/
desarrollo adecuado. 20 puntos.
4. Que el estudio o trabajo acometa o incluya elementos relativos a la aplicación de
la responsabilidad proactiva para la protección de datos. 20 puntos.
5. Se valorará especialmente la atención que el estudio dedica a grupos más
expuestos como menores, víctimas de violencia, etc. así como que estén alineados con
los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS). 10 puntos.
Núm. 121
Lunes 22 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 70452
Para la presentación telemática de solicitudes se deberán tener en cuenta las
instrucciones y restricciones técnicas que se detallan a continuación:
– Podrá acceder a la Sede Electrónica de la AEPD y su registro a través del enlace:
https://sedeagpd.gob.es/sede-electronica-web/vistas/formPremiosAEPD/
premiosAEPD.jsf
– Tipos de documentos permitidos: PPTX, JPG, TXT, XML, XSIG, XLSX, ODG, ODS,
PDF, ODP, PNG, SVG, TIFF, MP3, MP4, DOCX y RTF.
– No se pueden adjuntar dos documentos iguales.
– Tamaño máximo permitido para un documento: 100,0 MB. Si supera el tamaño
máximo de fichero se deberá fraccionar.
– El máximo de ficheros a adjuntar en un mismo envío es de 4. Si son varios
ficheros, y exceden de 4, se deberá realizar un primer envío con los 4 primeros, y
sucesivos envíos adjuntando más ficheros con la opción de «Ampliación de
documentación de registro de entrada», en la que se debe indicar el número de registro
sobre el que se añaden los nuevos documentos.
Base séptima. Subsanación.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, si la solicitud
de iniciación no reúne los requisitos que señala el artículo 66 y, en su caso, los que
señala el artículo 67 u otros exigidos por la legislación específica aplicable, se requerirá
al interesado mediante correo electrónico a la dirección facilitada en su inscripción, para
que, en un plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos,
con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición,
previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la
citada ley 39/2015, de 1 de octubre.
Base octava. Criterios de valoración.
Los trabajos se valorarán atendiendo a los siguientes criterios (que se desarrollan en
el anexo 3) siendo la máxima puntuación de 80 puntos:
La valoración final resultará de la suma de las correspondientes notas parciales.
Base novena.
Órgano instructor.
La instrucción del procedimiento de concesión del Premio de Investigación en
Protección de Datos Personales Emilio Aced corresponde a la Secretaría General de la
AEPD, que comprobará el cumplimiento de los requisitos y elevará la documentación al
jurado para su valoración. Por tratarse de un premio, dada la naturaleza de este, en el
trámite de instrucción se prescindirá de audiencia, conforme autoriza el artículo 24.4 LGS.
cve: BOE-A-2023-12053
Verificable en https://www.boe.es
1. La calidad y el ajuste a la convocatoria de la documentación presentada. 10
puntos.
2. El estudio incorpora elementos innovadores con relación a la protección de datos
sobre un problema de interés tal como se definen en el objeto de la convocatoria. 20
puntos.
3. Los objetivos/hipótesis del trabajo, marco de desarrollo del proyecto y los
antecedentes se identifican con claridad, y metodología y diseño de la investigación/
desarrollo adecuado. 20 puntos.
4. Que el estudio o trabajo acometa o incluya elementos relativos a la aplicación de
la responsabilidad proactiva para la protección de datos. 20 puntos.
5. Se valorará especialmente la atención que el estudio dedica a grupos más
expuestos como menores, víctimas de violencia, etc. así como que estén alineados con
los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS). 10 puntos.