III. Otras disposiciones. AGENCIA ESPAÑOLA DE PROTECCIÓN DE DATOS. Premios. (BOE-A-2023-12048)
Resolución de 11 de mayo de 2023, la Agencia Española de Protección de Datos, por la que se aprueban las bases reguladoras y se convoca el Premio a las Iniciativas y Buenas Prácticas para la Protección de las Mujeres frente a la Violencia Digital.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 121

Lunes 22 de mayo de 2023

Sec. III. Pág. 70403

PROTECCIÓN DE DATOS
Los datos de carácter personal que consten en la solicitud serán tratados por la Agencia
Española de Protección de Datos e incorporados a la actividad de tratamiento «Actividad de
promoción», cuya finalidad es la gestión y resolución de la convocatoria. Finalidad basada en el
interés público de la convocatoria y en su solicitud de participación en ella.
Otra opción puede ser: cuya finalidad, basada en el interés público de la convocatoria y en su
solicitud de participación en ella, es la gestión y resolución de la misma.
Los datos relativos a los ganadores de los premios se publicarán en la web de la AEPD y en
redes sociales. En las modalidades que incluyen prestación económica, los datos de los
premiados serán comunicados a las entidades bancarias con objeto de realizar su abono, a la
Agencia Estatal de Administración Tributaria, a la Intervención General del Estado y al Tribunal
de Cuentas, para el control contable.
Los datos serán conservados durante la tramitación del procedimiento de concesión del premio
y de las reclamaciones que se puedan formular, siendo de aplicación la normativa establecida
de archivos y patrimonio documental español. Los datos de los premiados en las modalidades
que incluyen prestación económica se conservarán conforme a lo dispuesto en la Ley 58/2003,
de 17 de diciembre, General Tributaria.
Se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de sus datos,
de limitación y oposición a su tratamiento, así como a no ser objeto de decisiones basadas
únicamente en el tratamiento automatizado de sus datos, cuando procedan, ante la Agencia
Española de Protección de Datos, calle Jorge Juan, 6, 28001 - Madrid.
ANEXO 2
Resumen ejecutivo
El resumen ejecutivo tendrá una extensión máxima de dos páginas con letra Arial 11
interlineado simple y tendrá los siguientes apartados:
– Título.
– Entidad.
– El resumen contiene, respecto a la actividad, producto o servicio:

cve: BOE-A-2023-12048
Verificable en https://www.boe.es

● La descripción general.
● La adecuación de la iniciativa al objeto del premio.
● La innovación y originalidad del proyecto.
● La programación/ejecución y grado de cumplimiento de la iniciativa.
● El grado de riesgo de los tratamientos afectados por el proyecto, así como el
impacto y principales beneficiarios de éste.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X