III. Otras disposiciones. AGENCIA ESPAÑOLA DE PROTECCIÓN DE DATOS. Premios. (BOE-A-2023-12049)
Resolución de 11 de mayo de 2023, de la Agencia Española de Protección de Datos, por la que se aprueban las bases reguladoras y se convoca el Premio a la Difusión del Derecho Fundamental a la Protección de Datos en Redes sociales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 121

Lunes 22 de mayo de 2023

Sec. III. Pág. 70407

Subvenciones. De conformidad con los artículos 24 a 26 del Reglamento de la Ley
General de Subvenciones, los solicitantes habrán de presentar una declaración
responsable acerca de la no concurrencia en ellos de ninguna de las circunstancias
previstas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones. Dicha declaración
responsable se incluye en el modelo de solicitud que se presenta como anexo 1 a esta
convocatoria.
Base tercera. Requisitos de la candidatura.
En el caso de la presentación de los trabajos de forma no telemática se deberá aportar
original y copia en formato digital (el archivo informático deberá permitir su apertura en
programas comúnmente usados con extensiones del tipo «.rtf, .doc, .docx, .ppt, .pptx, .pdf»).
En el caso de presentación de los trabajos de forma telemática, estos deberán presentarse
en formato electrónico o digital (el archivo informático deberá permitir su apertura en programas
comúnmente usados con extensiones del tipo «.rtf, .doc, .docx, .ppt, .pptx, .pdf»).
En el caso la presentación de archivos PDF solo se admitirán documentos en
formato editable.
La candidatura incluirá una memoria en castellano de acuerdo con el modelo del
anexo 2, recogiendo los principales méritos y logros que la avalen. Este resumen tendrá
una extensión máxima de 15 páginas, en letra Arial 11 e interlineado simple y podrán
presentarse en idioma original, si bien, en caso de ser diferente del castellano, deberán
acompañarse de traducción a este último idioma. Al tratarse de un premio orientado a
redes sociales, además del contenido susceptible de ser capturado o incrustado,
deberán incluirse en la memoria los enlaces activos al contenido online que se considere
debe ser valorado por el jurado, ya sea uno o varios perfiles en diversas redes sociales
de forma completa o el proyecto y la difusión realizada de una acción concreta.
La memoria deberá contener de forma obligatoria los apartados a que se hace
referencia en el anexo 2. El contenido enlazado en el resumen deberá permanecer
visible en el momento de su valoración por parte del jurado.
El incumplimiento de alguno de estos requisitos dará lugar a la exclusión de la
propuesta.
Base cuarta.

Plazo de ejecución de la candidatura.

Pueden optar al premio aquellos perfiles que hayan publicado contenidos
relacionados con el objeto de estas bases entre el 18 de noviembre de 2022 y el 15 de
octubre de 2023.
Dotación del premio.

El Premio a la difusión del derecho fundamental a la protección de datos en redes
sociales estará dotado con una cantidad de tres mil euros (3.000,00 €). Se establece
asimismo un accésit de mil quinientos euros (1.500,00 €).
En caso de declararse desierto el premio, el jurado podrá proponer la entrega de un
accésit adicional dotado con mil quinientos euros (1.500,00 €).
Los premiados contarán con mención honorífica, mediante diploma concedido al
efecto.
Asimismo, se otorgará a los premiados un trofeo acreditativo del premio obtenido y
sus perfiles y contenidos se difundirán a través de las redes sociales de la Agencia.
La presente convocatoria se financiará con cargo a la aplicación
presupuestaria 13.301.135M.48, de una cuantía estimada máxima de cuatro mil
quinientos euros (4.500,00 €), quedando condicionada su concesión a la existencia de
crédito presupuestario adecuado y suficiente en el momento en que se dicte la
resolución de concesión.

cve: BOE-A-2023-12049
Verificable en https://www.boe.es

Base quinta.