T.C. Sección del Tribunal Constitucional. TRIBUNAL CONSTITUCIONAL. Sentencias. (BOE-A-2023-12078)
Pleno. Sentencia 36/2023, de 19 de abril de 2023. Recurso de inconstitucionalidad 1220-2021. Interpuesto por el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma del País Vasco en relación con diversos preceptos del Real Decreto-ley 14/2019, de 31 de octubre, por el que se adoptan medidas urgentes por razones de seguridad pública en materia de administración digital, contratación del sector público y telecomunicaciones. Límites materiales de los decretos leyes: pérdida parcial de objeto del proceso, concurrencia del presupuesto habilitante de la extraordinaria y urgente necesidad y prohibición de tecnologías de registro distribuido en los sistemas de identificación y firma que no vulnera la competencia autonómica de autoorganización (STC 10/2023); no afectación al secreto de las comunicaciones ni a las libertades de expresión e información.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 121

Lunes 22 de mayo de 2023

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los ciudadanos», sin que se trate de una «prohibición general», pues se «persigue
restringir de forma puntual y provisional su uso, en tanto no exista un marco regulatorio
ad hoc de carácter estatal o europeo» [FJ 4 (ii)], por lo que dicha regulación no puede
ser calificada de desproporcionada.
C) El cuarto motivo del recurso de inconstitucionalidad tampoco ha perdido objeto.
En el mismo el recurrente impugna el art. 3 en sus apartados 1 y 2 del Real Decretoley 14/2019 que incorpora a través de los arts. 9.3 y 10.3 de la Ley 39/2015, la obligación
de situar «en territorio español» los recursos técnicos necesarios para la recogida,
almacenamiento, tratamiento y gestión de los sistemas previstos en los artículos 9.2 c)
y 10.2 c) de la citada Ley, así como, por conexión, la disposición transitoria primera,
apartado 2, del propio Real Decreto-ley 14/2019.
Ahora bien, la tacha formulada respecto a estos tres preceptos no se relaciona con la
infracción del orden constitucional de distribución de competencias, sino con la infracción
de preceptos sustantivos o la contravención con el Derecho de la Unión Europea, por lo
que debemos remitirnos a lo argumentado en el FJ 4 de la STC 10/2023 y desestimar la
impugnación.
FALLO
En atención a todo lo expuesto, el Tribunal Constitucional, por la autoridad que le
confiere la Constitución de la Nación española, ha decidido:
1.º Declarar extinguido, por pérdida sobrevenida de objeto, el presente recurso de
inconstitucionalidad núm. 1220-2021, interpuesto por el Gobierno de la Comunidad
Autónoma del País Vasco contra el Real Decreto-ley 14/2019, de 31 de octubre, por el
que se adoptan medidas urgentes por razones de seguridad pública en materia de
administración digital, contratación del sector público y telecomunicaciones, en relación
con el art. 3.1 y 2 (respecto de la modificación del art. 9.2 c y 10.2 c) de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones
públicas); en relación con el art. 6.1 (que modifica el art. 4.6 de la Ley 9/2014, de 9 de
mayo, general de telecomunicaciones).
2.º

Desestimar el recurso en todo lo demás.

Publíquese esta sentencia en el «Boletín Oficial del Estado».

cve: BOE-A-2023-12078
Verificable en https://www.boe.es

Dada en Madrid, a diecinueve de abril de dos mil veintitrés.–Cándido CondePumpido Tourón.–Inmaculada Montalbán Huertas.–Ricardo Enríquez Sancho.–María
Luisa Balaguer Callejón.–Ramón Sáez Valcárcel.–Enrique Arnaldo Alcubilla.–Concepción
Espejel Jorquera.–María Luisa Segoviano Astaburuaga.–César Tolosa Tribiño.–Laura
Díez Bueso.–Firmado y rubricado.

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