I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE DEFENSA. Formación militar. (BOE-A-2023-11944)
Orden DEF/503/2023, de 5 de mayo, por la que se aprueba el currículo de la enseñanza de formación para el acceso a las escalas de tropa y marinería del Cuerpo General de la Armada y del Cuerpo de Infantería de Marina.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 121
Lunes 22 de mayo de 2023
Sec. I. Pág. 69679
CE6. Desempeñar los cometidos de seguridad física al personal, unidades e
instalaciones, correspondientes al marinero, tanto en tierra como en la mar. Así mismo,
estar preparado para integrarse y actuar dentro de los equipos de seguridad marítima
(FP) a bordo.
CE7. Patronear embarcaciones neumáticas tipo «Zodiac» y semirígidas (RHIB) en
maniobras sencillas y en aguas protegidas.
CE8. Aplicar los conocimientos necesarios para la atención sanitaria en escenarios
operativos en el nivel de capacitación básico (NC1) especificados en el artículo 8 y en el
anexo del Real Decreto 230/2017, de 10 de marzo (BOE núm. 60 de 2017).
4.
Especialidad Fundamental de Operaciones y Sistemas (OSM).
CE1. Ejecutar tareas básicas, y auxiliar en las actividades propias de las áreas de
sistema de combate y CIS de los buques de la Flota.
CE2. Ejecutar tareas básicas, y auxiliar en las actividades propias de la gestión
administrativa de los buques de la Flota.
CE3. Auxiliar en las actividades específicas de mantenimiento de los sistemas y
equipos de las áreas de Sistema de Combate y CIS, mediante la ejecución de los
cometidos técnicos y logísticos que se le asignen coherentes con el nivel de
responsabilidad y el campo de actividad de su Especialidad Fundamental.
CE4. Aplicar los conocimientos necesarios para la atención sanitaria en escenarios
operativos en el nivel de capacitación básico (NC1) especificados en el artículo 8 y en el
anexo del Real Decreto 230/2017, de 10 de marzo (BOE núm. 60 de 2017).
5.
Especialidad Fundamental de Infantería de Marina (IMT).
CE1. Dominar el manejo de las armas, municiones, equipos de comunicaciones, de
optrónica y resto de equipo individual reglamentario asignado, responsabilizándose de su
correcto funcionamiento y mantenimiento y ejecutando con seguridad y precisión
acciones de tiro con fuego real.
CE2. Aplicar a su nivel las técnicas y procedimientos de la instrucción de combate,
tanto individual como colectivo, incluyendo comunicaciones, navegación terrestre y
asistencia a una baja en combate, interpretando las órdenes recibidas y adaptándolas a
la situación mediante la toma de decisiones oportunas.
CE3. Realizar, a su nivel, acciones de combate ofensivo, defensivo y en el entorno
operativo de baja intensidad, especialmente en el marco de las operaciones anfibias,
integrado en un equipo de fuego o equipo de armas colectivas y encuadrado en un
pelotón o sección de armas.
CE4. Desempeñar los cometidos de seguridad física al personal, unidades e
instalaciones, correspondientes al soldado, tanto en tierra como en la mar. Así mismo,
estar preparado para actuar dentro de equipos operativos de seguridad marítima.
CE5. Emplear los medios básicos utilizados a su nivel para obtener, difundir y
proteger la información frente a actos hostiles, pérdidas o revelaciones no autorizadas.
CE6. Aplicar los conocimientos necesarios para la atención sanitaria en escenarios
operativos en el nivel de capacitación básico (NC1) especificados en el artículo 8 y en el
anexo del Real Decreto 230/2017, de 10 de marzo (BOE núm. 60 de 2017).
Especialidad Fundamental de Música (MUS).
CE1. Desempeñar los cometidos musicales, militares y logísticos que le permitan
integrarse en una banda de música de la Armada.
CE2. Manejar correctamente, al nivel que corresponda, los instrumentos de las
bandas de músicas militares.
CE3. Integrarse en una banda de música militar.
CE4. Interpretar obras musicales de carácter militar.
CE5. Manejar las diferentes aplicaciones ofimáticas más usuales en el ámbito de la
Armada, así como la edición de partituras musicales en formato MIDI.
cve: BOE-A-2023-11944
Verificable en https://www.boe.es
6.
Núm. 121
Lunes 22 de mayo de 2023
Sec. I. Pág. 69679
CE6. Desempeñar los cometidos de seguridad física al personal, unidades e
instalaciones, correspondientes al marinero, tanto en tierra como en la mar. Así mismo,
estar preparado para integrarse y actuar dentro de los equipos de seguridad marítima
(FP) a bordo.
CE7. Patronear embarcaciones neumáticas tipo «Zodiac» y semirígidas (RHIB) en
maniobras sencillas y en aguas protegidas.
CE8. Aplicar los conocimientos necesarios para la atención sanitaria en escenarios
operativos en el nivel de capacitación básico (NC1) especificados en el artículo 8 y en el
anexo del Real Decreto 230/2017, de 10 de marzo (BOE núm. 60 de 2017).
4.
Especialidad Fundamental de Operaciones y Sistemas (OSM).
CE1. Ejecutar tareas básicas, y auxiliar en las actividades propias de las áreas de
sistema de combate y CIS de los buques de la Flota.
CE2. Ejecutar tareas básicas, y auxiliar en las actividades propias de la gestión
administrativa de los buques de la Flota.
CE3. Auxiliar en las actividades específicas de mantenimiento de los sistemas y
equipos de las áreas de Sistema de Combate y CIS, mediante la ejecución de los
cometidos técnicos y logísticos que se le asignen coherentes con el nivel de
responsabilidad y el campo de actividad de su Especialidad Fundamental.
CE4. Aplicar los conocimientos necesarios para la atención sanitaria en escenarios
operativos en el nivel de capacitación básico (NC1) especificados en el artículo 8 y en el
anexo del Real Decreto 230/2017, de 10 de marzo (BOE núm. 60 de 2017).
5.
Especialidad Fundamental de Infantería de Marina (IMT).
CE1. Dominar el manejo de las armas, municiones, equipos de comunicaciones, de
optrónica y resto de equipo individual reglamentario asignado, responsabilizándose de su
correcto funcionamiento y mantenimiento y ejecutando con seguridad y precisión
acciones de tiro con fuego real.
CE2. Aplicar a su nivel las técnicas y procedimientos de la instrucción de combate,
tanto individual como colectivo, incluyendo comunicaciones, navegación terrestre y
asistencia a una baja en combate, interpretando las órdenes recibidas y adaptándolas a
la situación mediante la toma de decisiones oportunas.
CE3. Realizar, a su nivel, acciones de combate ofensivo, defensivo y en el entorno
operativo de baja intensidad, especialmente en el marco de las operaciones anfibias,
integrado en un equipo de fuego o equipo de armas colectivas y encuadrado en un
pelotón o sección de armas.
CE4. Desempeñar los cometidos de seguridad física al personal, unidades e
instalaciones, correspondientes al soldado, tanto en tierra como en la mar. Así mismo,
estar preparado para actuar dentro de equipos operativos de seguridad marítima.
CE5. Emplear los medios básicos utilizados a su nivel para obtener, difundir y
proteger la información frente a actos hostiles, pérdidas o revelaciones no autorizadas.
CE6. Aplicar los conocimientos necesarios para la atención sanitaria en escenarios
operativos en el nivel de capacitación básico (NC1) especificados en el artículo 8 y en el
anexo del Real Decreto 230/2017, de 10 de marzo (BOE núm. 60 de 2017).
Especialidad Fundamental de Música (MUS).
CE1. Desempeñar los cometidos musicales, militares y logísticos que le permitan
integrarse en una banda de música de la Armada.
CE2. Manejar correctamente, al nivel que corresponda, los instrumentos de las
bandas de músicas militares.
CE3. Integrarse en una banda de música militar.
CE4. Interpretar obras musicales de carácter militar.
CE5. Manejar las diferentes aplicaciones ofimáticas más usuales en el ámbito de la
Armada, así como la edición de partituras musicales en formato MIDI.
cve: BOE-A-2023-11944
Verificable en https://www.boe.es
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