I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE DEFENSA. Formación militar. (BOE-A-2023-11944)
Orden DEF/503/2023, de 5 de mayo, por la que se aprueba el currículo de la enseñanza de formación para el acceso a las escalas de tropa y marinería del Cuerpo General de la Armada y del Cuerpo de Infantería de Marina.
17 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 121
Lunes 22 de mayo de 2023
Sec. I. Pág. 69678
CG10. Adquirir y mantener las condiciones psicofísicas necesarias para la
preparación para el combate y para soportar las situaciones de esfuerzo diario y en
operaciones.
CG11. Emplear herramientas básicas de las tecnologías de la información en las
áreas de alfabetización en información y datos, comunicación y colaboración, creación
de contenidos digitales y resolución de problemas en su ámbito de responsabilidad bajo
las normas de ciberseguridad que les afecten.
Artículo 3. Competencias específicas.
Las competencias específicas (CE) son:
1.
Especialidad Fundamental de Aprovisionamiento (APM).
CE1. Ejecutar, a su nivel, las actividades de preelaboración, preparación,
conservación, terminación, presentación y servicio de todo tipo de elaboraciones
culinarias en el ámbito de la producción en cocina, siguiendo los protocolos de calidad
establecidos y actuando según normas de higiene, prevención de riesgos laborales y
protección medioambiental.
CE2. Manipular en crudo y conservar los alimentos básicos utilizados en
elaboraciones sencillas.
CE3. Realizar un servicio de comedor rutinario de pequeña envergadura.
CE4. Utilizar, con el resto del personal de cocina, el lugar de trabajo, los aparatos y
las preparaciones básicas, con especial atención a las condiciones de limpieza, tanto en
el ámbito personal como en su entorno de trabajo, aplicando las normas elementales de
seguridad e higiene.
CE5. Realizar tareas elementales de lavandería, plancha y servicio de cámaras y
camarotes.
CE6. Desempeñar los cometidos de seguridad física al personal, unidades e
instalaciones, correspondientes al marinero, tanto en tierra como en la mar. Así mismo,
estar preparado para integrarse y actuar dentro de los equipos de seguridad marítima
(FP) a bordo.
CE7. Aplicar los conocimientos necesarios para la atención sanitaria en escenarios
operativos en el nivel de capacitación básico (NC1) especificados en el artículo 8 y en el
anexo del Real Decreto 230/2017, de 10 de marzo (BOE núm. 60 de 2017).
2.
Especialidad Fundamental de Energía y Propulsión (EPM).
3.
Especialidad Fundamental de Maniobra y Navegación (MNM).
CE1. Ejecutar tareas básicas y auxiliares en las faenas propias de los elementos de
la maniobra de los buques.
CE2. Ejecutar tareas básicas y auxiliares en los cometidos del Puente de Gobierno.
CE3. Auxiliar en el alistamiento de embarcaciones y medios de salvamento.
CE4. Efectuar registro de comunicaciones visuales y radiotelefónicas.
CE5. Realizar cometidos básicos de navegación y meteorología.
cve: BOE-A-2023-11944
Verificable en https://www.boe.es
CE1. Ejecutar tareas básicas, y auxiliar en las actividades propias de operación y
supervisión de los sistemas de energía y propulsión, seguridad interior, equipos
auxiliares y sistemas integrados de control de plataforma de los buques de la Flota.
CE2. Auxiliar en las actividades específicas de mantenimiento de los sistemas de
energía y propulsión, seguridad interior y equipos auxiliares, mediante la ejecución de los
cometidos técnicos y logísticos que se le asignen coherentes con el nivel de
responsabilidad y el campo de actividad de su Especialidad Fundamental.
CE3. Aplicar los conocimientos necesarios para la atención sanitaria en escenarios
operativos en el nivel de capacitación básico (NC1) especificados en el artículo 8 y en el
anexo del Real Decreto 230/2017, de 10 de marzo (BOE núm. 60 de 2017).
Núm. 121
Lunes 22 de mayo de 2023
Sec. I. Pág. 69678
CG10. Adquirir y mantener las condiciones psicofísicas necesarias para la
preparación para el combate y para soportar las situaciones de esfuerzo diario y en
operaciones.
CG11. Emplear herramientas básicas de las tecnologías de la información en las
áreas de alfabetización en información y datos, comunicación y colaboración, creación
de contenidos digitales y resolución de problemas en su ámbito de responsabilidad bajo
las normas de ciberseguridad que les afecten.
Artículo 3. Competencias específicas.
Las competencias específicas (CE) son:
1.
Especialidad Fundamental de Aprovisionamiento (APM).
CE1. Ejecutar, a su nivel, las actividades de preelaboración, preparación,
conservación, terminación, presentación y servicio de todo tipo de elaboraciones
culinarias en el ámbito de la producción en cocina, siguiendo los protocolos de calidad
establecidos y actuando según normas de higiene, prevención de riesgos laborales y
protección medioambiental.
CE2. Manipular en crudo y conservar los alimentos básicos utilizados en
elaboraciones sencillas.
CE3. Realizar un servicio de comedor rutinario de pequeña envergadura.
CE4. Utilizar, con el resto del personal de cocina, el lugar de trabajo, los aparatos y
las preparaciones básicas, con especial atención a las condiciones de limpieza, tanto en
el ámbito personal como en su entorno de trabajo, aplicando las normas elementales de
seguridad e higiene.
CE5. Realizar tareas elementales de lavandería, plancha y servicio de cámaras y
camarotes.
CE6. Desempeñar los cometidos de seguridad física al personal, unidades e
instalaciones, correspondientes al marinero, tanto en tierra como en la mar. Así mismo,
estar preparado para integrarse y actuar dentro de los equipos de seguridad marítima
(FP) a bordo.
CE7. Aplicar los conocimientos necesarios para la atención sanitaria en escenarios
operativos en el nivel de capacitación básico (NC1) especificados en el artículo 8 y en el
anexo del Real Decreto 230/2017, de 10 de marzo (BOE núm. 60 de 2017).
2.
Especialidad Fundamental de Energía y Propulsión (EPM).
3.
Especialidad Fundamental de Maniobra y Navegación (MNM).
CE1. Ejecutar tareas básicas y auxiliares en las faenas propias de los elementos de
la maniobra de los buques.
CE2. Ejecutar tareas básicas y auxiliares en los cometidos del Puente de Gobierno.
CE3. Auxiliar en el alistamiento de embarcaciones y medios de salvamento.
CE4. Efectuar registro de comunicaciones visuales y radiotelefónicas.
CE5. Realizar cometidos básicos de navegación y meteorología.
cve: BOE-A-2023-11944
Verificable en https://www.boe.es
CE1. Ejecutar tareas básicas, y auxiliar en las actividades propias de operación y
supervisión de los sistemas de energía y propulsión, seguridad interior, equipos
auxiliares y sistemas integrados de control de plataforma de los buques de la Flota.
CE2. Auxiliar en las actividades específicas de mantenimiento de los sistemas de
energía y propulsión, seguridad interior y equipos auxiliares, mediante la ejecución de los
cometidos técnicos y logísticos que se le asignen coherentes con el nivel de
responsabilidad y el campo de actividad de su Especialidad Fundamental.
CE3. Aplicar los conocimientos necesarios para la atención sanitaria en escenarios
operativos en el nivel de capacitación básico (NC1) especificados en el artículo 8 y en el
anexo del Real Decreto 230/2017, de 10 de marzo (BOE núm. 60 de 2017).