III. Otras disposiciones. BANCO DE ESPAÑA. Convenios. (BOE-A-2023-11942)
Resolución de 16 de mayo de 2023, del Banco de España, por la que se publica el Convenio con el Colegio Oficial de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de España, para el depósito de cuentas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 120

Sábado 20 de mayo de 2023

Sec. III. Pág. 69664

empresarial y los efectos de las medidas de política monetaria sobre la financiación y los
resultados de las empresas.
Desde 1991 el Colegio Oficial de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de
España (CORPME) y el Banco de España vienen colaborando en atención al interés
mutuo de facilitar el depósito de cuentas en modelos normalizados y en compartir
información contable de las compañías. El presente convenio tiene su encaje en esa
relación colaborativa convencional que desde hace más de veinticinco años se desarrolla
entre ambas instituciones.
Mediante este Convenio, el Banco de España y el CORPME desean colaborar en la
organización anual del depósito de cuentas mediante la preparación de los modelos de
depósito y su formato digital XBRL, de una parte, para facilitar a las empresas españolas
el cumplimiento de sus obligaciones de información de sus cuentas anuales y, de otra,
homogeneizar la información y facilitar el acceso a los datos contables con fines de
información y para su uso estadístico.
Como antecedentes, de este convenio, cabe señalar:
– El Acuerdo Marco de colaboración entre CORPME y el Banco de España, de 22
de junio de 1995, relativo al depósito de cuentas, para que el Banco de España pudiera
acceder a las cuentas anuales depositadas en los registros mercantiles, con fines de
producción estadística. Asimismo, se fijaban las actuaciones a realizar para mantener
actualizados anualmente los modelos de depósito, en coordinación con el Instituto de
Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC), en el seno de un Órgano Coordinador
creado con esa finalidad, al que se hace referencia más adelante.
– El anexo de 14 de junio de 2000 del referido Acuerdo Marco, por el que se permitía
que las cuentas anuales depositadas en los Registros Mercantiles sirvieran de fuente a
la base de datos de Referencias Sectoriales Europeas (RSE).
– Por último, el 28 de julio de 2015 se añadió una adenda-aclaratoria al Acuerdo
para permitir el acceso a datos individuales no confidenciales por el Sistema Europeo de
Bancos Centrales (SEBC) y el Fondo Monetario Internacional (FMI).
En ese contexto de colaboración continua entre el CORPME y el Banco de España
se han adoptado otros acuerdos y convenios como los relativos al: Acceso a la base de
datos de titularidad real (BOE-A-2019-11792, del 9 de agosto de 2019); aprovechamiento
de los datos relativos a la estadística registral inmobiliaria; acceso controlado y uso
restringido o confidencial en el laboratorio de datos del Banco de España (BOEA-2019-11792, de 9 de agosto de 2019).
Asimismo, procede hacer referencia, por su relación directa con el contenido del
presente convenio, al Órgano Coordinador BE-Registros Mercantiles (OCBERM), en el
que también participa el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC),
constituido el día 29 de mayo de 1995, como resultado de los acuerdos tomados en la
Primera Jornada Banco de España/Registros Mercantiles y que mantiene sus funciones
respecto al mantenimiento de los modelos de depósito de cuentas y su taxonomía XBRL
de desarrollo.
CLÁUSULAS

El objeto de este convenio es definir las condiciones de la colaboración entre el
Banco de España y el CORPME para favorecer el depósito de cuentas anuales en
formato electrónico, así como determinar la información que CORPME facilitará al Banco
de España, las condiciones de uso y difusión de información, agregada y microdatos.

cve: BOE-A-2023-11942
Verificable en https://www.boe.es

Primera. Objeto.