III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Subvenciones. (BOE-A-2023-11935)
Orden APA/502/2023, de 18 de mayo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a organizaciones del sector agroalimentario que realicen actuaciones de apoyo en la presentación de la solicitud única a los beneficiarios de ayudas de la política agrícola común, y se convocan para el año 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 120
Sábado 20 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 69588
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
Orden APA/502/2023, de 18 de mayo, por la que se aprueban las bases
reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia
competitiva a organizaciones del sector agroalimentario que realicen
actuaciones de apoyo en la presentación de la solicitud única a los
beneficiarios de ayudas de la política agrícola común, y se convocan para el
año 2023.
El Reglamento (UE) núm. 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de
diciembre de 2021, por el que se establecen normas en relación con la ayuda a los
planes estratégicos que deben elaborar los Estados miembros en el marco de la política
agrícola común (planes estratégicos de la PAC), financiada con cargo al Fondo Europeo
Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural
(Feader), y por el que se derogan los Reglamentos (UE) núm. 1305/2013 y (UE)
núm. 1307/2013; supone un cambio sustancial en la PAC, que pasa a ser una política
orientada a la consecución de resultados concretos, vinculados a los tres objetivos
generales del artículo 5 del Reglamento, esto es, fomentar un sector agrícola inteligente,
competitivo, resiliente y diversificado que garantice la seguridad alimentaria a largo
plazo; apoyar y reforzar la protección del medio ambiente, incluida la biodiversidad, y la
acción por el clima y contribuir a alcanzar los objetivos medioambientales y climáticos de
la Unión, entre ellos los compromisos contraídos en virtud del Acuerdo de París y
fortalecer el tejido socioeconómico de las zonas rurales.
Esta nueva orientación se articula sobre una mayor subsidiariedad a los Estados
miembros, que deberán ser quienes, sobre la base de la situación y necesidades
específicas, diseñen sus propias intervenciones. Con este nuevo enfoque, España, tras
un análisis riguroso de la situación de partida, propuso su Plan Estratégico Nacional de
la Política Agrícola Común (PAC) del Reino de España 2023-2027, que tiene como
objetivo el desarrollo sostenible de la agricultura, la alimentación y las zonas rurales para
garantizar la seguridad alimentaria de la sociedad a través de un sector competitivo y un
medio rural vivo. En su virtud se ha aprobado un conjunto de normas internas a finales
de 2022 que permitan su efectivo despliegue para la campaña de 2023, primera de este
nuevo periodo de programación.
La aplicación de esta nueva normativa y requisitos en sus inicios supone una
situación novedosa en cuanto a la tramitación y gestión para los potenciales
beneficiarios. Para facilitar las gestiones de esta nueva normativa para los agricultores y
ganaderos al tramitar sus ayudas conforme a los nuevos parámetros, se busca el apoyo
de las organizaciones a las que los agricultores y ganaderos del sector agroalimentario
han otorgado su confianza, esto es, de las organizaciones profesionales agrarias y
cooperativas agroalimentarias de carácter general y ámbito nacional, que tengan entre
sus fines estatutarios la defensa de los intereses generales de la agricultura,
entendiendo por tal las actividades agrícolas, ganaderas y silvícolas, así como la defensa
y promoción de los intereses profesionales, económicos y sociales de los agricultores,
ganaderos y silvicultores. Así, en este primer año de implantación de la nueva PAC, se
necesita más si cabe el decidido apoyo de estas entidades colaboradoras
agroalimentarias, las cuales han venido desarrollando desde hace décadas actividades
de divulgación, asesoramiento e información a los potenciales beneficiarios, y en
particular de apoyo en la tramitación y gestión de las solicitudes de ayuda de la PAC.
Las presentes ayudas, pues, vienen a apoyar las circunstancias excepcionales que
concurren en este ejercicio, ante la novedad en el régimen jurídico de tales ayudas,
situación que aconseja respaldar el apoyo que tales organizaciones prestan a los
cve: BOE-A-2023-11935
Verificable en https://www.boe.es
11935
Núm. 120
Sábado 20 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 69588
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
Orden APA/502/2023, de 18 de mayo, por la que se aprueban las bases
reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia
competitiva a organizaciones del sector agroalimentario que realicen
actuaciones de apoyo en la presentación de la solicitud única a los
beneficiarios de ayudas de la política agrícola común, y se convocan para el
año 2023.
El Reglamento (UE) núm. 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de
diciembre de 2021, por el que se establecen normas en relación con la ayuda a los
planes estratégicos que deben elaborar los Estados miembros en el marco de la política
agrícola común (planes estratégicos de la PAC), financiada con cargo al Fondo Europeo
Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural
(Feader), y por el que se derogan los Reglamentos (UE) núm. 1305/2013 y (UE)
núm. 1307/2013; supone un cambio sustancial en la PAC, que pasa a ser una política
orientada a la consecución de resultados concretos, vinculados a los tres objetivos
generales del artículo 5 del Reglamento, esto es, fomentar un sector agrícola inteligente,
competitivo, resiliente y diversificado que garantice la seguridad alimentaria a largo
plazo; apoyar y reforzar la protección del medio ambiente, incluida la biodiversidad, y la
acción por el clima y contribuir a alcanzar los objetivos medioambientales y climáticos de
la Unión, entre ellos los compromisos contraídos en virtud del Acuerdo de París y
fortalecer el tejido socioeconómico de las zonas rurales.
Esta nueva orientación se articula sobre una mayor subsidiariedad a los Estados
miembros, que deberán ser quienes, sobre la base de la situación y necesidades
específicas, diseñen sus propias intervenciones. Con este nuevo enfoque, España, tras
un análisis riguroso de la situación de partida, propuso su Plan Estratégico Nacional de
la Política Agrícola Común (PAC) del Reino de España 2023-2027, que tiene como
objetivo el desarrollo sostenible de la agricultura, la alimentación y las zonas rurales para
garantizar la seguridad alimentaria de la sociedad a través de un sector competitivo y un
medio rural vivo. En su virtud se ha aprobado un conjunto de normas internas a finales
de 2022 que permitan su efectivo despliegue para la campaña de 2023, primera de este
nuevo periodo de programación.
La aplicación de esta nueva normativa y requisitos en sus inicios supone una
situación novedosa en cuanto a la tramitación y gestión para los potenciales
beneficiarios. Para facilitar las gestiones de esta nueva normativa para los agricultores y
ganaderos al tramitar sus ayudas conforme a los nuevos parámetros, se busca el apoyo
de las organizaciones a las que los agricultores y ganaderos del sector agroalimentario
han otorgado su confianza, esto es, de las organizaciones profesionales agrarias y
cooperativas agroalimentarias de carácter general y ámbito nacional, que tengan entre
sus fines estatutarios la defensa de los intereses generales de la agricultura,
entendiendo por tal las actividades agrícolas, ganaderas y silvícolas, así como la defensa
y promoción de los intereses profesionales, económicos y sociales de los agricultores,
ganaderos y silvicultores. Así, en este primer año de implantación de la nueva PAC, se
necesita más si cabe el decidido apoyo de estas entidades colaboradoras
agroalimentarias, las cuales han venido desarrollando desde hace décadas actividades
de divulgación, asesoramiento e información a los potenciales beneficiarios, y en
particular de apoyo en la tramitación y gestión de las solicitudes de ayuda de la PAC.
Las presentes ayudas, pues, vienen a apoyar las circunstancias excepcionales que
concurren en este ejercicio, ante la novedad en el régimen jurídico de tales ayudas,
situación que aconseja respaldar el apoyo que tales organizaciones prestan a los
cve: BOE-A-2023-11935
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