II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2023-11848)
Resolución de 9 de mayo de 2023, de la Universidad de Lleida, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 119
Viernes 19 de mayo de 2023
Sec. II.B. Pág. 69139
concreto, de exención de la acreditación lingüística, indicada en el anexo 2 que detalla
las plazas.
El nivel de conocimiento de la lengua catalana requerido es el de suficiencia (C1) y
para acreditarlo se deberá presentar el certificado correspondiente expedido por la
Dirección General de Política Lingüística o uno de los otros títulos, diplomas y
certificados, considerados equivalentes, de acuerdo con la Orden VCP/491/2009, de 12
de noviembre (DOGC 5511, del 23/11/2009).
Las personas que no hayan cursado estudios oficiales en el Estado español o en
otros países que tengan el español como lengua oficial, deberán acreditar el
conocimiento suficiente de lengua española, por los medios siguientes:
a) Diploma de español como lengua extranjera expedido por el Instituto Cervantes,
de nivel intermedio o equivalente.
b) Certificado que acredite que la persona candidata ha participado y obtenido
plaza en procesos anteriores de selección y acceso de profesorado para acceder a otra
universidad en la que se hubiera establecido una prueba de lengua castellana del mismo
nivel o superior.
Aquellas personas candidatas que no posean la documentación acreditativa
requerida, deberán superar las pruebas correspondientes que se llevarán a cabo durante
el proceso selectivo.
2.2
De carácter específico:
a) Ser funcionario o funcionaria de carrera del cuerpo de Profesores y Profesoras
Titulares de Universidad o de la Escala de Investigadores/as científicos de los
Organismos Públicos de Investigación, que hayan prestado, como mínimo, dos años de
servicios efectivos bajo dicha condición. No podrán presentarse aquellas personas que
pertenezcan al cuerpo de Catedráticos de Universidad.
b) Disponer de la acreditación para el acceso al cuerpo docente universitario de
Catedráticos y Catedráticas de Universidad, de acuerdo con lo establecido por el
artículo 13 y las disposiciones adicionales primera, segunda, tercera y cuarta del Real
Decreto 1312/2007, de 5 de octubre, por el que se establece la acreditación nacional
para el acceso a los cuerpos docentes universitarios.
Asimismo, podrán presentarse las personas habilitadas de acuerdo con lo que
establece el Real Decreto 774/2002, de 26 de julio por el que se regula el sistema de
habilitación nacional para el acceso a cuerpos de funcionarios docentes universitarios y
el régimen de concursos de acceso respectivos.
2.3 Los requisitos establecidos en los apartados 2.1 y 2.2 se deberán cumplir en la
fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y deberán mantenerse
hasta la toma de posesión de la plaza, sin perjuicio de lo indicado en la base novena.
Solicitudes y documentación
3.1 Las solicitudes para participar en esta convocatoria deberán dirigirse al rector
de la Universitat de Lleida, formalizadas en el modelo normalizado de la convocatoria,
que se podrá descargar en la página web: http://www.udl.cat/ca/serveis/personal/PDI/
Concursos/DocentsUniv/
Se deberán presentar, preferentemente, a través de la instancia genérica del
Registro Electrónico de la Universitat de Lleida, https://seuelectronica.udl.cat/
registreelectronic.php, o a través del sistema previsto en la sede electrónica de cualquier
entidad del sector público, en el plazo de veinte días hábiles, contados a partir del día
siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
Las personas candidatas, en el plazo establecido por la convocatoria, además de la
solicitud prevista al inicio de esta base, deberán incorporar a la misma la documentación
indicada en la base 3.2, en formato digital PDF y hasta una capacidad máxima de 8 MB.
cve: BOE-A-2023-11848
Verificable en https://www.boe.es
3.
Núm. 119
Viernes 19 de mayo de 2023
Sec. II.B. Pág. 69139
concreto, de exención de la acreditación lingüística, indicada en el anexo 2 que detalla
las plazas.
El nivel de conocimiento de la lengua catalana requerido es el de suficiencia (C1) y
para acreditarlo se deberá presentar el certificado correspondiente expedido por la
Dirección General de Política Lingüística o uno de los otros títulos, diplomas y
certificados, considerados equivalentes, de acuerdo con la Orden VCP/491/2009, de 12
de noviembre (DOGC 5511, del 23/11/2009).
Las personas que no hayan cursado estudios oficiales en el Estado español o en
otros países que tengan el español como lengua oficial, deberán acreditar el
conocimiento suficiente de lengua española, por los medios siguientes:
a) Diploma de español como lengua extranjera expedido por el Instituto Cervantes,
de nivel intermedio o equivalente.
b) Certificado que acredite que la persona candidata ha participado y obtenido
plaza en procesos anteriores de selección y acceso de profesorado para acceder a otra
universidad en la que se hubiera establecido una prueba de lengua castellana del mismo
nivel o superior.
Aquellas personas candidatas que no posean la documentación acreditativa
requerida, deberán superar las pruebas correspondientes que se llevarán a cabo durante
el proceso selectivo.
2.2
De carácter específico:
a) Ser funcionario o funcionaria de carrera del cuerpo de Profesores y Profesoras
Titulares de Universidad o de la Escala de Investigadores/as científicos de los
Organismos Públicos de Investigación, que hayan prestado, como mínimo, dos años de
servicios efectivos bajo dicha condición. No podrán presentarse aquellas personas que
pertenezcan al cuerpo de Catedráticos de Universidad.
b) Disponer de la acreditación para el acceso al cuerpo docente universitario de
Catedráticos y Catedráticas de Universidad, de acuerdo con lo establecido por el
artículo 13 y las disposiciones adicionales primera, segunda, tercera y cuarta del Real
Decreto 1312/2007, de 5 de octubre, por el que se establece la acreditación nacional
para el acceso a los cuerpos docentes universitarios.
Asimismo, podrán presentarse las personas habilitadas de acuerdo con lo que
establece el Real Decreto 774/2002, de 26 de julio por el que se regula el sistema de
habilitación nacional para el acceso a cuerpos de funcionarios docentes universitarios y
el régimen de concursos de acceso respectivos.
2.3 Los requisitos establecidos en los apartados 2.1 y 2.2 se deberán cumplir en la
fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y deberán mantenerse
hasta la toma de posesión de la plaza, sin perjuicio de lo indicado en la base novena.
Solicitudes y documentación
3.1 Las solicitudes para participar en esta convocatoria deberán dirigirse al rector
de la Universitat de Lleida, formalizadas en el modelo normalizado de la convocatoria,
que se podrá descargar en la página web: http://www.udl.cat/ca/serveis/personal/PDI/
Concursos/DocentsUniv/
Se deberán presentar, preferentemente, a través de la instancia genérica del
Registro Electrónico de la Universitat de Lleida, https://seuelectronica.udl.cat/
registreelectronic.php, o a través del sistema previsto en la sede electrónica de cualquier
entidad del sector público, en el plazo de veinte días hábiles, contados a partir del día
siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
Las personas candidatas, en el plazo establecido por la convocatoria, además de la
solicitud prevista al inicio de esta base, deberán incorporar a la misma la documentación
indicada en la base 3.2, en formato digital PDF y hasta una capacidad máxima de 8 MB.
cve: BOE-A-2023-11848
Verificable en https://www.boe.es
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