II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2023-11853)
Resolución de 9 de mayo de 2023, de la Universidad de Granada, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala Auxiliar Administrativa.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 119
Viernes 19 de mayo de 2023
Sec. II.B. Pág. 69194
para la promoción de la igualdad de género en Andalucía; la Ley 17/1993, de 23 de
diciembre, sobre acceso a determinados sectores de la función pública de los nacionales
de los demás Estados miembros de la Unión Europea; el Decreto 299/2002, de 10 de
diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público de la administración de la
Junta de Andalucía de los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión
Europea; Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas; Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público; los Estatutos de la Universidad de Granada y lo dispuesto en la presente
convocatoria.
1.4 El procedimiento de selección será el de concurso-oposición.
1.5 El programa de materias que regirá los ejercicios de la fase de oposición será el
contenido en el Anexo I de esta convocatoria.
1.6 La fase de oposición se desarrollará con los ejercicios y puntuaciones
establecidos en el Anexo II de esta convocatoria. La fase de concurso se desarrollará
también conforme a lo dispuesto en el Anexo II de la presente convocatoria, con
aplicación del baremo contenido en el mismo.
1.7 La fecha y lugar para la realización del primer ejercicio de la fase de oposición,
que en todo caso no podrá realizarse antes del 1 de octubre de 2023, se fijará de
acuerdo a la forma establecida en la base 4.1 de esta convocatoria.
2.
Requisitos de las personas aspirantes
2.1 Las personas aspirantes, para ser admitidas en el proceso selectivo, deberán
reunir los requisitos generales de acceso a la función pública y, en particular:
a)
Nacionalidad:
1. Tener la nacionalidad española.
2. También podrán participar, como personal funcionario, en igualdad de
condiciones que los españoles:
b) Capacidad: Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Edad: Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad
máxima de jubilación forzosa.
d) Habilitación: No haber sido separado mediante expediente disciplinario del
servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los Organismos
Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en
inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial,
para el acceso a Cuerpos o Escalas de funcionarios, ni pertenecer a la misma Escala de
la Universidad de Granada a la que se presenta.
En caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación
equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en
su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
e) Titulación: Estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria
Obligatoria o equivalente, de conformidad con la normativa de aplicación.
cve: BOE-A-2023-11853
Verificable en https://www.boe.es
a) Los nacionales de los Estados Miembros de la Unión Europea.
b) El cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de
la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad siempre que no estén separados
de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar los descendientes
menores de veintiún años o mayores de dicha edad que sean dependientes.
c) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados
Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea
de aplicación la libre circulación de trabajadores.
Los aspirantes no residentes en España incluidos en el apartado b), así como los
extranjeros incluidos en el apartado c), deberán acompañar a su solicitud, documento
que acredite las condiciones que se alegan.
Núm. 119
Viernes 19 de mayo de 2023
Sec. II.B. Pág. 69194
para la promoción de la igualdad de género en Andalucía; la Ley 17/1993, de 23 de
diciembre, sobre acceso a determinados sectores de la función pública de los nacionales
de los demás Estados miembros de la Unión Europea; el Decreto 299/2002, de 10 de
diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público de la administración de la
Junta de Andalucía de los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión
Europea; Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas; Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público; los Estatutos de la Universidad de Granada y lo dispuesto en la presente
convocatoria.
1.4 El procedimiento de selección será el de concurso-oposición.
1.5 El programa de materias que regirá los ejercicios de la fase de oposición será el
contenido en el Anexo I de esta convocatoria.
1.6 La fase de oposición se desarrollará con los ejercicios y puntuaciones
establecidos en el Anexo II de esta convocatoria. La fase de concurso se desarrollará
también conforme a lo dispuesto en el Anexo II de la presente convocatoria, con
aplicación del baremo contenido en el mismo.
1.7 La fecha y lugar para la realización del primer ejercicio de la fase de oposición,
que en todo caso no podrá realizarse antes del 1 de octubre de 2023, se fijará de
acuerdo a la forma establecida en la base 4.1 de esta convocatoria.
2.
Requisitos de las personas aspirantes
2.1 Las personas aspirantes, para ser admitidas en el proceso selectivo, deberán
reunir los requisitos generales de acceso a la función pública y, en particular:
a)
Nacionalidad:
1. Tener la nacionalidad española.
2. También podrán participar, como personal funcionario, en igualdad de
condiciones que los españoles:
b) Capacidad: Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Edad: Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad
máxima de jubilación forzosa.
d) Habilitación: No haber sido separado mediante expediente disciplinario del
servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los Organismos
Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en
inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial,
para el acceso a Cuerpos o Escalas de funcionarios, ni pertenecer a la misma Escala de
la Universidad de Granada a la que se presenta.
En caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación
equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en
su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
e) Titulación: Estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria
Obligatoria o equivalente, de conformidad con la normativa de aplicación.
cve: BOE-A-2023-11853
Verificable en https://www.boe.es
a) Los nacionales de los Estados Miembros de la Unión Europea.
b) El cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de
la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad siempre que no estén separados
de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar los descendientes
menores de veintiún años o mayores de dicha edad que sean dependientes.
c) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados
Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea
de aplicación la libre circulación de trabajadores.
Los aspirantes no residentes en España incluidos en el apartado b), así como los
extranjeros incluidos en el apartado c), deberán acompañar a su solicitud, documento
que acredite las condiciones que se alegan.