II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Cuerpo de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos del Estado. (BOE-A-2023-11659)
Resolución de 8 de mayo de 2023, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos del Estado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 17 de mayo de 2023

Sec. II.B. Pág. 68345

de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de
puestos de trabajo de personas con discapacidad.
1.11 Los aspirantes solo podrán participar en una de las dos convocatorias.
1.12 La elección de destinos se hará por medios electrónicos.
2.

Proceso selectivo

2.1 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de oposición para los
aspirantes que se presenten por el turno de acceso libre y mediante el sistema de
concurso-oposición para los aspirantes que se presenten por el turno de promoción
interna, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el Anexo I.
2.2 En cumplimiento del artículo 3.9 del Real Decreto 936/2020, de 27 de octubre,
(BOE del 29) por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2020, el
artículo 3.9 del Real Decreto 636/2021, de 27 de julio (BOE del 28), por el que se
aprueba la oferta de empleo público para el año 2021 y del artículo 3.11 del Real
Decreto 407/2022, de 24 de mayo (BOE del 25), se establece la conservación de la nota
de los ejercicios, siempre que dicha nota supere el 60% de la calificación máxima
prevista para el correspondiente ejercicio, a los aspirantes que participen por el turno de
reserva para personas con discapacidad.
La validez de esta medida será aplicable a la convocatoria inmediata siguiente,
siempre y cuando el contenido del temario y la forma de calificación de los ejercicios en
los que se ha conservado la nota sean análogos.
2.3 Las personas aspirantes que obtengan en el primer ejercicio descrito en el
Anexo I de esta convocatoria una puntuación igual o superior al 60% quedarán exentas
de la práctica de este ejercicio en la convocatoria inmediata siguiente. La validez de esta
medida será aplicable a la convocatoria inmediata siguiente, siempre y cuando el
contenido del temario y la forma de calificación de los ejercicios en los que se ha
conservado la nota sean análogos.
2.4 Este proceso incluirá la superación de un curso selectivo. Para la realización de
este curso selectivo, los aspirantes que hayan superado la fase de oposición y de
concurso-oposición, según los casos, serán nombrados funcionarios en prácticas por la
autoridad convocante.
2.5 El plazo máximo para la realización del primer ejercicio será de tres meses
contados a partir de la fecha de publicación de la convocatoria teniendo la fase de
oposición, descrita en el Anexo I, una duración máxima de nueve meses.
2.6 El desarrollo del proceso selectivo podrá ser coincidente con otros procesos
selectivos, en cualquiera de las fases, incluida la realización o lectura de ejercicios,
desarrollo de cursos selectivos, periodos de prácticas o cualquier otra fase previa al
nombramiento como funcionario de carrera, sin que dicha coincidencia pueda suponer
causa de aplazamiento. Durante el desarrollo del proceso selectivo se podrán realizar
pruebas coincidentes en el tiempo, incluida la realización o lectura de ejercicios, la
realización del curso selectivo o periodo de prácticas.
2.7 El órgano de selección hará público un cronograma orientativo con las fechas
de realización de las pruebas de que consta la fase de oposición.
2.8 Se declara inhábil el mes de agosto a efectos del cómputo de los plazos
recogidos en la presente convocatoria.
3.

Programa

El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como Anexo II de
esta convocatoria.
Con carácter general, el contenido de los ejercicios hará referencia a la normativa
vigente en el momento de la convocatoria de cada uno de ellos, aún si la actualización
de dicha normativa no se mencione expresamente en los epígrafes del Anexo II.

cve: BOE-A-2023-11659
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Núm. 117