II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2023-11693)
Resolución de 5 de mayo de 2023, de la Universidad de Santiago de Compostela, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 17 de mayo de 2023

Sec. II.B. Pág. 68444

de ser el caso, del hecho de vivir a expensas o estar a cargo de un nacional de un
Estado miembro de la Unión Europea o de otros Estados, cuando así lo establezca un
tratado internacional suscrito por la Unión Europea y ratificado por España, con el que
tenga dicho vínculo. La acreditación se realizará por medio de certificados expedidos por
las autoridades competentes de su país de origen, traducidos a alguna de las lenguas
oficiales de la USC.
b) Copia digitalizada en formato PDF de los documentos que acrediten el
cumplimiento de los requisitos que se señalan en el apartado c) de la base 2.1 y en la
base 2.2. En el supuesto de ser profesor/a de una plaza de igual categoría, certificación
acreditativa de su desempeño.
Las personas candidatas que pertenezcan a la Universidad de Santiago de
Compostela solo deberán presentar los documentos a que se refiere este apartado que
no consten en su expediente personal.
No presentar los documentos especificados en los apartados citados será causa de
exclusión, que deberá subsanarse en el plazo establecido en la base 5.2 de esta
convocatoria.
5.

Admisión de aspirantes

5.1 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, en un plazo máximo de diez
días hábiles, el Vicerrectorado de Profesorado publicará una resolución que apruebe la
lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos en el tablón electrónico de la USC
(https://sede.usc.es/sede/publica/taboleiro/inicio.htm).
5.2 Contra esta resolución, y en un plazo máximo de diez días hábiles contados a
partir del día siguiente al de la publicación en el tablón electrónico de la USC, las
personas interesadas podrán presentar una reclamación ante el Rector para subsanar
los defectos que motivaron la exclusión u omisión de dicha lista. Si no lo hacen, serán
excluidos definitivamente del proceso selectivo sin tener derecho a la devolución de las
tasas abonadas.
5.3 Para subsanar los defectos que motivaron la exclusión u omisión la persona
aspirante deberá realizar el trámite a través de la aplicación de concursos incorporando
en el apartado correspondiente la documentación requerida y/o formular las alegaciones
que considere pertinentes.
5.4 Finalizado el plazo para subsanar los defectos que motivaron la exclusión u
omisión de las personas aspirantes, el Vicerrectorado de Profesorado publicará, en el
plazo máximo de diez días hábiles, la lista definitiva de personas aspirantes admitidas y
excluidas, con indicación de las causas de exclusión, en el lugar indicado en la base 5.1.
Esta resolución agota la vía administrativa y contra ella podrá interponerse recurso
contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de
Santiago de Compostela en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al
de su publicación, de conformidad con los artículos 46 y 8.2.a) de la Ley 29/1998, de 13
de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. No obstante, las
personas interesadas podrán interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de
un mes ante el órgano que la dictó.
5.5 La inclusión en la lista definitiva de admitidos/as no prejuzga el cumplimiento de
los requisitos normativamente exigidos para ser nombrado funcionario/a de carrera. La
posesión de los requisitos exigidos tendrá que acreditarse en su momento.
6. Comisiones de selección
6.1 La composición de las comisiones de selección es la que figura en el anexo II
de esta convocatoria. De acuerdo con lo establecido en el artículo 6.4 del RD 1313/2007,
de 5 de octubre, los currículum vitae de los miembros de la comisión de selección podrán
ser consultados por las personas interesadas, durante el tiempo que dure el proceso, en

cve: BOE-A-2023-11693
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Núm. 117