III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-11628)
Resolución de 20 de abril de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Cornamusa Solar, SLU, autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica Cornamusa Solar de 56,67 MW de potencia instalada, e infraestructura de evacuación, en Anchuelo (Madrid).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 116
Martes 16 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 68078
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de 20 de abril de 2023, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a Cornamusa Solar, SLU,
autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica Cornamusa
Solar de 56,67 MW de potencia instalada, e infraestructura de evacuación, en
Anchuelo (Madrid).
Cornamusa Solar, SLU con fecha 6 de agosto de 2020, en adelante, el promotor,
presentó solicitud de Autorización Administrativa Previa de la planta solar fotovoltaica
Cornamusa Solar 62,5 MWp, en el término municipal de Anchuelo (Madrid), y sus
infraestructuras de evacuación siguientes: Infraestructura de Evacuación en 30 kV en el
emplazamiento de la planta solar fotovoltaica.
Con fecha 2 de diciembre de 2020, esta Dirección General de Política Energética y
Minas acordó la acumulación para la tramitación conjunta relativa a los expedientes de
autorización administrativa previa de la planta solar fotovoltaica Cornamusa Solar,
de 62,5 MWp y la Infraestructura de Evacuación subterránea en 30kV en el término
municipal de Anchuelo (Madrid); y de autorización administrativa previa de la planta solar
fotovoltaica Camareta Solar de 62,5 MWp, y su Infraestructura de Evacuación
subterránea en 30 kV en los términos municipales de Anchuelo y Villalbilla (Madrid).
Con fecha 30 de septiembre de 2022, esta Dirección General de Política Energética y
Minas acordó la desacumulación para la tramitación separada relativa a los expedientes
de autorización administrativa previa de las plantas fotovoltaicas Cornamusa Solar,
de 62,5 MWp y Camareta Solar, de 62,5 MWp, así como sus infraestructuras de
evacuación asociadas, en la Comunidad de Madrid.
El expediente fue incoado en el Área de Industria y Energía de la Delegación del
Gobierno en Madrid, y se tramitó de conformidad con lo previsto en el Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica, y con lo dispuesto en la Ley 21/2013, de 9 de
diciembre, de evaluación ambiental, habiéndose solicitado los correspondientes informes
a las distintas administraciones, organismos y empresas de servicio público o de
servicios de interés general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y
derechos a su cargo.
Se han recibido contestaciones de las que no se desprende oposición de la Dirección
General de Transportes y Movilidad de la Consejería de Transportes e Infraestructuras
de la Comunidad de Madrid y de la Dirección General de Promoción Económica e
Industrial de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo de la Comunidad de
Madrid. Se ha dado traslado al promotor de dicha contestación, el cual expresa su
conformidad con la misma.
Se ha recibido contestaciones de Canal de Isabel II, de Telefónica, de la Dirección
General de Carreteras de la Consejería de Transportes, Movilidad e Infraestructuras de
la Comunidad de Madrid, de Red Eléctrica de España, de la Subdirección General de
Política Agraria y Desarrollo Rural de la Dirección General de Agricultura, Ganadería y
Alimentación de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura de la
Comunidad de Madrid y de la Confederación Hidrográfica del Tajo de la en las que se
recogen condicionados a las actuaciones a llevar a cabo por el promotor. Se ha dado
traslado al promotor de dichas contestaciones, el cual manifiesta su conformidad con las
mismas.
cve: BOE-A-2023-11628
Verificable en https://www.boe.es
11628
Núm. 116
Martes 16 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 68078
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de 20 de abril de 2023, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a Cornamusa Solar, SLU,
autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica Cornamusa
Solar de 56,67 MW de potencia instalada, e infraestructura de evacuación, en
Anchuelo (Madrid).
Cornamusa Solar, SLU con fecha 6 de agosto de 2020, en adelante, el promotor,
presentó solicitud de Autorización Administrativa Previa de la planta solar fotovoltaica
Cornamusa Solar 62,5 MWp, en el término municipal de Anchuelo (Madrid), y sus
infraestructuras de evacuación siguientes: Infraestructura de Evacuación en 30 kV en el
emplazamiento de la planta solar fotovoltaica.
Con fecha 2 de diciembre de 2020, esta Dirección General de Política Energética y
Minas acordó la acumulación para la tramitación conjunta relativa a los expedientes de
autorización administrativa previa de la planta solar fotovoltaica Cornamusa Solar,
de 62,5 MWp y la Infraestructura de Evacuación subterránea en 30kV en el término
municipal de Anchuelo (Madrid); y de autorización administrativa previa de la planta solar
fotovoltaica Camareta Solar de 62,5 MWp, y su Infraestructura de Evacuación
subterránea en 30 kV en los términos municipales de Anchuelo y Villalbilla (Madrid).
Con fecha 30 de septiembre de 2022, esta Dirección General de Política Energética y
Minas acordó la desacumulación para la tramitación separada relativa a los expedientes
de autorización administrativa previa de las plantas fotovoltaicas Cornamusa Solar,
de 62,5 MWp y Camareta Solar, de 62,5 MWp, así como sus infraestructuras de
evacuación asociadas, en la Comunidad de Madrid.
El expediente fue incoado en el Área de Industria y Energía de la Delegación del
Gobierno en Madrid, y se tramitó de conformidad con lo previsto en el Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica, y con lo dispuesto en la Ley 21/2013, de 9 de
diciembre, de evaluación ambiental, habiéndose solicitado los correspondientes informes
a las distintas administraciones, organismos y empresas de servicio público o de
servicios de interés general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y
derechos a su cargo.
Se han recibido contestaciones de las que no se desprende oposición de la Dirección
General de Transportes y Movilidad de la Consejería de Transportes e Infraestructuras
de la Comunidad de Madrid y de la Dirección General de Promoción Económica e
Industrial de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo de la Comunidad de
Madrid. Se ha dado traslado al promotor de dicha contestación, el cual expresa su
conformidad con la misma.
Se ha recibido contestaciones de Canal de Isabel II, de Telefónica, de la Dirección
General de Carreteras de la Consejería de Transportes, Movilidad e Infraestructuras de
la Comunidad de Madrid, de Red Eléctrica de España, de la Subdirección General de
Política Agraria y Desarrollo Rural de la Dirección General de Agricultura, Ganadería y
Alimentación de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura de la
Comunidad de Madrid y de la Confederación Hidrográfica del Tajo de la en las que se
recogen condicionados a las actuaciones a llevar a cabo por el promotor. Se ha dado
traslado al promotor de dichas contestaciones, el cual manifiesta su conformidad con las
mismas.
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