III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2023-11528)
Resolución de 8 de mayo de 2023, de la Gerencia del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional, por la que se publica el Convenio con la Universidad Rey Juan Carlos, para prácticas académicas externas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 115
Lunes 15 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 67551
expresamente se hará cargo de la interpretación, de los posibles litigios y del cumplimiento de
las cuestiones que pudieran plantearse. Constará de cuatro miembros, dos de ellos
nombrados por el Rector de la UAM y los otros dos por la Presidenta del CAPN.
Actuará como presidente uno de los miembros designados por el CAPN y como
secretario uno de los representantes de la URJC. Será requisito para su constitución la
presencia del presidente y del secretario. Los acuerdos de la Comisión de adoptarán por
mayoría simple. En caso de empate decidirá el voto de calidad del presidente.
Decimotercera.
Interpretación y Jurisdicción.
El presente convenio tiene naturaleza administrativa, estando sometido a la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y se regirá por
sus propios términos y condiciones, aplicándose los principios del Real
Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas
externas de los estudiantes universitarios, para cualquier duda que pueda suscitarse.
Las partes firmantes colaborarán en todo momento, de acuerdo con los principios de
buena fe y eficacia, para asegurar la correcta ejecución de lo pactado. Igualmente, las
partes se esforzarán por resolver de forma amistosa, en el seno de la Comisión de
Seguimiento, cualquier controversia que pudiera surgir con ocasión de la ejecución del
presente convenio. De no ser posible una solución amistosa, las partes se someterán a
la intervención de los Juzgados y Tribunales del Orden Jurisdiccional Contenciosoadministrativo que resulten competentes, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de
julio (BOE de 14 julio), reguladora de dicha jurisdicción.
Conformes ambas partes con el contenido y condiciones del presente convenio, lo
firman por duplicado en todas sus hojas, con reserva de un ejemplar en poder de cada
una de las partes intervinientes.
cve: BOE-A-2023-11528
Verificable en https://www.boe.es
En Madrid, a las fechas que aparecen en las firmas electrónicas.–Por el Consejo de
Administración del Patrimonio Nacional, la Presidenta, Ana de la Cueva Fernández.–Por
la Universidad Rey Juan Carlos, por delegación del Rector (Resolución de fecha 7 de
septiembre de 2022), el Vicerrector de Innovación, Fernando Enrique García Muiña.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 115
Lunes 15 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 67551
expresamente se hará cargo de la interpretación, de los posibles litigios y del cumplimiento de
las cuestiones que pudieran plantearse. Constará de cuatro miembros, dos de ellos
nombrados por el Rector de la UAM y los otros dos por la Presidenta del CAPN.
Actuará como presidente uno de los miembros designados por el CAPN y como
secretario uno de los representantes de la URJC. Será requisito para su constitución la
presencia del presidente y del secretario. Los acuerdos de la Comisión de adoptarán por
mayoría simple. En caso de empate decidirá el voto de calidad del presidente.
Decimotercera.
Interpretación y Jurisdicción.
El presente convenio tiene naturaleza administrativa, estando sometido a la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y se regirá por
sus propios términos y condiciones, aplicándose los principios del Real
Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas
externas de los estudiantes universitarios, para cualquier duda que pueda suscitarse.
Las partes firmantes colaborarán en todo momento, de acuerdo con los principios de
buena fe y eficacia, para asegurar la correcta ejecución de lo pactado. Igualmente, las
partes se esforzarán por resolver de forma amistosa, en el seno de la Comisión de
Seguimiento, cualquier controversia que pudiera surgir con ocasión de la ejecución del
presente convenio. De no ser posible una solución amistosa, las partes se someterán a
la intervención de los Juzgados y Tribunales del Orden Jurisdiccional Contenciosoadministrativo que resulten competentes, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de
julio (BOE de 14 julio), reguladora de dicha jurisdicción.
Conformes ambas partes con el contenido y condiciones del presente convenio, lo
firman por duplicado en todas sus hojas, con reserva de un ejemplar en poder de cada
una de las partes intervinientes.
cve: BOE-A-2023-11528
Verificable en https://www.boe.es
En Madrid, a las fechas que aparecen en las firmas electrónicas.–Por el Consejo de
Administración del Patrimonio Nacional, la Presidenta, Ana de la Cueva Fernández.–Por
la Universidad Rey Juan Carlos, por delegación del Rector (Resolución de fecha 7 de
septiembre de 2022), el Vicerrector de Innovación, Fernando Enrique García Muiña.
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