III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2023-11500)
Resolución de 27 de abril de 2023, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad de A Coruña n.º 1, por la que se deniega la prórroga de una anotación preventiva de embargo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 115

Lunes 15 de mayo de 2023

Sec. III. Pág. 67462

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE JUSTICIA
11500

Resolución de 27 de abril de 2023, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación
del registrador de la propiedad de A Coruña n.º 1, por la que se deniega la
prórroga de una anotación preventiva de embargo.

En el recurso interpuesto por don F. J. V. O. T., abogado, en nombre y representación
de don C. S. C., contra la nota de calificación del registrador de la Propiedad de A
Coruña número 1, don José Ignacio García Moratilla, por la que se deniega la prórroga
de una anotación preventiva de embargo.
Hechos
I
Mediante mandamiento, expedido por la letrada de la Administración de Justicia del
Juzgado de Primera Instancia número 67 de Madrid, dictado en el marco del
procedimiento de ejecución de títulos judiciales número 1195/2010, se ordenó la prórroga
de dos anotaciones preventivas de embargo practicadas en su día sobre las fincas
registrales número 77.183 y 77.185 del Registro de la Propiedad de A Coruña número 1,
que fueron objeto de sucesivas prórrogas (la última de fecha 12 de julio de 2018). Al
margen de dichas anotaciones, constaba extendida nota marginal de expedición de
certificación de dominio y cargas de fecha 11 de enero de 2019, y nota marginal de
haberse cancelado las mismas, por caducidad, conforme al artículo 353 del Reglamento
Hipotecario, al haberse practicado una nueva anotación sobre las fincas, a favor de
distinto acreedor, el día 31 de octubre de 2022.
II
Presentado el día 26 de diciembre de 2022 el indicado mandamiento de prórroga en
el Registro de la Propiedad de A Coruña número 1, fue objeto de la siguiente nota de
calificación:
«Calificado el documento precedente dentro del plazo legal, que fue presentado bajo
el asiento número 711 del Diario 223, no se practica la anotación de prórroga que se
ordena en el mismo, por hallarse actualmente dicha anotación cancelada por
caducidad.–Archivo el duplicado.–
A Coruña a cinco de enero de dos mil veintitrés.–El Registrador (firma ilegible y sello
del Registro con el nombre y apellidos del registrador).»

Contra la anterior nota de calificación, don F. J. O. V. T., abogado, en nombre y
representación de don C. S. C., interpuso recurso el día 6 de febrero de 2023 alegando
lo siguiente:
«Que con fecha 12 de enero pasado quien suscribe, como representante del
recurrente, y presentador del documento, ha recibido notificación de la calificación
negativa del Mandamiento expedido por la Ilma. Sra. Letrada de la Administración de
Justicia del Juzgado de Primera Instancia número 67 de Madrid, en el proceso de
Ejecución de Títulos Judiciales 1195/2010, fechado el 28 de noviembre de 2022, que

cve: BOE-A-2023-11500
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