III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-11545)
Resolución de 20 de abril de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Taranta Solar, SLU, autorización administrativa previa para la planta solar fotovoltaica Elda, de 74,55 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en Monóvar, Pinoso, Elda y Petrer (Alicante).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 15 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 67722
– Informe favorable de la Confederación Hidrológica del Júcar y del organismo
competente en ordenación del territorio de la Generalitat Valenciana en relación con el
estudio hidrológico incluido en el expediente (apartado 1.ii)16).
– Informe favorable de la Dirección General de Política Territorial y Paisaje de la
Generalitat Valenciana en relación con el estudio de paisaje (apartado 1.ii)19).
– Resolución favorable de la Dirección General de Cultura y Patrimonio de la
Generalitat Valenciana, tras recibir la Memoria Científica Final, a los efectos
patrimoniales (apartado 1.ii)21)
– El Programa de Vigilancia Ambiental deberá completarse con todos los aspectos
adicionales relativos al seguimiento que se recogen en todo el condicionado de la DIA y,
en particular, lo indicado en el apartado iii), presentándose ante la Subdirección General
de Evaluación Ambiental del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico y el organismo competente de la Generalitat Valenciana.
Cada una de las condiciones y medidas establecidas en el EsIA y en la DIA deberán
estar definidas y presupuestadas por el promotor en el proyecto o en una adenda al
mismo, con el desglose que permita identificar cada una de las medidas definidas en la
citada DIA, previamente a su aprobación.
Considerando que en la formulación de la DIA señalada anteriormente el órgano
ambiental ha tenido en consideración la adenda presentada por el promotor de los
parques fotovoltaicos, donde se aplica una reducción de superficie y el soterramiento de
varios tramos de la infraestructura de evacuación, en consonancia con las demandas de
los organismos ambientales competentes, lo que ha supuesto una actualización de la
potencia instalada que será recogida en la presente autorización.
La citada DIA ha tomado en consideración las modificaciones del proyecto que se
han producido durante la tramitación ambiental efectuada. La Dirección General de
Calidad y Evaluación Ambiental solicitó información adicional al promotor, que aportó con
fecha 30 de noviembre de 2022, presentando nueva documentación que incluye una
adenda al proyecto de Parque Solar Fotovoltaico «Elda» e infraestructuras de
evacuación y anexos del EsIA. En esta documentación se refleja una serie de
modificaciones que, según el promotor, serían, principalmente, el soterramiento de
algunos tramos de la línea de evacuación 220 kV, así como reducción en 125,34 ha de la
superficie de la instalación fotovoltaica «Elda» incluida en el término municipal de Yecla
(Murcia), para eliminar la afección al Espacio Natural Protegido «Sierra de Salinas».
En cuanto a la planta fotovoltaica «Elda», se ha retranqueado asimismo el vallado
para no afectar a la zona de protección de las carreteras CV-83 y CV-830 y se ha
eliminado el vallado de muchas de las parcelas no utilizadas para la instalación de
módulos, resultando finalmente una superficie de 122,38 ha. Tras la reducción de la
superficie, se modifica el módulo fotovoltaico a uno de mayor potencia, quedando para la
instalación fotovoltaica «Elda» una potencia instalada de 79,71 MW en módulos
fotovoltaicos y 74,55 MW en inversores.
Del mismo modo, se eliminan la subestación colectora «Elda 1» y la línea de
evacuación subterránea entre dicha subestación y la SET «Promotores Elda» 30/220 kV.
Asimismo, se ha aumentado la potencia de las líneas que evacuan desde la subestación
colectora «Elda 2» y se ha incluido una nueva celda de línea, evacuando la potencia
desde esa subestación mediante dos líneas subterráneas de 30 kV hasta la SET
«Promotores Elda» 30/220 kV, de manera que se ha modificado la disposición general de
las subestaciones «Promotores Elda» 30/220 kV y «Premier Elda» 30/220 kV.
En cuanto a la infraestructura común de evacuación, se producen los siguientes
cambios:
– Desplazamiento del apoyo n.º 23 de la LAT a 220 kV entre SET «Promotores
Elda» 30/220 kV y SET «Premier Elda» 30/220 kV hacia el suroeste para salir de la zona
inundable de la Rambla del Doga.
cve: BOE-A-2023-11545
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 115
Lunes 15 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 67722
– Informe favorable de la Confederación Hidrológica del Júcar y del organismo
competente en ordenación del territorio de la Generalitat Valenciana en relación con el
estudio hidrológico incluido en el expediente (apartado 1.ii)16).
– Informe favorable de la Dirección General de Política Territorial y Paisaje de la
Generalitat Valenciana en relación con el estudio de paisaje (apartado 1.ii)19).
– Resolución favorable de la Dirección General de Cultura y Patrimonio de la
Generalitat Valenciana, tras recibir la Memoria Científica Final, a los efectos
patrimoniales (apartado 1.ii)21)
– El Programa de Vigilancia Ambiental deberá completarse con todos los aspectos
adicionales relativos al seguimiento que se recogen en todo el condicionado de la DIA y,
en particular, lo indicado en el apartado iii), presentándose ante la Subdirección General
de Evaluación Ambiental del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico y el organismo competente de la Generalitat Valenciana.
Cada una de las condiciones y medidas establecidas en el EsIA y en la DIA deberán
estar definidas y presupuestadas por el promotor en el proyecto o en una adenda al
mismo, con el desglose que permita identificar cada una de las medidas definidas en la
citada DIA, previamente a su aprobación.
Considerando que en la formulación de la DIA señalada anteriormente el órgano
ambiental ha tenido en consideración la adenda presentada por el promotor de los
parques fotovoltaicos, donde se aplica una reducción de superficie y el soterramiento de
varios tramos de la infraestructura de evacuación, en consonancia con las demandas de
los organismos ambientales competentes, lo que ha supuesto una actualización de la
potencia instalada que será recogida en la presente autorización.
La citada DIA ha tomado en consideración las modificaciones del proyecto que se
han producido durante la tramitación ambiental efectuada. La Dirección General de
Calidad y Evaluación Ambiental solicitó información adicional al promotor, que aportó con
fecha 30 de noviembre de 2022, presentando nueva documentación que incluye una
adenda al proyecto de Parque Solar Fotovoltaico «Elda» e infraestructuras de
evacuación y anexos del EsIA. En esta documentación se refleja una serie de
modificaciones que, según el promotor, serían, principalmente, el soterramiento de
algunos tramos de la línea de evacuación 220 kV, así como reducción en 125,34 ha de la
superficie de la instalación fotovoltaica «Elda» incluida en el término municipal de Yecla
(Murcia), para eliminar la afección al Espacio Natural Protegido «Sierra de Salinas».
En cuanto a la planta fotovoltaica «Elda», se ha retranqueado asimismo el vallado
para no afectar a la zona de protección de las carreteras CV-83 y CV-830 y se ha
eliminado el vallado de muchas de las parcelas no utilizadas para la instalación de
módulos, resultando finalmente una superficie de 122,38 ha. Tras la reducción de la
superficie, se modifica el módulo fotovoltaico a uno de mayor potencia, quedando para la
instalación fotovoltaica «Elda» una potencia instalada de 79,71 MW en módulos
fotovoltaicos y 74,55 MW en inversores.
Del mismo modo, se eliminan la subestación colectora «Elda 1» y la línea de
evacuación subterránea entre dicha subestación y la SET «Promotores Elda» 30/220 kV.
Asimismo, se ha aumentado la potencia de las líneas que evacuan desde la subestación
colectora «Elda 2» y se ha incluido una nueva celda de línea, evacuando la potencia
desde esa subestación mediante dos líneas subterráneas de 30 kV hasta la SET
«Promotores Elda» 30/220 kV, de manera que se ha modificado la disposición general de
las subestaciones «Promotores Elda» 30/220 kV y «Premier Elda» 30/220 kV.
En cuanto a la infraestructura común de evacuación, se producen los siguientes
cambios:
– Desplazamiento del apoyo n.º 23 de la LAT a 220 kV entre SET «Promotores
Elda» 30/220 kV y SET «Premier Elda» 30/220 kV hacia el suroeste para salir de la zona
inundable de la Rambla del Doga.
cve: BOE-A-2023-11545
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 115