III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-11542)
Resolución de 20 de abril de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Dirdam Luz, SL, autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica "Maragato", de 139,386 MW de potencia pico, 124,695 MW de potencia instalada y sus infraestructuras de evacuación, en Benavides de Órbigo, Turcia, San Justo de la Vega, Riego de la Vega y Valderrey (León).
8 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 15 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 67694
promotor, por lo que se entiende la conformidad del mismo en virtud de lo dispuesto en el
artículo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Se ha recibido contestación de la Junta Vecinal de Antoñán del Valle, en la que se
indica que existen deficiencias en la tramitación del expediente por no haber sido
consultada, por lo que solicitan la paralización de forma provisional de la tramitación del
mismo. Se ha dado traslado al promotor, el cual indica se ha procedido de acuerdo a la
legislación y por tanto no concurren los requisitos necesarios para la imposición de una
medida provisional. No se ha recibido respuesta del organismo a esta última
contestación del promotor, por lo que se entiende la conformidad del mismo en virtud de
lo dispuesto en el artículo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Adicionalmente, el promotor presentó separa dirigida a este organismo.
Preguntados la Dirección General de Energía y Minas de la Junta de Castilla y León,
la Dirección General de Ordenación del Territorio y Planificación de la Junta de Castilla y
León, la Diputación Provincial de León, el Ayuntamiento de Benavides de Órbigo, el
Ayuntamiento de Turcia, el Ayuntamiento de Riego de la Vega y el Ayuntamiento de San
Justo de la Vega, no se ha recibido contestación por su parte, por lo que se entiende la
conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en el artículo 127.2 del referido
Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Asimismo, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con lo
previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la citada
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, con la publicación el 21 de mayo de 2021 en el «Boletín
Oficial del Estado» y el 7 de mayo de 2021 en el «Boletín Oficial de la Provincia de
León». Posteriormente, la documentación complementaria «Estudio de avifauna de ciclo
completo», fue sometida a una nueva información pública, con la publicación el 4 de
noviembre de 2021 en el «Boletín Oficial del Estado» y el 3 de noviembre de 2021 en el
«Boletín Oficial de la Provincia de León».
Se recibieron alegaciones, las cuales fueron contestadas por el promotor. Entre las
mismas, se puede destacar la presentada por la Delegación de Defensa en Castilla y
León, en la que se requiere el cumplimento del Real Decreto 513/2019 (BOE N.º 238 de
fecha 3 de octubre de 2019), por el que se establecen las servidumbres aeronáuticas del
Aeródromo Militar de León. Se ha dado traslado al promotor de dicha alegación, el cual
expresa su conformidad con la misma. Posteriormente, el promotor aportó separata a
este organismo y en informe posterior de la Dirección General de Infraestructura del
Ministerio de Defensa, esta manifestó que el municipio al que corresponde el proyecto no
se encuentra afectado por servidumbres aeronáuticas de instalaciones del Ejército del
Aire.
Igualmente, se remitieron separatas del proyecto y del estudio de impacto ambiental
acompañadas de solicitudes de informe en relación con lo establecido en la Ley 21/2013,
de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, a la Dirección General de Biodiversidad,
Bosques y Desertificación del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico, a la Oficina Española de Cambio Climático del Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico, a la de la Dirección General de Infraestructura del
Ministerio de Defensa, a la Diputación Provincial de León, a la Agencia de Protección
Civil de la Junta de Castilla y León, a la Dirección General de Salud Pública de la Junta
de Castilla y León, a la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Junta de Castilla y
León, a la Fundación de Patrimonio Natural de la Junta de Castilla y León, a la Dirección
General de Ordenación del Territorio y Planificación de la Junta de Castilla y León, a la
Sociedad Española de Ornitología (S.E.O./BirdLife), a Greenpeace, a Ecologistas en
Acción, al Fondo Mundial para la Naturaleza (WWF /ADENA), a la Dirección General de
Patrimonio Natural y Política Forestal de la Junta de Castilla y León, a la Dirección
General de Calidad y Sostenibilidad Ambiental de la Junta de Castilla y León, a la
Confederación Hidrográfica del Duero, a Asaja y a la Junta Vecinal de Antoñán del Valle.
Las consideraciones en materia de medio ambiente han sido objeto del trámite de
evaluación de impacto ambiental del proyecto del cual resulta la declaración de impacto
cve: BOE-A-2023-11542
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 115
Lunes 15 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 67694
promotor, por lo que se entiende la conformidad del mismo en virtud de lo dispuesto en el
artículo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Se ha recibido contestación de la Junta Vecinal de Antoñán del Valle, en la que se
indica que existen deficiencias en la tramitación del expediente por no haber sido
consultada, por lo que solicitan la paralización de forma provisional de la tramitación del
mismo. Se ha dado traslado al promotor, el cual indica se ha procedido de acuerdo a la
legislación y por tanto no concurren los requisitos necesarios para la imposición de una
medida provisional. No se ha recibido respuesta del organismo a esta última
contestación del promotor, por lo que se entiende la conformidad del mismo en virtud de
lo dispuesto en el artículo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Adicionalmente, el promotor presentó separa dirigida a este organismo.
Preguntados la Dirección General de Energía y Minas de la Junta de Castilla y León,
la Dirección General de Ordenación del Territorio y Planificación de la Junta de Castilla y
León, la Diputación Provincial de León, el Ayuntamiento de Benavides de Órbigo, el
Ayuntamiento de Turcia, el Ayuntamiento de Riego de la Vega y el Ayuntamiento de San
Justo de la Vega, no se ha recibido contestación por su parte, por lo que se entiende la
conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en el artículo 127.2 del referido
Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Asimismo, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con lo
previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la citada
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, con la publicación el 21 de mayo de 2021 en el «Boletín
Oficial del Estado» y el 7 de mayo de 2021 en el «Boletín Oficial de la Provincia de
León». Posteriormente, la documentación complementaria «Estudio de avifauna de ciclo
completo», fue sometida a una nueva información pública, con la publicación el 4 de
noviembre de 2021 en el «Boletín Oficial del Estado» y el 3 de noviembre de 2021 en el
«Boletín Oficial de la Provincia de León».
Se recibieron alegaciones, las cuales fueron contestadas por el promotor. Entre las
mismas, se puede destacar la presentada por la Delegación de Defensa en Castilla y
León, en la que se requiere el cumplimento del Real Decreto 513/2019 (BOE N.º 238 de
fecha 3 de octubre de 2019), por el que se establecen las servidumbres aeronáuticas del
Aeródromo Militar de León. Se ha dado traslado al promotor de dicha alegación, el cual
expresa su conformidad con la misma. Posteriormente, el promotor aportó separata a
este organismo y en informe posterior de la Dirección General de Infraestructura del
Ministerio de Defensa, esta manifestó que el municipio al que corresponde el proyecto no
se encuentra afectado por servidumbres aeronáuticas de instalaciones del Ejército del
Aire.
Igualmente, se remitieron separatas del proyecto y del estudio de impacto ambiental
acompañadas de solicitudes de informe en relación con lo establecido en la Ley 21/2013,
de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, a la Dirección General de Biodiversidad,
Bosques y Desertificación del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico, a la Oficina Española de Cambio Climático del Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico, a la de la Dirección General de Infraestructura del
Ministerio de Defensa, a la Diputación Provincial de León, a la Agencia de Protección
Civil de la Junta de Castilla y León, a la Dirección General de Salud Pública de la Junta
de Castilla y León, a la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Junta de Castilla y
León, a la Fundación de Patrimonio Natural de la Junta de Castilla y León, a la Dirección
General de Ordenación del Territorio y Planificación de la Junta de Castilla y León, a la
Sociedad Española de Ornitología (S.E.O./BirdLife), a Greenpeace, a Ecologistas en
Acción, al Fondo Mundial para la Naturaleza (WWF /ADENA), a la Dirección General de
Patrimonio Natural y Política Forestal de la Junta de Castilla y León, a la Dirección
General de Calidad y Sostenibilidad Ambiental de la Junta de Castilla y León, a la
Confederación Hidrográfica del Duero, a Asaja y a la Junta Vecinal de Antoñán del Valle.
Las consideraciones en materia de medio ambiente han sido objeto del trámite de
evaluación de impacto ambiental del proyecto del cual resulta la declaración de impacto
cve: BOE-A-2023-11542
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 115