III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2023-11393)
Resolución de 28 de abril de 2023, del Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, por la que se publica el Convenio con la Fundación Alternativas, para el proyecto conjunto Nueva Constitución Chilena y Gobernanza Democrática en Chile 2023.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 114
Sábado 13 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 67018
Los resultados de estas actuaciones serán de titularidad compartida por ambas
entidades.
Segunda.
Compromisos de las partes.
El CEPC y la Fundación Alternativas diseñarán de común acuerdo la programación
de las actividades que constituyen el objeto de este convenio, su naturaleza y
participantes institucionales, sociales y políticos.
Se constituirá un Grupo Mixto de Reflexión Hispano-Chileno para la realización de
documentos y actividades con representantes de ambas partes.
Asimismo, establecerán de forma conjunta la estrategia para la difusión de estas
actuaciones.
Compromisos para el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales:
El CEPC se compromete además a colaborar en la difusión, a través de sus propios
medios de las actividades y estudios objeto de este convenio, y a su financiación con
una aportación de 6.000 euros según se especifica en la cláusula novena.
Compromisos para la Fundación Alternativas:
La Fundación se compromete además a gestionar la edición del Informe Final de
Actividades 2023 y 2 Documentos de Trabajo, de forma que quede garantizada su
calidad y una adecuada distribución, incluyendo la entrega al CEPC de 10 ejemplares de
cada Documento de Trabajo, de 10 ejemplares del Informe Final en papel y el acceso
directo a los dos documentos y al Informe Final desde la web del CEPC. Tanto en la
edición electrónica como en la edición en papel de la obra, así como en todas las
actividades on-line y presenciales, se hará constar la colaboración prestada por el
CEPC.
Tercera.
Comisión de Seguimiento, vigilancia y control.
Para el seguimiento de la ejecución del presente Convenio se establece una
Comisión que estará integrada por un representante del CEPC y otro representante de la
Fundación.
La Comisión se reunirá al menos una vez al año y cuantas veces sea preciso para la
buena marcha de la ejecución del Convenio.
Los acuerdos se tomarán de común acuerdo.
Cuarta.
Vigencia y efectos del Convenio.
El presente convenio producirá efectos una vez inscrito en el Registro Electrónico
Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal, y estará
vigente hasta el cumplimiento de los compromisos asumidos por las partes relativos al
objeto del convenio, y, en todo caso, hasta el 31 de diciembre de 2023.
Asimismo será publicado en el «Boletín Oficial del Estado» con posterioridad a dicha
inscripción.
Modificación del convenio.
En caso de resultar necesario, la modificación del contenido del convenio requerirá
acuerdo unánime de las partes, mediante la suscripción de la correspondiente adenda, y
siguiendo los trámites preceptivos y de autorización previa establecidos en el artículo 50
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
cve: BOE-A-2023-11393
Verificable en https://www.boe.es
Quinta.
Núm. 114
Sábado 13 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 67018
Los resultados de estas actuaciones serán de titularidad compartida por ambas
entidades.
Segunda.
Compromisos de las partes.
El CEPC y la Fundación Alternativas diseñarán de común acuerdo la programación
de las actividades que constituyen el objeto de este convenio, su naturaleza y
participantes institucionales, sociales y políticos.
Se constituirá un Grupo Mixto de Reflexión Hispano-Chileno para la realización de
documentos y actividades con representantes de ambas partes.
Asimismo, establecerán de forma conjunta la estrategia para la difusión de estas
actuaciones.
Compromisos para el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales:
El CEPC se compromete además a colaborar en la difusión, a través de sus propios
medios de las actividades y estudios objeto de este convenio, y a su financiación con
una aportación de 6.000 euros según se especifica en la cláusula novena.
Compromisos para la Fundación Alternativas:
La Fundación se compromete además a gestionar la edición del Informe Final de
Actividades 2023 y 2 Documentos de Trabajo, de forma que quede garantizada su
calidad y una adecuada distribución, incluyendo la entrega al CEPC de 10 ejemplares de
cada Documento de Trabajo, de 10 ejemplares del Informe Final en papel y el acceso
directo a los dos documentos y al Informe Final desde la web del CEPC. Tanto en la
edición electrónica como en la edición en papel de la obra, así como en todas las
actividades on-line y presenciales, se hará constar la colaboración prestada por el
CEPC.
Tercera.
Comisión de Seguimiento, vigilancia y control.
Para el seguimiento de la ejecución del presente Convenio se establece una
Comisión que estará integrada por un representante del CEPC y otro representante de la
Fundación.
La Comisión se reunirá al menos una vez al año y cuantas veces sea preciso para la
buena marcha de la ejecución del Convenio.
Los acuerdos se tomarán de común acuerdo.
Cuarta.
Vigencia y efectos del Convenio.
El presente convenio producirá efectos una vez inscrito en el Registro Electrónico
Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal, y estará
vigente hasta el cumplimiento de los compromisos asumidos por las partes relativos al
objeto del convenio, y, en todo caso, hasta el 31 de diciembre de 2023.
Asimismo será publicado en el «Boletín Oficial del Estado» con posterioridad a dicha
inscripción.
Modificación del convenio.
En caso de resultar necesario, la modificación del contenido del convenio requerirá
acuerdo unánime de las partes, mediante la suscripción de la correspondiente adenda, y
siguiendo los trámites preceptivos y de autorización previa establecidos en el artículo 50
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
cve: BOE-A-2023-11393
Verificable en https://www.boe.es
Quinta.