III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Convenios. (BOE-A-2023-11392)
Resolución de 27 de abril de 2023, de la Dirección del Servicio de Planificación y Relaciones Institucionales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se publica el Convenio con la Diputación Foral de Gipuzkoa, para el intercambio de información con fines tributarios y la utilización de las aplicaciones de gestión de impuestos especiales e impuestos medioambientales.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 114
Sábado 13 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 66986
La cesión de información procedente de la Agencia Tributaria tendrá como finalidad
exclusiva facilitar, al amparo del artículo 95.1.b) de Ley General Tributaria, la aplicación
de los tributos que integran el sistema tributario de la Diputación Foral de Gipuzkoa.
Por su parte, la cesión de información procedente de la Diputación Foral de Gipuzkoa
tendrá por finalidad exclusiva facilitar, al amparo del artículo 92.1.b) de la Norma Foral de
Gipuzkoa, la aplicación de los tributos que gestiona la Agencia Tributaria.
2. Acordar la utilización por parte de la Diputación Foral de Gipuzkoa de las
aplicaciones de la Agencia Tributaria en materia de gestión de Impuestos Especiales e
Impuestos Medioambientales, con el fin de lograr una mayor eficiencia y
aprovechamiento de los medios y desarrollos disponibles por parte de las
Administraciones implicadas, consiguiendo así mejorar la asistencia al obligado tributario
y el control tributario por parte de las Administraciones.
El presente convenio se entiende sin perjuicio de otros intercambios de información
con trascendencia tributaria, de carácter no periódico o continuado, que puedan acordar
la Agencia Tributaria y la Diputación Foral de Gipuzkoa.
Segunda.
Compromisos y obligaciones de cada una de las partes.
Las partes se comprometen a realizar las actuaciones necesarias para llevar a cabo
los intercambios de información contemplados en este convenio, respetando los
principios y reglas aplicables a dichos intercambios, en particular, en materia de
seguridad de la información, obligación de sigilo y respeto de la normativa aplicable en
materia de protección de datos.
Asimismo, se comprometen a hacer un uso responsable de las autorizaciones y
datos proporcionados, limitado al objeto de este convenio.
La Agencia Tributaria se compromete a facilitar la utilización por parte de la
Diputación Foral de Gipuzkoa de la infraestructura tecnológica e informática de las
aplicaciones de gestión de Impuestos Especiales e Impuestos Medioambientales, para la
gestión de estos impuestos por parte de estas últimas, en los supuestos en los que tenga
atribuida la competencia en función del Concierto Económico.
La Agencia Tributaria pondrá a disposición de la Diputación Foral de Gipuzkoa la
información relativa a los obligados tributarios que deban cumplir sus obligaciones en
materia de Impuestos Especiales e Impuestos Medioambientales ante las mismas,
cuando dicha información se haya incorporado por la Diputación Foral de Gipuzkoa a las
aplicaciones de la Agencia Tributaria de gestión de dichos impuestos.
La Agencia Tributaria se compromete a no utilizar con fines distintos a los previstos
en las cláusulas decimoquinta y decimosexta la información relativa a los obligados
tributarios que deban cumplir sus obligaciones en materia de impuestos especiales e
impuestos medioambientales ante la Diputación Foral de Gipuzkoa, sin perjuicio de los
intercambios de información mencionados en la cláusula decimotercera.
La Diputación Foral de Gipuzkoa se compromete a hacer un uso responsable de las
autorizaciones proporcionadas por la Agencia Tributaria para acceder a las aplicaciones
de gestión de Impuestos Especiales e Impuestos Medioambientales, así como asegurar
el mantenimiento de los usuarios y las contraseñas suministradas por esta última.
En el caso de que la información incorpore datos personales de los interesados, la
Agencia Tributaria, como responsable o, en su caso, encargada del tratamiento, y la
Diputación Foral de Gipuzkoa, como responsable de la información, tratarán los datos de
acuerdo al Reglamento General de Protección de Datos y a la Ley Orgánica 3/2018, de 5
de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
Los datos tratados en este convenio tienen la categorización de información
tributaria.
Las partes se comprometen a cooperar en la resolución de los incidentes de
seguridad y asumen las obligaciones que les incumben cuando actúen como
cve: BOE-A-2023-11392
Verificable en https://www.boe.es
Tercera. Tratamiento de datos personales.
Núm. 114
Sábado 13 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 66986
La cesión de información procedente de la Agencia Tributaria tendrá como finalidad
exclusiva facilitar, al amparo del artículo 95.1.b) de Ley General Tributaria, la aplicación
de los tributos que integran el sistema tributario de la Diputación Foral de Gipuzkoa.
Por su parte, la cesión de información procedente de la Diputación Foral de Gipuzkoa
tendrá por finalidad exclusiva facilitar, al amparo del artículo 92.1.b) de la Norma Foral de
Gipuzkoa, la aplicación de los tributos que gestiona la Agencia Tributaria.
2. Acordar la utilización por parte de la Diputación Foral de Gipuzkoa de las
aplicaciones de la Agencia Tributaria en materia de gestión de Impuestos Especiales e
Impuestos Medioambientales, con el fin de lograr una mayor eficiencia y
aprovechamiento de los medios y desarrollos disponibles por parte de las
Administraciones implicadas, consiguiendo así mejorar la asistencia al obligado tributario
y el control tributario por parte de las Administraciones.
El presente convenio se entiende sin perjuicio de otros intercambios de información
con trascendencia tributaria, de carácter no periódico o continuado, que puedan acordar
la Agencia Tributaria y la Diputación Foral de Gipuzkoa.
Segunda.
Compromisos y obligaciones de cada una de las partes.
Las partes se comprometen a realizar las actuaciones necesarias para llevar a cabo
los intercambios de información contemplados en este convenio, respetando los
principios y reglas aplicables a dichos intercambios, en particular, en materia de
seguridad de la información, obligación de sigilo y respeto de la normativa aplicable en
materia de protección de datos.
Asimismo, se comprometen a hacer un uso responsable de las autorizaciones y
datos proporcionados, limitado al objeto de este convenio.
La Agencia Tributaria se compromete a facilitar la utilización por parte de la
Diputación Foral de Gipuzkoa de la infraestructura tecnológica e informática de las
aplicaciones de gestión de Impuestos Especiales e Impuestos Medioambientales, para la
gestión de estos impuestos por parte de estas últimas, en los supuestos en los que tenga
atribuida la competencia en función del Concierto Económico.
La Agencia Tributaria pondrá a disposición de la Diputación Foral de Gipuzkoa la
información relativa a los obligados tributarios que deban cumplir sus obligaciones en
materia de Impuestos Especiales e Impuestos Medioambientales ante las mismas,
cuando dicha información se haya incorporado por la Diputación Foral de Gipuzkoa a las
aplicaciones de la Agencia Tributaria de gestión de dichos impuestos.
La Agencia Tributaria se compromete a no utilizar con fines distintos a los previstos
en las cláusulas decimoquinta y decimosexta la información relativa a los obligados
tributarios que deban cumplir sus obligaciones en materia de impuestos especiales e
impuestos medioambientales ante la Diputación Foral de Gipuzkoa, sin perjuicio de los
intercambios de información mencionados en la cláusula decimotercera.
La Diputación Foral de Gipuzkoa se compromete a hacer un uso responsable de las
autorizaciones proporcionadas por la Agencia Tributaria para acceder a las aplicaciones
de gestión de Impuestos Especiales e Impuestos Medioambientales, así como asegurar
el mantenimiento de los usuarios y las contraseñas suministradas por esta última.
En el caso de que la información incorpore datos personales de los interesados, la
Agencia Tributaria, como responsable o, en su caso, encargada del tratamiento, y la
Diputación Foral de Gipuzkoa, como responsable de la información, tratarán los datos de
acuerdo al Reglamento General de Protección de Datos y a la Ley Orgánica 3/2018, de 5
de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
Los datos tratados en este convenio tienen la categorización de información
tributaria.
Las partes se comprometen a cooperar en la resolución de los incidentes de
seguridad y asumen las obligaciones que les incumben cuando actúen como
cve: BOE-A-2023-11392
Verificable en https://www.boe.es
Tercera. Tratamiento de datos personales.