III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Convenios. (BOE-A-2023-11390)
Resolución de 27 de abril de 2023, de la Dirección del Servicio de Planificación y Relaciones Institucionales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se publica el Convenio con la Diputación Foral de Bizkaia, para el intercambio de información con fines tributarios y la utilización de las aplicaciones de gestión de impuestos especiales e impuestos medioambientales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 13 de mayo de 2023

Sec. III. Pág. 66916

titulares de los departamentos ministeriales y los Presidentes o Directores de dichas
entidades y organismos públicos.
El presente convenio cuenta con el informe favorable del Servicio Jurídico de la
Agencia Tributaria y la autorización previa del Ministerio de Hacienda y Función Pública,
de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 50 de la Ley de Régimen Jurídico del Sector
Público, en la instrucción segunda, apartados 1 y 2 de la Orden PRA/1267/2017, de 21
de diciembre, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 15 de
diciembre de 2017, por el que se aprueban las instrucciones para la tramitación de
convenios, y en el caso de la autorización previa del Ministerio de Hacienda y Función
Pública, de acuerdo además con lo dispuesto en el artículo 20.1.t) del Real
Decreto 682/2021, de 3 de agosto, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica
del Ministerio de Hacienda y Función Pública y se modifica el Real Decreto 139/2020,
de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los
departamentos ministeriales.
Asimismo, se ha recabado el informe del Ministerio de Política Territorial, en virtud de
lo señalado en el artículo 4.1.c) del Real Decreto 683/2021, de 3 de agosto, por el que se
desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Política Territorial y de lo
dispuesto en la instrucción segunda, apartado 2 de la Orden PRA/1267/2017, de 21 de
diciembre, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 15 de diciembre
de 2017, por el que se aprueban las instrucciones para la tramitación de convenios.
En el ámbito del Territorio Histórico de Bizkaia, el presente convenio ha recibido la
autorización de las Juntas Generales de Bizkaia de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 182 del Reglamento de las Juntas Generales de Bizkaia aprobado el 25 de
marzo de 2015.
VIII
En consecuencia, siendo jurídicamente procedente el establecimiento de un sistema
estable de intercambio de información tributaria entre la Agencia Tributaria y la
Diputación Foral de Bizkaia por medios informáticos, y la regulación de la utilización de
las aplicaciones de la Agencia Tributaria de gestión Impuestos Especiales e Impuestos
Medioambientales por parte de la Diputación Foral de Bizkaia, y al haberse cumplido
todos los trámites de carácter preceptivo, las partes acuerdan celebrar el presente
convenio con arreglo a los artículos 47 y siguientes de la Ley de Régimen Jurídico del
Sector Público, que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del convenio.
El presente convenio tiene por objeto:
1. Establecer un marco general de colaboración sobre las condiciones y
procedimientos por los que se debe regir el intercambio recíproco de información entre la
Agencia Tributaria y la Diputación Foral de Bizkaia y el recíproco acceso a las bases de
datos, preservando en todo caso los derechos de las personas a que se refiera la
información.
La cesión de información procedente de la Agencia Tributaria tendrá como finalidad
exclusiva facilitar, al amparo del artículo 95.1.b) de Ley General Tributaria, la aplicación
de los tributos que integran el sistema tributario de la Diputación Foral de Bizkaia.
Por su parte, la cesión de información procedente de la Diputación Foral de Bizkaia
tendrá por finalidad exclusiva facilitar, al amparo del artículo 94.1.b) de la Norma Foral de
Bizkaia, la aplicación de los tributos que gestiona la Agencia Tributaria.
2. Acordar la utilización por parte de la Diputación Foral de Bizkaia de las
aplicaciones de la Agencia Tributaria en materia de gestión de Impuestos Especiales e
Impuestos Medioambientales, con el fin de lograr una mayor eficiencia y

cve: BOE-A-2023-11390
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Núm. 114