III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2023-11296)
Resolución de 8 de mayo de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, el Ministerio de Cultura y Deporte y la Empresa Nacional de Innovación, S.M.E., SA, relativo a la Línea ENISA Audiovisual e Industrias Culturales y Creativas.
29 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 113
Viernes 12 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 66364
La actuación prevista en el convenio será pues financiada con cargo a los
Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 (PGE), con cargo a las
aplicaciones presupuestarias 27.12.467I.821.10 «Línea ENISA Impulso Sector
Audiovisual», por importe de dos millones quinientos mil euros (2.500.000 euros) de la
SETELECO, como órgano superior del MINECO, y 24.04.334C.821.11 «Línea ENISA
Impulso Sector Audiovisual», por importe de cinco millones de euros (5.000.000 euros)
del MCD, que cuenta con crédito adecuado y suficiente, con el objeto financiar la Línea
ENISA Audiovisual e Industrias Culturales y Creativas.
La línea de financiación irá destinada a dar apoyo financiero a la puesta en marcha
de proyectos empresariales promovidos por pymes productoras audiovisuales y de
videojuegos españolas con 5 millones de euros (que contarán con el apoyo de 2,5
millones de euros del MINECO y de 2,5 millones de euros del MCD) y de proyectos
empresariales promovidos por pymes del sector de las industrias creativas y culturales
(que contarán con el apoyo de 2,5 millones de euros del MCD). Se trata, así, de apoyar
financieramente el desarrollo de nuevos productos y servicios promovidos por empresas
productoras audiovisuales y de videojuegos con un fuerte componente digital y a la
industria creativa y cultural española contribuyendo, de este modo, a la generación de
empleo en un sector de alto potencial, estratégico e intensivo en capital humano.
Cuarta.
Transferencia de los fondos a ENISA.
Los fondos previstos para esta línea de financiación creada por la disposición
adicional quincuagésima de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos
Generales del Estado para el año 2023 se transferirán por la SETELECO, como órgano
superior del MINECO, y el MCD a ENISA una vez firmado el presente convenio.
1. Según lo establecido en la Disposición Adicional quincuagésima de la
Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el
año 2023, en el presente convenio se entiende por préstamo participativo aquél que
reúna las características y condiciones previstas en el artículo 20 del Real DecretoLey 7/1996, de 7 de junio, sobre Medidas Urgentes de carácter Fiscal y de Fomento y
Liberalización de la Actividad Económica, modificado por la Disposición Adicional
Segunda de la Ley 10/1996, de 18 de diciembre, por la Disposición Derogatoria Única,
apartado 1.c), del Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo y por la Disposición
Adicional Tercera de la Ley 16/2007, de 4 de julio de reforma y adaptación de la
legislación mercantil en materia contable para su armonización internacional con base en
la normativa de la Unión Europea.
2. Estos préstamos tendrán un plazo de amortización máximo de diez años dentro
de los cuales se contempla un periodo de carencia máximo de siete años para la
devolución del principal. El vencimiento final de los préstamos participativos no podrá
superar, en ningún caso, el 31 de diciembre de 2033. Los préstamos, por lo general, se
amortizarán mediante cuotas de amortización constantes.
3. La cuantía de los préstamos estará comprendida entre 25.000 euros y 1.500.000
euros.
4. Los préstamos devengarán un tipo de interés variable acorde con lo dispuesto en
el artículo 20.Uno.a) del Real Decreto-Ley 7/1996, de 7 de junio, sobre Medidas
Urgentes de Carácter Fiscal y de Fomento y Liberalización de la Actividad Económica. El
tipo de interés se aplicará en dos tramos:
– Un primer tramo (fijo) que se devengará a un tipo determinado por el EURIBOR a
un año más 2 puntos porcentuales para las sociedades de rating A1 a C2 y de EURIBOR
a un año más 3,75 puntos porcentuales para las sociedades de rating C3 y para las
refinanciaciones a que se refiere el apartado 7 cláusula quinta de este convenio. Su
liquidación será por trimestres naturales vencidos.
cve: BOE-A-2023-11296
Verificable en https://www.boe.es
Quinta. Características de los préstamos participativos concedidos por ENISA.
Núm. 113
Viernes 12 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 66364
La actuación prevista en el convenio será pues financiada con cargo a los
Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 (PGE), con cargo a las
aplicaciones presupuestarias 27.12.467I.821.10 «Línea ENISA Impulso Sector
Audiovisual», por importe de dos millones quinientos mil euros (2.500.000 euros) de la
SETELECO, como órgano superior del MINECO, y 24.04.334C.821.11 «Línea ENISA
Impulso Sector Audiovisual», por importe de cinco millones de euros (5.000.000 euros)
del MCD, que cuenta con crédito adecuado y suficiente, con el objeto financiar la Línea
ENISA Audiovisual e Industrias Culturales y Creativas.
La línea de financiación irá destinada a dar apoyo financiero a la puesta en marcha
de proyectos empresariales promovidos por pymes productoras audiovisuales y de
videojuegos españolas con 5 millones de euros (que contarán con el apoyo de 2,5
millones de euros del MINECO y de 2,5 millones de euros del MCD) y de proyectos
empresariales promovidos por pymes del sector de las industrias creativas y culturales
(que contarán con el apoyo de 2,5 millones de euros del MCD). Se trata, así, de apoyar
financieramente el desarrollo de nuevos productos y servicios promovidos por empresas
productoras audiovisuales y de videojuegos con un fuerte componente digital y a la
industria creativa y cultural española contribuyendo, de este modo, a la generación de
empleo en un sector de alto potencial, estratégico e intensivo en capital humano.
Cuarta.
Transferencia de los fondos a ENISA.
Los fondos previstos para esta línea de financiación creada por la disposición
adicional quincuagésima de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos
Generales del Estado para el año 2023 se transferirán por la SETELECO, como órgano
superior del MINECO, y el MCD a ENISA una vez firmado el presente convenio.
1. Según lo establecido en la Disposición Adicional quincuagésima de la
Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el
año 2023, en el presente convenio se entiende por préstamo participativo aquél que
reúna las características y condiciones previstas en el artículo 20 del Real DecretoLey 7/1996, de 7 de junio, sobre Medidas Urgentes de carácter Fiscal y de Fomento y
Liberalización de la Actividad Económica, modificado por la Disposición Adicional
Segunda de la Ley 10/1996, de 18 de diciembre, por la Disposición Derogatoria Única,
apartado 1.c), del Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo y por la Disposición
Adicional Tercera de la Ley 16/2007, de 4 de julio de reforma y adaptación de la
legislación mercantil en materia contable para su armonización internacional con base en
la normativa de la Unión Europea.
2. Estos préstamos tendrán un plazo de amortización máximo de diez años dentro
de los cuales se contempla un periodo de carencia máximo de siete años para la
devolución del principal. El vencimiento final de los préstamos participativos no podrá
superar, en ningún caso, el 31 de diciembre de 2033. Los préstamos, por lo general, se
amortizarán mediante cuotas de amortización constantes.
3. La cuantía de los préstamos estará comprendida entre 25.000 euros y 1.500.000
euros.
4. Los préstamos devengarán un tipo de interés variable acorde con lo dispuesto en
el artículo 20.Uno.a) del Real Decreto-Ley 7/1996, de 7 de junio, sobre Medidas
Urgentes de Carácter Fiscal y de Fomento y Liberalización de la Actividad Económica. El
tipo de interés se aplicará en dos tramos:
– Un primer tramo (fijo) que se devengará a un tipo determinado por el EURIBOR a
un año más 2 puntos porcentuales para las sociedades de rating A1 a C2 y de EURIBOR
a un año más 3,75 puntos porcentuales para las sociedades de rating C3 y para las
refinanciaciones a que se refiere el apartado 7 cláusula quinta de este convenio. Su
liquidación será por trimestres naturales vencidos.
cve: BOE-A-2023-11296
Verificable en https://www.boe.es
Quinta. Características de los préstamos participativos concedidos por ENISA.