III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2023-11296)
Resolución de 8 de mayo de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, el Ministerio de Cultura y Deporte y la Empresa Nacional de Innovación, S.M.E., SA, relativo a la Línea ENISA Audiovisual e Industrias Culturales y Creativas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 113

Viernes 12 de mayo de 2023

Sec. III. Pág. 66374

A partir de la calificación correspondiente a cada tipología de empresa (con históricos
o sin históricos), se llega a una calificación media ponderada que podrá ser, en su caso,
modificada por el analista u órgano de decisión competente con un máximo de +/- 2
escalones para obtener el rating final. Adicionalmente, en su caso y de forma
excepcional podrán sumar escalones en función del importe garantizado con aval
bancario por la empresa.
Los niveles de rating utilizados y su descripción, son los siguientes:
Nivel

Descripción

A1
A2
A3

Las calificaciones «A» indican que existe una expectativa de riesgo de crédito baja.

B1
B2
B3

Las calificaciones «B» indican que existe la posibilidad de que surja riesgo de crédito,
principalmente como consecuencia de un cambio adverso en la situación económica.

C1
C2
C3

Las calificaciones «C» indican que existe un riesgo de crédito significativo aunque
mantiene un limitado margen de seguridad.

D1

La calificación «D1» indica que el impago es una posibilidad real

D2

La calificación «D2» indica que el impago parece probable.

D3

La calificación «D3» indica un impago inminente.

Las propuestas de financiación que se presenten a aprobación deberán contar con
un rating «C3» o superior, o en su caso el que determine los órganos de gobierno de
ENISA para cada ejercicio.
El rating no será vinculante para la aprobación de la operación pero sí para su
rechazo.
Los niveles de rating asignados, así como la puntuación final y las puntuaciones
parciales deberán quedar registrados en el sistema informático.
El proceso de admisión y análisis de solicitudes será responsabilidad de la
Dirección de Operaciones que tendrá autonomía para la toma de decisiones con
respecto al rechazo de operaciones y a la presentación de propuestas de inversión,
siempre de acuerdo con lo establecido por los órganos de gobierno de la empresa.
Se deberá dejar constancia del rechazo de las operaciones, detallando los motivos
de los mismos.
3.

Calificación cuantitativa (solo empresas con históricos)

El análisis cuantitativo está basado en los datos históricos de las empresas. Para que
unos estados financieros adquieran la definición de históricos y por tanto puedan ser
utilizados para el cálculo de la calidad crediticia se debe cumplir que:

El análisis se divide en dos apartados: análisis económico y análisis financiero
mediante la valoración de 12 ratios para los dos últimos ejercicios cerrados, asignando
una ponderación del 65 % a los ratios del último ejercicio cerrado y del 35 % al penúltimo
ejercicio cerrado.

cve: BOE-A-2023-11296
Verificable en https://www.boe.es

– Haya al menos dos ejercicios económicos completos.
– Los gastos de explotación sean de al menos 30.000 euros en cada ejercicio.