III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-11287)
Resolución de 27 de abril de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Otis Mobility, SA.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 113
Viernes 12 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 66254
Anexo I bis.
Anexo II bis.
Notas:
− Las cantidades que aparecen en el presente Convenio Colectivo se sobreentienden brutas.
CAPÍTULO I
Disposiciones Generales
Artículo 1. Ámbito de aplicación.
Ámbito territorial:
El presente Convenio Colectivo de Trabajo es de aplicación en todo el territorio del
Estado y a todos los Centros de trabajo de la Empresa excepto a la Fábrica San
Sebastián.
Ámbito personal:
El ámbito personal es para todas las personas trabajadoras de los centros de trabajo
de Otis Mobility, S.A, incluidos en este Convenio, salvo Directores y Subdirectores.
Artículo 2.
Duración, vigencia y denuncia.
El convenio comenzará a regir desde el momento de la firma del mismo por ambas
partes independientemente de su necesario posterior registro, depósito y publicación por
la autoridad laboral. A todos los efectos tendrá carácter retroactivo desde el 1 de enero
de 2020.
La duración de este convenio será desde el 1 de enero de 2020 hasta el 31 de
diciembre del año 2022, y su vigencia hasta la firma del próximo Convenio Colectivo.
Dado el carácter excepcional de este convenio, Por cualquiera de las partes podrá
iniciar los trámites oportunos para la denuncia y negociación de un nuevo convenio en
cualquier momento de su vigencia incluyendo el periodo de ultraactividad.
Para próximos convenios, se mantendrán los trámites para la denuncia y negociación
regulados en el I Convenio Colectivo de Otis:
– Con una antelación mínima de tres meses a la fecha de su vencimiento podrán ser
iniciados por cualquiera de las partes, los trámites oportunos para la denuncia y
negociación de un nuevo convenio.
– Por lo que se refiere a la presentación del anteproyecto del siguiente convenio
colectivo, el procedimiento mencionado anteriormente será también de aplicación, siendo
la fecha a partir del día 31 de octubre del año de finalización de la duración del convenio,
iniciándose las negociaciones 15 días más tarde de su presentación.
Vinculación a lo pactado.
El Convenio obliga a todas las personas incluidas en su ámbito durante el tiempo de
su vigencia.
Las condiciones pactadas forman un todo orgánico e indivisible y a efectos de su
aplicación serán consideradas globalmente.
En el supuesto de que una disposición legal pudiera afectar a lo pactado en
convenio, las partes deberán reunirse en un plazo máximo de 15 días, a partir de su
vigencia, para convenir el ajuste que procediese.
Las personas trabajadoras de otras compañías extranjeras del Grupo Otis que
trabajen temporalmente en territorio español para Otis Mobility, SA no percibirán, por
todos los conceptos que les sean aplicables por su compañía de procedencia, una
cve: BOE-A-2023-11287
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 3.
Núm. 113
Viernes 12 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 66254
Anexo I bis.
Anexo II bis.
Notas:
− Las cantidades que aparecen en el presente Convenio Colectivo se sobreentienden brutas.
CAPÍTULO I
Disposiciones Generales
Artículo 1. Ámbito de aplicación.
Ámbito territorial:
El presente Convenio Colectivo de Trabajo es de aplicación en todo el territorio del
Estado y a todos los Centros de trabajo de la Empresa excepto a la Fábrica San
Sebastián.
Ámbito personal:
El ámbito personal es para todas las personas trabajadoras de los centros de trabajo
de Otis Mobility, S.A, incluidos en este Convenio, salvo Directores y Subdirectores.
Artículo 2.
Duración, vigencia y denuncia.
El convenio comenzará a regir desde el momento de la firma del mismo por ambas
partes independientemente de su necesario posterior registro, depósito y publicación por
la autoridad laboral. A todos los efectos tendrá carácter retroactivo desde el 1 de enero
de 2020.
La duración de este convenio será desde el 1 de enero de 2020 hasta el 31 de
diciembre del año 2022, y su vigencia hasta la firma del próximo Convenio Colectivo.
Dado el carácter excepcional de este convenio, Por cualquiera de las partes podrá
iniciar los trámites oportunos para la denuncia y negociación de un nuevo convenio en
cualquier momento de su vigencia incluyendo el periodo de ultraactividad.
Para próximos convenios, se mantendrán los trámites para la denuncia y negociación
regulados en el I Convenio Colectivo de Otis:
– Con una antelación mínima de tres meses a la fecha de su vencimiento podrán ser
iniciados por cualquiera de las partes, los trámites oportunos para la denuncia y
negociación de un nuevo convenio.
– Por lo que se refiere a la presentación del anteproyecto del siguiente convenio
colectivo, el procedimiento mencionado anteriormente será también de aplicación, siendo
la fecha a partir del día 31 de octubre del año de finalización de la duración del convenio,
iniciándose las negociaciones 15 días más tarde de su presentación.
Vinculación a lo pactado.
El Convenio obliga a todas las personas incluidas en su ámbito durante el tiempo de
su vigencia.
Las condiciones pactadas forman un todo orgánico e indivisible y a efectos de su
aplicación serán consideradas globalmente.
En el supuesto de que una disposición legal pudiera afectar a lo pactado en
convenio, las partes deberán reunirse en un plazo máximo de 15 días, a partir de su
vigencia, para convenir el ajuste que procediese.
Las personas trabajadoras de otras compañías extranjeras del Grupo Otis que
trabajen temporalmente en territorio español para Otis Mobility, SA no percibirán, por
todos los conceptos que les sean aplicables por su compañía de procedencia, una
cve: BOE-A-2023-11287
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 3.