III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Bienes de interés cultural. (BOE-A-2023-11325)
Resolución de 27 de abril de 2023, de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes, por la que se incoa expediente de declaración de bien de interés cultural, en la categoría de monumento, a favor del Centro de Estudios Hidrográficos del Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas, situado en el municipio de Madrid.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 113
Viernes 12 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 66629
Madrid correspondiendo al Ministerio de Cultura y Deporte la competencia para efectuar
dicho procedimiento, por lo que esta Dirección General resuelve:
Primero.
Incoar expediente de declaración de Bien de Interés Cultural, en la categoría de
Monumento, a favor del Centro de Estudios Hidrográficos del Centro de Estudios y
Experimentación de Obras Públicas (CEDEX), en el municipio de Madrid.
Segundo.
De conformidad con el artículo 13 del Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, de
desarrollo de la Ley de Patrimonio Histórico Español, así como del artículo 83 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, se dispone la apertura de un periodo de información pública,
a fin de que cuantos tengan interés en el asunto puedan examinar el expediente en las
dependencias de la Subdirección General de Gestión y Coordinación de los Bienes
Culturales de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes del Ministerio de
Cultura y Deporte (Plaza del Rey 1, Madrid), y en todo caso, las personas que lo soliciten
a través de medios electrónicos se pondrá a disposición en la sede electrónica
correspondiente, con el fin de alegar lo que estimen conveniente por un periodo de
veinte días a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente Resolución en
el «Boletín Oficial del Estado».
Tercero.
Se procederá a dar traslado de esta Resolución en virtud de lo establecido en el
artículo 12.2 del Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial de la
Ley 16/1985, de 25 de junio, y se concede trámite de audiencia, según lo establecido en
el artículo 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, se concede trámite de Audiencia al
Ayuntamiento de Madrid, al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, al
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, al CEDEX, y a la
Comunidad de Madrid. Así mismo, se procederá a su publicación en el «Boletín Oficial
del Estado» con el anexo técnico adjunto.
Cuarto.
Dicha incoación será comunicada al Registro General de Bienes de Interés Cultural
para su anotación preventiva, según dispone el artículo 12.2 de la Ley 16/1985, del
Patrimonio Histórico Español.
Quinto.
Continuar la tramitación del expediente de declaración de Bien de Interés Cultural de
acuerdo con la legislación vigente.
cve: BOE-A-2023-11325
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 27 de abril de 2023.–El Director General de Patrimonio Cultural y Bellas
Artes, Isaac Sastre De Diego.
Núm. 113
Viernes 12 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 66629
Madrid correspondiendo al Ministerio de Cultura y Deporte la competencia para efectuar
dicho procedimiento, por lo que esta Dirección General resuelve:
Primero.
Incoar expediente de declaración de Bien de Interés Cultural, en la categoría de
Monumento, a favor del Centro de Estudios Hidrográficos del Centro de Estudios y
Experimentación de Obras Públicas (CEDEX), en el municipio de Madrid.
Segundo.
De conformidad con el artículo 13 del Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, de
desarrollo de la Ley de Patrimonio Histórico Español, así como del artículo 83 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, se dispone la apertura de un periodo de información pública,
a fin de que cuantos tengan interés en el asunto puedan examinar el expediente en las
dependencias de la Subdirección General de Gestión y Coordinación de los Bienes
Culturales de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes del Ministerio de
Cultura y Deporte (Plaza del Rey 1, Madrid), y en todo caso, las personas que lo soliciten
a través de medios electrónicos se pondrá a disposición en la sede electrónica
correspondiente, con el fin de alegar lo que estimen conveniente por un periodo de
veinte días a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente Resolución en
el «Boletín Oficial del Estado».
Tercero.
Se procederá a dar traslado de esta Resolución en virtud de lo establecido en el
artículo 12.2 del Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial de la
Ley 16/1985, de 25 de junio, y se concede trámite de audiencia, según lo establecido en
el artículo 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, se concede trámite de Audiencia al
Ayuntamiento de Madrid, al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, al
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, al CEDEX, y a la
Comunidad de Madrid. Así mismo, se procederá a su publicación en el «Boletín Oficial
del Estado» con el anexo técnico adjunto.
Cuarto.
Dicha incoación será comunicada al Registro General de Bienes de Interés Cultural
para su anotación preventiva, según dispone el artículo 12.2 de la Ley 16/1985, del
Patrimonio Histórico Español.
Quinto.
Continuar la tramitación del expediente de declaración de Bien de Interés Cultural de
acuerdo con la legislación vigente.
cve: BOE-A-2023-11325
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 27 de abril de 2023.–El Director General de Patrimonio Cultural y Bellas
Artes, Isaac Sastre De Diego.