III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-11322)
Resolución de 20 de abril de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a SPV Figsel Trade, SL, autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica Almansa 1 de 75,60 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en el término municipal de Almansa, en la provincia de Albacete, y en Font de la Figuera, Moixent, Vallada y Montesa (Valencia).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 12 de mayo de 2023

Sec. III. Pág. 66607

– Se excluirán las zonas que requieran realizar movimientos de tierras para poder
instalar los paneles fotovoltaicos (condicionante 1 del apartado de la DIA:
Geomorfología, suelo y geodiversidad).
– Se recabará informe de la Confederación Hidrográfica del Júcar sobre los cambios
derivados en el proyecto por los nuevos tramos soterrados de la línea eléctrica,
adoptándose las medidas que este organismo indique (condicionante 2 del apartado de
la DIA: Hidrología).
– Se excluirán las zonas de inundabilidad para el periodo de retorno de 100 años en
la disposición de los paneles fotovoltaicos, ya sea dentro o fuera de la zona de policía de
los cauces (condicionante 3 del apartado de la DIA: Hidrología).
– La SET Seccionamiento Montesa/Almansa se ubicará fuera de la zona inundable.
Se desplazará el apoyo de la línea eléctrica de evacuación situado en zona de
inundación para el período de retorno de 100 años según la cartografía del SNCZI y, en
la medida de lo posible, los otros seis situados en las zonas peligrosidad nivel 6 y de
carácter geomorfológico, de acuerdo con el PATRICOVA (condicionante 4 del apartado
de la DIA: Hidrología).
– Se llevará a cabo el apantallamiento vegetal del perímetro de la planta fotovoltaica,
con una anchura mínima de 5 metros con plantación a tresbolillo y un mínimo de 3 filas
(condicionante 3 del apartado de la DIA: Flora, Vegetación y Hábitats de Interés
Comunitario).
– El proyecto de construcción incluirá un Plan de Restauración Vegetal e Integración
Paisajística de conformidad con lo dispuesto en la DIA, que deberá contar con informe
favorable de los órganos ambientales de las Comunidades Autónomas afectadas
(condicionante 5 del apartado de la DIA: Flora, Vegetación y Hábitats de Interés
Comunitario).
– Se elaborará un Protocolo de erradicación y control de flora alóctona invasora que
integre actuaciones específicas y que incluya el seguimiento de las zonas afectadas
temporalmente por las obras (condicionante 7 del apartado de la DIA: Flora, Vegetación
y Hábitats de Interés Comunitario).
– Se establecerá un calendario de obras, el cual deberá contar con informe favorable
de los órganos ambientales autonómicos competentes (condicionante 1 de la DIA:
Fauna).
– Para compensar el impacto residual de la presencia de la línea eléctrica aérea de
evacuación se llevará a cabo la modificación de apoyos para adaptarlos a la normativa
de protección de la avifauna frente a colisión y electrocución, en tramos de líneas con
alta siniestralidad, determinados por los organismos autonómicos competentes. Se
realizará una corrección de tres apoyos por kilómetro nueva línea. La modificación de
apoyos podrá ser sustituida por el soterramiento de alguna línea problemática por riesgo
de colisión en una distancia equivalente al presupuesto establecido para la modificación
de apoyos (condicionante 14 de la DIA: Fauna).
– Se soterrará la línea eléctrica en aquellas zonas que podrían afectar a la Red
Natura 2000 (condicionante 3 del apartado de la DIA: Espacios Protegidos y Red
Natura 2000).
– El promotor deberá acreditar que dispone del informe favorable del Servicio de
Infraestructura Verde y Paisaje de la Generalitat Valenciana en relación con el estudio de
paisaje y estudio de integración paisajística (condicionante 1 de la DIA: Paisaje).
– Se deberá estudiar aquellas situaciones en las cuales el trazado se encuentre a
menos de 100 metros de edificios aislados de uso sensible (condicionante 1 de la DIA:
Población y salud humana).
– Los apoyos de las líneas eléctricas, así como los transformadores asociados a las
mismas, se situarán fuera de las vías pecuarias (condicionante 4 de la DIA: Patrimonio
cultural, vías pecuarias y montes).
– El perímetro de la planta solar fotovoltaica deberá ser replanteado en colaboración
con los agentes medioambientales de la zona para evitar intrusiones en el Montes de

cve: BOE-A-2023-11322
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Núm. 113