I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Subvenciones. (BOE-A-2023-11190)
Real Decreto 335/2023, de 3 de mayo, por el que se regula la concesión directa de una subvención a la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de España para el desarrollo de la red de Oficinas Acelera Pyme en las Cámaras de Comercio, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 113

Viernes 12 de mayo de 2023
Artículo 21.

Sec. I. Pág. 65905

Publicidad de la subvención.

Esta subvención será objeto de publicidad en la Base de Datos Nacional de
Subvenciones, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 130/2019, de 8 de
marzo, por el que se regula la Base de Datos Nacional de Subvenciones y la publicidad
de las subvenciones y demás ayudas públicas.
Artículo 22.

Publicidad de las actuaciones objeto de subvención.

1. Además de lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
será de aplicación el artículo 34 del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo
y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia, y el artículo 10 del Acuerdo de Financiación entre la
Comisión y el Reino de España. En particular, en las medidas de información y
comunicación de las actuaciones (carteles informativos, placas, publicaciones impresas y
electrónicas, material audiovisual, páginas web, anuncios e inserciones en prensa,
certificados, etc.), se deberán incluir en lugar preferente y visible así como en los
accesos los siguientes logos:
a) El emblema de la Unión Europea.
b) Junto con el emblema de la Unión Europea, se incluirá el texto «Financiado por
la Unión Europea-NextGenerationEU».
c) Se empleará también el logotipo del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia (PRTR) con el nombre completo, siempre que sea posible así como el
logotipo del Gobierno de España. No se utilizará cursiva, subrayados, ni otros efectos.
d) Se tendrán en cuenta las normas gráficas del emblema de la Unión y los colores
normalizados establecidos en el anexo II del Reglamento de Ejecución 821/2014 de la
Comisión, de 28 de julio de 2014, por el que se establecen disposiciones de aplicación
del Reglamento (UE) n.º 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que se
refiere a las modalidades concretas de transferencia y gestión de las contribuciones del
programa, la presentación de información sobre los instrumentos financieros, las
características técnicas de las medidas de información y comunicación de
las operaciones, y el sistema para el registro y el almacenamiento de datos. También se
puede consultar la siguiente página web: http://publications.europa.eu/code/es/
es-5000100.htm y descargar distintos ejemplos del emblema en: https://europa.eu/
european-union/about-eu/symbols/flag_es#download.
2. A tal efecto, la entidad beneficiaria hará mención del origen de esta financiación
y velará por darle visibilidad, incluido, cuando proceda, el emblema de la Unión Europea,
disponible en el link https://planderecuperacion.gob.es/identidad-visual, y una
declaración de financiación adecuada que indique «financiado por la Unión EuropeaNext Generation EU», junto al logo del PRTR, en particular cuando promueva las
acciones y sus resultados, facilitando información coherente, efectiva y proporcionada
dirigida a múltiples destinatarios, incluidos los medios de comunicación y el público.
Título competencial.

Las actividades que se van a subvencionar por parte de la Administración General
del Estado mediante este real decreto tienen un ámbito supraautonómico y requieren un
alto grado de homogenización, no susceptible de fraccionamiento, lo que justifican la
centralización de la gestión.
Este real decreto se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.13.ª de la
Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia exclusiva sobre las bases
y coordinación de la planificación general de la actividad económica.

cve: BOE-A-2023-11190
Verificable en https://www.boe.es

Disposición final primera.