III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Comunidad Autónoma de Canarias. Convenio. (BOE-A-2023-11158)
Resolución de 28 de abril de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Entidad Estatal de Seguros Agrarios, O.A., y la Comunidad Autónoma de Canarias, para el intercambio de datos a efectos de la gestión y control de subvenciones a los seguros agrarios de los beneficiarios de su comunidad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 112

Jueves 11 de mayo de 2023

Sec. III. Pág. 65537

Por otra parte, el Instituto Canario de Calidad Agroalimentaria, en adelante ICCA,
organismo autónomo adscrito a la Consejería de Agricultura, Ganadería y Pesca,
gestiona el registro de los operadores de producción ecológica de Canarias.
Undécimo.
Las subvenciones de ENESA tratan de adaptarse a los diferentes perfiles de los
agricultores y ganaderos mediante la concesión de distintos tipos de subvención, por
ejemplo, en función de las características intrínsecas del asegurado (agricultor
profesional, socio de organización de productores, agricultor joven, etc.) o en función de
sus prácticas de cultivo (producción integrada, producción ecológica, etc.).
ENESA requiere de la información residente y gestionada por la Comunidad
Autónoma para realizar la comprobación y los controles sobre las pólizas de seguro
presentadas a liquidación por parte de la Agrupación Española de Entidades
Aseguradoras de los Seguros Agrarios Combinados (AGROSEGURO, SA).
La Consejería de Agricultura, Ganadería y Pesca del Gobierno de Canarias requiere
de la información procedente de los resultados de los controles realizados por ENESA
como paso previo a la concesión de subvenciones a los seguros agrarios suscritos
dentro de su territorio.
Por todo ello, es del interés de las partes establecer las directrices para la
cooperación administrativa entre la Comunidad Autónoma y ENESA para normalizar los
intercambios de información dotándolos de permanencia y periodicidad fija de modo que
tanto ENESA como la Administración Autonómica se vean beneficiados, reforzando sus
mecanismos propios de control.
Por todo lo expuesto, ambas partes acuerdan suscribir el presente convenio que se
regirá por las siguientes:
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto del convenio.

El presente convenio tiene por objeto definir los términos y las condiciones de
cooperación entre las partes para el intercambio de datos a efectos del control de
subvenciones a los seguros agrarios de los beneficiarios de su Comunidad Autónoma de
Canarias.
Segunda.

Obligaciones de ENESA.

Para el cumplimiento del convenio, ENESA se compromete a:

– Los listados de interesados calificados como «subvencionables» de acuerdo con el
artículo 16 del Real Decreto 425/2016, consecuencia de las comprobaciones de oficio
realizadas por ENESA.
– Certificación de la comprobación exhaustiva y documental de las pólizas de seguro
presentadas a liquidación por parte de la Agrupación Española de Entidades
Aseguradoras de los Seguros Agrarios Combinados (AGROSEGURO, SA).
– Los controles de las subvenciones adicionales a los seguros agrarios, con carácter
anual, a las pólizas de seguros suscritas durante el ejercicio que corresponda.
3. El resultado de estos controles se enviará en el formato que resulte más
conveniente. ENESA proporcionará la información con carácter semestral, a más tardar

cve: BOE-A-2023-11158
Verificable en https://www.boe.es

1. Proporcionar a la Comunidad Autónoma el listado de NIF de su ámbito territorial
para que proceda a cruzar los datos correspondientes, siempre que esta lo requiera.
2. Ceder a la Comunidad Autónoma los resultados de los siguientes controles
realizados en su ámbito geográfico: