III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-11168)
Resolución de 26 de abril de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parque Eólico Virtus 1, de 50,10 MW, en Espinosa de los Monteros y Merindad de Sotoscueva (Burgos) y parque eólico Virtus 2, de 50,10 MW, en Merindad de Sotoscueva y Merindad de Valdeporres".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 112
Jueves 11 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 65643
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
11168
Resolución de 26 de abril de 2023, de la Dirección General de Calidad y
Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto
ambiental del proyecto «Parque Eólico Virtus 1, de 50,10 MW, en Espinosa
de los Monteros y Merindad de Sotoscueva (Burgos) y parque eólico Virtus 2,
de 50,10 MW, en Merindad de Sotoscueva y Merindad de Valdeporres».
Antecedentes de hecho
Con fecha 3 de enero de 2021, tiene entrada en esta Dirección General solicitud de inicio
de procedimiento de evaluación de impacto ambiental del proyecto «Parque Eólico Virtus 1,
de 50,10 MW, en TTMM de Espinosa de los Monteros y Merindad de Sotoscueva, provincia
de Burgos y parque eólico Virtus 2, de 50,10 MW, sito en términos municipales de Merindad
de Sotoscueva y Merindad de Valdeporres», remitida por Generación Eléctrica Verde VII SL y
Generación Eléctrica Verde X SL, como promotores y respecto de la que la Dirección General
de Política Energética y Minas del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico (MITECO), ostenta la condición de órgano sustantivo.
Alcance de la evaluación
La presente evaluación ambiental se realiza sobre la documentación presentada por
el promotor para el proyecto y se pronuncia sobre los impactos asociados al mismo
analizados por el promotor, así como los efectos sobre los factores ambientales
derivados de la vulnerabilidad del proyecto ante riesgos de accidentes graves o de
catástrofes y sobre los probables efectos adversos significativos sobre el medio
ambiente, en caso de ocurrencia de los mismos. Se incluye asimismo en la evaluación el
proceso de participación pública y consultas.
Esta evaluación ambiental no comprende aspectos relativos a seguridad de las
instalaciones y dispositivos eléctricos, de seguridad y salud en el trabajo, de seguridad
aérea, carreteras u otros que poseen normativa reguladora e instrumentos específicos.
Descripción y localización del proyecto
La descripción del proyecto, integrado por dos parques eólicos, Virtus 1 y Virtus 2, y
sus infraestructuras de evacuación, se corresponde con el diseño final replanteado por el
promotor como consecuencia del proceso de evaluación ambiental.
El parque eólico (PE) Virtus 1, de 50,1 MW, se ubica en los términos municipales
(TT.MM.) de Merindad de Sotoscueva y Espinosa de los Monteros, en la provincia de
Burgos, y está constituido por un total de 8 aerogeneradores (5 con una potencia
nominal de 6,3 MW y 3 de 6,2 MW), con 155 m de diámetro de rotor y 122,5 m de altura
de buje. La construcción del PE Virtus 1 supone un movimiento de tierras
de 219.969,48 m2 y consta de una red de viales de 9.649 m.
La energía de los aerogeneradores del PE Virtus 1 es conducida mediante una red
subterránea de 30 kV dividida en dos circuitos independientes de 5.603 y 9.576 m hasta
el Centro de Seccionamiento (CS) del parque. Desde este CS parte una línea aérea
de 30 kV y 4.760 m de longitud, cuyos tramos inicial y final, de unos 188 y 453 m
respectivamente, son soterrados. La evacuación, que atraviesa el municipio de Merindad
de Sotoscueva, posee un trazado en simple circuito con dos conductores por fase,
con 24 apoyos de tipo celosía metálicos en disposición tresbolillo. Esta línea lleva la
cve: BOE-A-2023-11168
Verificable en https://www.boe.es
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Núm. 112
Jueves 11 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 65643
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
11168
Resolución de 26 de abril de 2023, de la Dirección General de Calidad y
Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto
ambiental del proyecto «Parque Eólico Virtus 1, de 50,10 MW, en Espinosa
de los Monteros y Merindad de Sotoscueva (Burgos) y parque eólico Virtus 2,
de 50,10 MW, en Merindad de Sotoscueva y Merindad de Valdeporres».
Antecedentes de hecho
Con fecha 3 de enero de 2021, tiene entrada en esta Dirección General solicitud de inicio
de procedimiento de evaluación de impacto ambiental del proyecto «Parque Eólico Virtus 1,
de 50,10 MW, en TTMM de Espinosa de los Monteros y Merindad de Sotoscueva, provincia
de Burgos y parque eólico Virtus 2, de 50,10 MW, sito en términos municipales de Merindad
de Sotoscueva y Merindad de Valdeporres», remitida por Generación Eléctrica Verde VII SL y
Generación Eléctrica Verde X SL, como promotores y respecto de la que la Dirección General
de Política Energética y Minas del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico (MITECO), ostenta la condición de órgano sustantivo.
Alcance de la evaluación
La presente evaluación ambiental se realiza sobre la documentación presentada por
el promotor para el proyecto y se pronuncia sobre los impactos asociados al mismo
analizados por el promotor, así como los efectos sobre los factores ambientales
derivados de la vulnerabilidad del proyecto ante riesgos de accidentes graves o de
catástrofes y sobre los probables efectos adversos significativos sobre el medio
ambiente, en caso de ocurrencia de los mismos. Se incluye asimismo en la evaluación el
proceso de participación pública y consultas.
Esta evaluación ambiental no comprende aspectos relativos a seguridad de las
instalaciones y dispositivos eléctricos, de seguridad y salud en el trabajo, de seguridad
aérea, carreteras u otros que poseen normativa reguladora e instrumentos específicos.
Descripción y localización del proyecto
La descripción del proyecto, integrado por dos parques eólicos, Virtus 1 y Virtus 2, y
sus infraestructuras de evacuación, se corresponde con el diseño final replanteado por el
promotor como consecuencia del proceso de evaluación ambiental.
El parque eólico (PE) Virtus 1, de 50,1 MW, se ubica en los términos municipales
(TT.MM.) de Merindad de Sotoscueva y Espinosa de los Monteros, en la provincia de
Burgos, y está constituido por un total de 8 aerogeneradores (5 con una potencia
nominal de 6,3 MW y 3 de 6,2 MW), con 155 m de diámetro de rotor y 122,5 m de altura
de buje. La construcción del PE Virtus 1 supone un movimiento de tierras
de 219.969,48 m2 y consta de una red de viales de 9.649 m.
La energía de los aerogeneradores del PE Virtus 1 es conducida mediante una red
subterránea de 30 kV dividida en dos circuitos independientes de 5.603 y 9.576 m hasta
el Centro de Seccionamiento (CS) del parque. Desde este CS parte una línea aérea
de 30 kV y 4.760 m de longitud, cuyos tramos inicial y final, de unos 188 y 453 m
respectivamente, son soterrados. La evacuación, que atraviesa el municipio de Merindad
de Sotoscueva, posee un trazado en simple circuito con dos conductores por fase,
con 24 apoyos de tipo celosía metálicos en disposición tresbolillo. Esta línea lleva la
cve: BOE-A-2023-11168
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