III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-11166)
Resolución de 20 de abril de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Parques Solares Fotovoltaicos "Ciudad de Tartessos I y Ciudad de Tartessos II" de 66,275 MWp/51 MWn cada uno, y su infraestructura de evacuación, en San Juan del Puerto, Trigueros, Palos de la Frontera y Moguer (Huelva)».
32 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 112

Jueves 11 de mayo de 2023

Sec. III. Pág. 65583

– Línea eléctrica aéreo-subterránea de alta tensión de 220 kV «SE Colectora Nudo
Palos-SET Elevadora Palos», de 21,17 km de longitud.
– Subestación eléctrica transformadora «SET Elevadora Palos» de 220/400 kV.
– Línea eléctrica subterránea de alta tensión de 400 kV «SET Elevadora Palos-SE
Palos (REE) 400 kV», de 500 m de longitud.
Todas las instalaciones proyectadas se ubican en los términos municipales (TT.MM.)
de Trigueros, San Juan del Puerto, Moguer y Palos de la Frontera (Huelva).
La mayor parte de las infraestructuras de evacuación proyectadas serán compartidas con
otros proyectos fotovoltaicos («Campos de Al-Andalus I», «Campos de Al-Andalus II»,
«Campos de Al-Andalus III», «Campos del Condado IV», «Campos del Condado V» y
«Campos del Condado VI»).
2.

Tramitación del procedimiento

Los anuncios del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en
Sevilla y Huelva por los que se somete a información pública la solicitud de autorización
administrativa previa y de declaración de impacto ambiental del presente proyecto, se
publican en el «Boletín Oficial del Estado» de 25 mayo de 2021, de 28 de diciembre
de 2021 y de 3 de diciembre de 2022, y en el «Boletín Oficial de la Provincia de Huelva»
de 26 mayo de 2021, de 17 de enero de 2022 y de 22 de noviembre de 2022.
Con fecha 18 de mayo de 2022, el órgano sustantivo remite el expediente de
evaluación de impacto ambiental, con objeto de iniciar el procedimiento de evaluación de
impacto ambiental ordinaria.
El 7 de junio de 2022, se remite requerimiento de subsanación formal del expediente,
el cual es atendido el 26 de julio de 2022 con la remisión de los informes preceptivos
restantes.
Asimismo, el 2 de febrero de 2023 se solicita al promotor información adicional, y el 2
de marzo de 2023 se recibe junto con la adenda-resumen ambiental (en adelante
adenda-resumen).
Con fecha 16 de marzo de 2023, se solicita a la Dirección General de Recursos
Hídricos y a la Dirección General de Espacios Naturales Protegidos de la Junta de
Andalucía, informes en virtud del artículo 40.5 de la Ley de evaluación ambiental.
Con fecha 11 de abril de 2023 el órgano sustantivo remite el expediente de
evaluación de impacto ambiental complementario correspondiente al tercer trámite de
información pública, relativo a las modificaciones en las infraestructuras de evacuación.
Durante los periodos de información se recibe una alegación. El anexo I presenta un
cuadro resumen de las consultas efectuadas a las administraciones públicas afectadas y
personas interesadas, indicando si se ha recibido contestación a las mismas.
3.

Análisis de alternativas.

El EsIA contempla tres alternativas de ubicación de las PSF: Alternativa 1 (T.M. de
Niebla y 556,78 ha de superficie conjunta), Alternativa 2 (T.M. de Niebla y 595,37 ha de
superficie conjunta) y Alternativa 3 (T.M. de Trigueros y 231,89 ha de superficie
conjunta), además de la alternativa 0 o de no realización del proyecto, la cual es
descartada porque considera que el proyecto contribuye al incremento de fuentes de
energía renovables que permiten disminuir el consumo de recursos naturales y la
emisión de gases de efecto invernadero, frenar el cambio el climático y mejorar la
economía local y regional. El promotor selecciona la Alternativa 3, al ocupar una menor
superficie, no afectar a la Red Natura 2000 y minimizar las afecciones en relación al
relieve local, a la hidrología superficial, a la vegetación natural, a la flora y a los hábitats
de interés comunitario (HIC), así como a la fauna del territorio.

cve: BOE-A-2023-11166
Verificable en https://www.boe.es

3.1

Análisis técnico del expediente