III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Comunidad Autónoma del Principado de Asturias. Convenio. (BOE-A-2023-11091)
Resolución de 23 de febrero de 2023, de la Dirección General de Vivienda y Suelo, por la que se publica el Convenio con el Principado de Asturias, para la ejecución del Plan estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 111

Miércoles 10 de mayo de 2023

Sec. III. Pág. 65201

Ambos extremos habrán de ser objeto de comprobación por el Ministerio de
Transportes, Movilidad y Agenda Urbana durante la primera quincena de cada trimestre
natural.
3. El importe de cada uno de los libramientos no podrá superar el importe de los
compromisos financieros adquiridos por la Comunidad Autónoma contra los fondos
estatales y justificados en los términos señalados en el convenio, con el límite de la
cuarta parte del crédito correspondiente a cada anualidad, una vez descontado, en su
caso, el saldo de fondos no comprometidos resultado de la liquidación del ejercicio
anterior de acuerdo con lo señalado en la cláusula séptima en relación a la liquidación
anual. No obstante, en el caso de que en algunos de los libramientos trimestrales no se
alcance el límite, la diferencia se acumulará al límite del siguiente trimestre.
4. Cuando por falta de compromisos financieros adquiridos o de su justificación no
proceda realizar los libramientos por el importe del gasto máximo comprometido por el
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana en cada uno de los ejercicios, se
minorará el importe del compromiso del Ministerio por la diferencia entre el importe
máximo comprometido en ese ejercicio y el importe que se hubiera podido librar. El 1 de
noviembre de 2023, 2024 y 2025 se minorará el compromiso del Ministerio de
Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, correspondiente al ejercicio en curso, en la
diferencia referida. En ningún caso se podrá incrementar el compromiso del Ministerio de
Transportes, Movilidad y Agenda Urbana correspondiente al ejercicio siguiente.
Séptima.

Liquidaciones anual y final.

Cuando la diferencia resulte de las liquidaciones anuales correspondientes a las
anualidades 2022, 2023 y 2024, el saldo de fondos transferidos y no comprometidos
minorará el importe del gasto comprometido por el Ministerio en la anualidad siguiente.
Dicho saldo deberá aplicarse por la Comunidad Autónoma manteniendo el destino para
el que fue transferido y debiendo utilizarse en el ejercicio en curso.
Cuando la diferencia resulte de la liquidación del ejercicio 2025, el saldo no
comprometido se reintegrará al Estado a la cuenta del Tesoro Público que corresponda,
en el plazo máximo de tres meses desde que se hubiera notificado la liquidación
aprobada.

cve: BOE-A-2023-11091
Verificable en https://www.boe.es

Liquidación anual. El compromiso de gasto que, en virtud del presente convenio,
asume el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana en cada ejercicio se
limita al importe de los compromisos financieros adquiridos por la Comunidad Autónoma
con cargo a dicho ejercicio, con el límite máximo de las anualidades de financiación
estatal que figuran en el cuadro relativo a la financiación (computando conjuntamente
financiación inicial y financiación adicional) de la cláusula quinta.
Finalizado cada uno de los ejercicios, y no más tarde del 31 de marzo del ejercicio
siguiente, la Comunidad Autónoma Principado de Asturias, remitirá al Ministerio de
Transportes, Movilidad y Agenda Urbana el estado de ejecución del ejercicio anterior,
indicando las cuantías totales de compromisos de créditos, obligaciones reconocidas y
pagos realizados en el año, detallado por cada transferencia de fondos y para cada
programa.
La documentación será objeto de comprobación por la comisión de seguimiento y de
aprobación por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, con carácter
previo al primer libramiento del ejercicio siguiente.
Si como consecuencia del anticipo realizado a la firma del convenio en el
ejercicio 2022, o de anulaciones de resoluciones de compromisos financieros adquiridos
por la Comunidad Autónoma durante las distintas anualidades, resultase un saldo de
fondos no comprometidos, la aportación del Ministerio de Transportes, Movilidad y
Agenda Urbana correspondiente al año en curso se minorará en el importe del citado
saldo, en los siguientes términos: