V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. (BOE-B-2023-13793)
Extracto de la Resolución de 5 de mayo de 2023 de la Presidencia de la AECID por la que se convocan subvenciones para proyectos de cooperación para el desarrollo 2023
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 111
Miércoles 10 de mayo de 2023
Sec. V-B. Pág. 21518
V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN
13793
Extracto de la Resolución de 5 de mayo de 2023 de la Presidencia de la
AECID por la que se convocan subve ncione s para proye ctos de
coope ración para e l de sarrollo 2023
BDNS(Identif.):693289
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/
2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/
693289)
Primero - Entidades Beneficiarias:
a)
Las organizaciones no gubernamentales para el desarrollo que hayan
sido legalmente constituidas como mínimo cinco años antes de la publicación del
extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado y se encuentren
inscritas en el Registro de la Agencia Española de Cooperación Internacional para
el Desarrollo en lafecha de publicación del extracto de esta convocatoria en el
Boletín Oficial del Estado.
b)
Las agrupaciones de organizaciones no gubernamentales para el
desarrollo sin personalidad jurídica, siempre que cada uno de sus miembros reúna
por sí mismo los requisitos exigidos para su concurrencia de modo individual.
Segundo. Objeto:
La presente resolución tiene por objeto convocar, en régimen de concurrencia
competitiva, las subvenciones públicas para la realización de proyectos de
cooperación internacional para el desarrollo.
Se considerarán proyectos de cooperación para el desarrollo los destinados al
desarrollo de actuaciones en los siguientes ámbitos:
A.
Proyectos de desarrollo en un solo país, consistentes en un conjunto de
actuaciones diseñadas para lograr un objetivo específico de desarrollo en un único
país, pudiendo alcanzar la actuación las áreas o sectores priorizados en la
convocatoria que sean necesarios para la consecución de ese objetivo.
C.
Proyectos dirigidos a atender las necesidades de la Población Saharaui
refugiada en Tinduf (Argelia) y se enmarquen en la Estrategia humanitaria 20222023 de la AECID para este contexto.
Tercero. Bases Reguladoras:
La norma reguladora de las bases de concesión de estas subvenciones es la
cve: BOE-B-2023-13793
Verificable en https://www.boe.es
B.
Proyectos de Educación para el desarrollo y la ciudadanía global (en
adelante, EPD-CG), con el fin de promover un modelo de ciudadanía global capaz
de contribuir a la lucha contra la pobreza y la promoción del desarrollo de los
pueblos, desde un enfoque de derechos humanos, y para la promoción del
comercio justo.
Núm. 111
Miércoles 10 de mayo de 2023
Sec. V-B. Pág. 21518
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MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN
13793
Extracto de la Resolución de 5 de mayo de 2023 de la Presidencia de la
AECID por la que se convocan subve ncione s para proye ctos de
coope ración para e l de sarrollo 2023
BDNS(Identif.):693289
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/
2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/
693289)
Primero - Entidades Beneficiarias:
a)
Las organizaciones no gubernamentales para el desarrollo que hayan
sido legalmente constituidas como mínimo cinco años antes de la publicación del
extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado y se encuentren
inscritas en el Registro de la Agencia Española de Cooperación Internacional para
el Desarrollo en lafecha de publicación del extracto de esta convocatoria en el
Boletín Oficial del Estado.
b)
Las agrupaciones de organizaciones no gubernamentales para el
desarrollo sin personalidad jurídica, siempre que cada uno de sus miembros reúna
por sí mismo los requisitos exigidos para su concurrencia de modo individual.
Segundo. Objeto:
La presente resolución tiene por objeto convocar, en régimen de concurrencia
competitiva, las subvenciones públicas para la realización de proyectos de
cooperación internacional para el desarrollo.
Se considerarán proyectos de cooperación para el desarrollo los destinados al
desarrollo de actuaciones en los siguientes ámbitos:
A.
Proyectos de desarrollo en un solo país, consistentes en un conjunto de
actuaciones diseñadas para lograr un objetivo específico de desarrollo en un único
país, pudiendo alcanzar la actuación las áreas o sectores priorizados en la
convocatoria que sean necesarios para la consecución de ese objetivo.
C.
Proyectos dirigidos a atender las necesidades de la Población Saharaui
refugiada en Tinduf (Argelia) y se enmarquen en la Estrategia humanitaria 20222023 de la AECID para este contexto.
Tercero. Bases Reguladoras:
La norma reguladora de las bases de concesión de estas subvenciones es la
cve: BOE-B-2023-13793
Verificable en https://www.boe.es
B.
Proyectos de Educación para el desarrollo y la ciudadanía global (en
adelante, EPD-CG), con el fin de promover un modelo de ciudadanía global capaz
de contribuir a la lucha contra la pobreza y la promoción del desarrollo de los
pueblos, desde un enfoque de derechos humanos, y para la promoción del
comercio justo.