V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. (BOE-B-2023-13807)
Anuncio de la Demarcación de Costas en Murcia sobre otorgamiento de concesión administrativa de ocupación de dominio público marítimo-terrestre. Referencia CNC12/14/30/0014.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 111

Miércoles 10 de mayo de 2023

Sec. V-B. Pág. 21559

V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO

13807

Anuncio de la Demarcación de Costas en Murcia sobre otorgamiento de
concesión administrativa de ocupación de dominio público marítimoterrestre. Referencia CNC12/14/30/0014.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 152.12 del Reglamento General
de Costas aprobado por Real Decreto 876/2014, de 10 de octubre, modificado por
RD 668 de 1 de agosto de 2022, se hace público que por Orden Ministerial de 05
de mayo de 2022 la Dirección General de la Costa y el Mar, por delegación de
competencias, ha otorgado la concesión de referencia CNC14/14/30/0014, en los
siguientes términos:
ESTA DIRECCIÓN GENERAL, POR DELEGACIÓN DE LA MINISTRA, HA
RESUELTO:
Otorgar a D. Juan y Dª. Soledad Hernández García la concesión para
ocupación y aprovechamiento del dominio público marítimo-terrestre, en aplicación
de lo establecido en la disposición transitoria primera de la Ley 22/1988, de 28 de
julio, de Costas, y concordantes del Reglamento, en relación con ciento cincuenta
metros cuadrados (150 m2), pertenecientes a la finca inscrita con el número
15.481 en el Registro de la Propiedad de Mazarrón donde se halla una edificación
destinada a vivienda, incluida en el dominio público marítimo-terrestre por el
deslinde aprobado por Orden Ministerial de 19 de julio de 1995, en la playa de
Bolnuevo, en el término municipal de Mazarrón (Murcia),
Y de acuerdo con las siguientes condiciones:
- Pliego de condiciones generales para el otorgamiento de concesiones
demaniales, con arreglo a lo establecido en la disposición transitoria primera de la
Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas, aprobado por Orden Ministerial de 23 de
febrero, publicado en BOE de 9 de marzo de 2018.
- Pliego de Condiciones Particulares y Prescripciones (PCPP)

1ª.- Conforme a lo dispuesto en el apartado 3 de la disposición transitoria
primera de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas, modificada por Ley 2/2013,
de 29 de mayo, de protección y uso sostenible del litoral y de modificación de la
Ley de Costas, así como en el apartado 1 y 3 de la disposición transitoria segunda
y apartado 1 de la disposición transitoria tercera del Reglamento General de
Costas, aprobado por R.D.876/2014, de 10 de octubre, esta concesión se otorga
por un plazo de treinta años (30), limitada a los usos y aprovechamientos
legalmente existentes el día 29 de julio de 1988 en los terrenos objeto de las
misma, con obligación por parte de los concesionarios de abonar canon, y se
inscribirá en el Registro de usos del dominio público marítimo-terrestre.
2ª.- De conformidad con lo establecido en el apartado quinto de la disposición
transitoria tercera del Reglamento General de Costas, aprobado por Real Decreto
876/2014, de 10 de octubre, la fecha de inicio del cómputo del plazo de la
concesión de treinta años debe ser la de la aprobación del deslinde, es decir, 19
de julio de 1995.

cve: BOE-B-2023-13807
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I. Condiciones Particulares