II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE DEFENSA. Cuerpos y escalas de las Fuerzas Armadas. (BOE-A-2023-11036)
Resolución 452/38194/2023, de 5 de mayo, de la Subsecretaría, por la que se convocan los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación, mediante las formas de ingreso directo y promoción, para la incorporación como militar de carrera o la adscripción como militar de complemento a las escalas de oficiales de los Cuerpos de Intendencia.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 110
Martes 9 de mayo de 2023
1.5
Sec. II.B. Pág. 64415
Requisitos adicionales.
Además de lo anterior, los militares profesionales deberán tener en cuenta lo
siguiente:
– Certificado del resultado de las pruebas analíticas de detección de consumo de
sustancias psicotrópicas.
Plazo de presentación: dentro del plazo establecido en la base tercera.
Deberán aportar el certificado del Jefe de UCO de destino o dependencia
(Apéndice 4) en soporte digital, según establece el apartado 1.1.3 de esta base, con el
resultado de las pruebas analíticas de detección de consumo de sustancias psicotrópicas
o drogas realizadas dentro del período de un año inmediatamente anterior a la fecha
límite de presentación de solicitudes, según lo establecido en el III Plan de General de
Prevención de Drogas en las Fuerzas Armadas (III PGPDFAS), de 14 de julio de 2020
(BOD número 147, de 23 de julio).
– La Secretaría de procesos comprobará, a través del Sistema de Información de
Personal de Defensa (SIPERDEF) si tiene anotadas, con carácter firme en vía
administrativa, sanciones disciplinarias por faltas graves o muy graves.
– Informe Personal de Calificación (IPEC): se cumplimentará lo dispuesto en la base
octava «Fase de Concurso».
1.6
Méritos a valorar en la fase de concurso.
El procedimiento para aportar la documentación a la que se refiere este punto se
llevará a cabo de igual forma a lo dispuesto en el punto 2 de esta base y en la base
quinta.
1.7
Certificado médico oficial para realizar las pruebas físicas. Apéndice 6.
Plazo de presentación: el día que se le haya asignado a la persona interesada para
realizar las pruebas físicas.
Se deberá aportar uno de los dos modelos de «certificado médico oficial» que figuran
en el Apéndice 6. En el modelo de certificado médico presentado (de los dos permitidos)
deberá figurar, «expresamente», que la persona interesada «se encuentra capacitada
cve: BOE-A-2023-11036
Verificable en https://www.boe.es
Plazo de presentación: desde el inicio del plazo establecido en la base tercera hasta
la fecha de comienzo de la primera prueba.
Solamente se valorarán aquellos méritos debidamente justificados que se posean en
la fecha en que finaliza el plazo de presentación de solicitudes. Para la justificación de
los méritos sólo se admitirán documentos originales o copias auténticas (electrónicas o
en soporte papel). No será objeto de valoración ninguna copia que carezca de
autenticación o de Código Seguro de Verificación.
– Méritos militares: el Órgano de Selección extraerá del Sistema de Información de
Personal de Defensa (SIPERDEF) los méritos militares que se posean en la fecha en
que finaliza el plazo de presentación de solicitudes.
– En aquellos casos en los que la persona aspirante detecte errores en los datos
administrativos grabados en SIPERDEF, se remitirá, junto con la solicitud, copia de la
nota de reparos remitida a su Mando de Personal, con el V.º B.º del Jefe de su UCO y el
conforme de la persona aspirante.
– Méritos académicos: en la valoración de los estudios universitarios sólo se
considerará la certificación académica oficial expedida por la Facultad, Escuela Técnica
o centro docente correspondiente. En la misma figurarán las asignaturas, créditos y
calificaciones numéricas que correspondan a cada una de ellas.
– Perfil de idiomas: acreditación del perfil de idiomas establecido en el
apartado 1.2.2.f) de la base segunda. Sólo serán válidos los certificados
correspondientes a pruebas efectuadas antes del día de finalización del plazo de
presentación de solicitudes.
Núm. 110
Martes 9 de mayo de 2023
1.5
Sec. II.B. Pág. 64415
Requisitos adicionales.
Además de lo anterior, los militares profesionales deberán tener en cuenta lo
siguiente:
– Certificado del resultado de las pruebas analíticas de detección de consumo de
sustancias psicotrópicas.
Plazo de presentación: dentro del plazo establecido en la base tercera.
Deberán aportar el certificado del Jefe de UCO de destino o dependencia
(Apéndice 4) en soporte digital, según establece el apartado 1.1.3 de esta base, con el
resultado de las pruebas analíticas de detección de consumo de sustancias psicotrópicas
o drogas realizadas dentro del período de un año inmediatamente anterior a la fecha
límite de presentación de solicitudes, según lo establecido en el III Plan de General de
Prevención de Drogas en las Fuerzas Armadas (III PGPDFAS), de 14 de julio de 2020
(BOD número 147, de 23 de julio).
– La Secretaría de procesos comprobará, a través del Sistema de Información de
Personal de Defensa (SIPERDEF) si tiene anotadas, con carácter firme en vía
administrativa, sanciones disciplinarias por faltas graves o muy graves.
– Informe Personal de Calificación (IPEC): se cumplimentará lo dispuesto en la base
octava «Fase de Concurso».
1.6
Méritos a valorar en la fase de concurso.
El procedimiento para aportar la documentación a la que se refiere este punto se
llevará a cabo de igual forma a lo dispuesto en el punto 2 de esta base y en la base
quinta.
1.7
Certificado médico oficial para realizar las pruebas físicas. Apéndice 6.
Plazo de presentación: el día que se le haya asignado a la persona interesada para
realizar las pruebas físicas.
Se deberá aportar uno de los dos modelos de «certificado médico oficial» que figuran
en el Apéndice 6. En el modelo de certificado médico presentado (de los dos permitidos)
deberá figurar, «expresamente», que la persona interesada «se encuentra capacitada
cve: BOE-A-2023-11036
Verificable en https://www.boe.es
Plazo de presentación: desde el inicio del plazo establecido en la base tercera hasta
la fecha de comienzo de la primera prueba.
Solamente se valorarán aquellos méritos debidamente justificados que se posean en
la fecha en que finaliza el plazo de presentación de solicitudes. Para la justificación de
los méritos sólo se admitirán documentos originales o copias auténticas (electrónicas o
en soporte papel). No será objeto de valoración ninguna copia que carezca de
autenticación o de Código Seguro de Verificación.
– Méritos militares: el Órgano de Selección extraerá del Sistema de Información de
Personal de Defensa (SIPERDEF) los méritos militares que se posean en la fecha en
que finaliza el plazo de presentación de solicitudes.
– En aquellos casos en los que la persona aspirante detecte errores en los datos
administrativos grabados en SIPERDEF, se remitirá, junto con la solicitud, copia de la
nota de reparos remitida a su Mando de Personal, con el V.º B.º del Jefe de su UCO y el
conforme de la persona aspirante.
– Méritos académicos: en la valoración de los estudios universitarios sólo se
considerará la certificación académica oficial expedida por la Facultad, Escuela Técnica
o centro docente correspondiente. En la misma figurarán las asignaturas, créditos y
calificaciones numéricas que correspondan a cada una de ellas.
– Perfil de idiomas: acreditación del perfil de idiomas establecido en el
apartado 1.2.2.f) de la base segunda. Sólo serán válidos los certificados
correspondientes a pruebas efectuadas antes del día de finalización del plazo de
presentación de solicitudes.