II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE DEFENSA. Cuerpos y escalas de las Fuerzas Armadas. (BOE-A-2023-11034)
Resolución 452/38192/2023, de 5 de mayo, de la Subsecretaría, por la que se convocan los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación, mediante la forma de ingreso directo, con y sin exigencia de Titulación de Técnico Superior, para la incorporación como militar de carrera a las escalas de suboficiales de los Cuerpos Generales y del Cuerpo de Infantería de Marina.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 110
Martes 9 de mayo de 2023
Sec. II.B. Pág. 64302
académica de la titulación contemplada como requisito, que se podrá aportar hasta la
fecha indicada en el apartado 1.7 de esta base.
Para la justificación de los méritos sólo se admitirán documentos originales o copias
auténticas. No será objeto de valoración ninguna copia que carezca de autenticación o
de Código Seguro de Verificación.
Se adelantará la documentación citada, por correo electrónico a:
cuerposgeneralesuboficiales@mde.es, sin que este trámite vincule al Órgano de
Selección hasta que obre en su poder la documentación requerida.
1.6
Certificado médico oficial para realizar las pruebas físicas.
Apéndice 6.
Plazo de presentación: el día que se le haya asignado al aspirante para realizar las
pruebas físicas.
Se deberá aportar uno de los dos modelos de «certificado médico oficial» que figuran
en el Apéndice 6. En el modelo de certificado médico presentado (de los dos permitidos)
deberá figurar «expresamente», que la persona interesada: «se encuentra capacitada
físicamente para la realización de pruebas de aptitud física consistentes en ejercicios de:
Potencia de tren inferior, Potencia de tren superior, Velocidad (carrera de 50 metros),
Resistencia (carrera de 1000 metros), Soltura acuática (50 metros) y Agilidad».
El certificado médico deberá haberse expedido dentro de los treinta días naturales
anteriores al día de la realización de las pruebas físicas, siendo el Órgano de Selección
el responsable de efectuar la comprobación de su validez antes del inicio de los
ejercicios de que consta la prueba. En caso de apreciarse cualquier defecto de literalidad
en el certificado médico presentado, el Órgano de Selección podrá acordar la realización
de las pruebas físicas en la tanda de incidencias una vez subsanados los defectos de
forma apreciados.
Quienes presenten el certificado médico sin la firma del facultativo o que no haya
sido expedido dentro de los treinta días anteriores al de realización de las pruebas físicas
quedarán excluidos del proceso de selección y perderán los derechos de participación.
1.7
Requisitos académicos (correspondientes a la base segunda, 1.2.)
Plazo de presentación: hasta el día 5 de julio.
Original o copia auténtica del documento oficial y definitivo que acredite haber
superado la prueba, o estar en posesión o en condiciones de poseer la titulación que se
indica en la base segunda.1.2., de acuerdo con las plazas solicitadas.
Las copias electrónicas auténticas de los documentos solicitados deberán ser
realizadas por la secretaría del centro docente que emitió los originales. Las copias
auténticas, además de por la secretaría, podrán ser realizadas por notarías, intervención
militar o por los encargados de las oficinas de registro de la Administración General del
Estado (AGE) y de sus Organismos Públicos. El sello o la acreditación de las copias
expresará la fecha en que se practicó, así como la identificación del órgano y de la
persona que las expiden.
cve: BOE-A-2023-11034
Verificable en https://www.boe.es
– En el caso de acceder con el título de Bachillerato, el título y certificación
académica que contenga la nota media del expediente académico.
– En el caso de acceder con un título de Técnico de formación profesional, el título y
certificación académica en el que se exprese la nota media del título.
– En el caso de acceder con la prueba de acceso a ciclos formativos de grado
superior, certificación de superación de la prueba de acceso con expresión de la
puntuación obtenida en la misma y familias profesionales a las que permite el acceso.
– En el caso de acceder con otro título, el título y certificación académica en la que
se acrediten las calificaciones obtenidas en todas las materias del mismo, que se
valorará de acuerdo a los anexos I y II de la Orden DEF/780/2011, de 31 de marzo, y sus
modificaciones contenidas en la de base octava de esta convocatoria.
Núm. 110
Martes 9 de mayo de 2023
Sec. II.B. Pág. 64302
académica de la titulación contemplada como requisito, que se podrá aportar hasta la
fecha indicada en el apartado 1.7 de esta base.
Para la justificación de los méritos sólo se admitirán documentos originales o copias
auténticas. No será objeto de valoración ninguna copia que carezca de autenticación o
de Código Seguro de Verificación.
Se adelantará la documentación citada, por correo electrónico a:
cuerposgeneralesuboficiales@mde.es, sin que este trámite vincule al Órgano de
Selección hasta que obre en su poder la documentación requerida.
1.6
Certificado médico oficial para realizar las pruebas físicas.
Apéndice 6.
Plazo de presentación: el día que se le haya asignado al aspirante para realizar las
pruebas físicas.
Se deberá aportar uno de los dos modelos de «certificado médico oficial» que figuran
en el Apéndice 6. En el modelo de certificado médico presentado (de los dos permitidos)
deberá figurar «expresamente», que la persona interesada: «se encuentra capacitada
físicamente para la realización de pruebas de aptitud física consistentes en ejercicios de:
Potencia de tren inferior, Potencia de tren superior, Velocidad (carrera de 50 metros),
Resistencia (carrera de 1000 metros), Soltura acuática (50 metros) y Agilidad».
El certificado médico deberá haberse expedido dentro de los treinta días naturales
anteriores al día de la realización de las pruebas físicas, siendo el Órgano de Selección
el responsable de efectuar la comprobación de su validez antes del inicio de los
ejercicios de que consta la prueba. En caso de apreciarse cualquier defecto de literalidad
en el certificado médico presentado, el Órgano de Selección podrá acordar la realización
de las pruebas físicas en la tanda de incidencias una vez subsanados los defectos de
forma apreciados.
Quienes presenten el certificado médico sin la firma del facultativo o que no haya
sido expedido dentro de los treinta días anteriores al de realización de las pruebas físicas
quedarán excluidos del proceso de selección y perderán los derechos de participación.
1.7
Requisitos académicos (correspondientes a la base segunda, 1.2.)
Plazo de presentación: hasta el día 5 de julio.
Original o copia auténtica del documento oficial y definitivo que acredite haber
superado la prueba, o estar en posesión o en condiciones de poseer la titulación que se
indica en la base segunda.1.2., de acuerdo con las plazas solicitadas.
Las copias electrónicas auténticas de los documentos solicitados deberán ser
realizadas por la secretaría del centro docente que emitió los originales. Las copias
auténticas, además de por la secretaría, podrán ser realizadas por notarías, intervención
militar o por los encargados de las oficinas de registro de la Administración General del
Estado (AGE) y de sus Organismos Públicos. El sello o la acreditación de las copias
expresará la fecha en que se practicó, así como la identificación del órgano y de la
persona que las expiden.
cve: BOE-A-2023-11034
Verificable en https://www.boe.es
– En el caso de acceder con el título de Bachillerato, el título y certificación
académica que contenga la nota media del expediente académico.
– En el caso de acceder con un título de Técnico de formación profesional, el título y
certificación académica en el que se exprese la nota media del título.
– En el caso de acceder con la prueba de acceso a ciclos formativos de grado
superior, certificación de superación de la prueba de acceso con expresión de la
puntuación obtenida en la misma y familias profesionales a las que permite el acceso.
– En el caso de acceder con otro título, el título y certificación académica en la que
se acrediten las calificaciones obtenidas en todas las materias del mismo, que se
valorará de acuerdo a los anexos I y II de la Orden DEF/780/2011, de 31 de marzo, y sus
modificaciones contenidas en la de base octava de esta convocatoria.