II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE DEFENSA. Cuerpos y escalas de las Fuerzas Armadas. (BOE-A-2023-11033)
Resolución 452/38191/2023, de 5 de mayo, de la Subsecretaría, por la que se convocan los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación, mediante la forma de ingreso directo, con y sin exigencia de titulación universitaria previa, para la incorporación como militar de carrera o adscripción como militar de complemento a las escalas de oficiales de los Cuerpos Generales, del Cuerpo de Infantería de Marina y del Cuerpo de la Guardia Civil.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 110
Martes 9 de mayo de 2023
Sec. II.B. Pág. 64256
personas que fueran miembros de la Guardia Civil, que pasarán a la situación de
excedencia por acceso directo como alumnos o alumnas de los centros docentes de
formación de la Guardia Civil o de las Fuerzas Armadas. Al integrarse o adscribirse en
una nueva escala causarán baja en la de origen, con la consiguiente pérdida del empleo
que tuvieran en la escala anterior, pero manteniendo los derechos derivados del tiempo
de servicios que tuvieran cumplido.
Los Directores de Enseñanza publicarán en el «Boletín Oficial del Ministerio de
Defensa» la lista de los nombrados alumnos y alumnas.
Una vez que la persona interesada ingrese en las Fuerzas Armadas, los datos de
carácter personal facilitados se incorporarán al fichero Registro de Información del Personal
del MINISDEF (SIPERDEF), responsabilidad de la Dirección General de Personal, cuya
finalidad es el registro de las vicisitudes de la vida laboral del personal del Ministerio de
Defensa, el control, gestión y seguimiento de costes de recursos humanos, la gestión y
control de salidas de información, la elaboración de estadísticas, y la gestión del Plan de
Pensiones de la AGE en el ámbito del departamento. Asimismo, los datos necesarios para
la correcta confección de la nómina, serán incorporados al Fichero de Gestión de Nómina
del Personal del Ministerio de Defensa, (MONPER), responsabilidad de la Subdirección
General de Servicios Económicos y Pagadurías, cuya finalidad es la gestión y
administración de la nómina del personal civil y militar del Ministerio de Defensa.
La destinataria de los datos es la Dirección General de Personal en el fichero de
SIPERDEF y la Subdirección General de Servicios Económicos y Pagadurías en el
fichero de MONPER quienes, en cumplimiento del principio de calidad de sus datos,
conservarán la información consignada con la finalidad descrita, no teniendo previsto
realizar cesiones a terceros distintas de las previstas por Ley u orden ministerial.
La persona interesada podrá ejercitar los derechos de acceso, rectificación,
supresión, limitación del tratamiento, portabilidad y oposición, en los términos
establecidos en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales, y normativa concordante ante la
Subdirección General de Planificación y Costes de Recursos Humanos, la Subdirección
General de Servicios Económicos y Pagadurías o el Delegado de Protección de Datos
del Ministerio de Defensa, según corresponda la responsabilidad de cada fichero,
ubicados en el Ministerio de Defensa, Paseo de la Castellana número 109 (28071)
Madrid.
Podrá revocar el consentimiento otorgado, sin efectos retroactivos, cuando acredite
causa justificada, a través de solicitud por escrito ante la Subdirección General de
Planificación y Costes de Recursos Humanos o la Subdirección General de Servicios
Económicos y Pagadurías.
Bajas durante la fase de acogida, orientación y adaptación a la vida
La fase de acogida, orientación y adaptación a la vida militar se iniciará el día de
presentación de las personas propuestas como alumnos y alumnas en el centro docente
correspondiente y finalizará catorce (14) días después.
La no presentación en la fecha señalada en el centro docente militar de formación o
las bajas a petición propia, que puedan originarse durante este periodo, podrán ser
cubiertas al amparo del artículo 56.2 de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, por el
procedimiento de reposición, atendiendo al orden de la relación complementaria a que se
hace referencia en la base duodécima, en las siguientes fechas:
a) El día 17 de agosto se procederá a cubrir las plazas de los propuestos como
alumnos y alumnas que no hayan efectuado su presentación sin causa justificada en el
centro docente militar de formación correspondiente.
b) Hasta las 24 horas del día 30 de agosto se procederá a cubrir, cuando se
produzcan, las plazas correspondientes a las bajas producidas durante la fase de
acogida, orientación y adaptación a la vida militar, fecha en la que finaliza la citada fase.
cve: BOE-A-2023-11033
Verificable en https://www.boe.es
Decimocuarta.
militar.
Núm. 110
Martes 9 de mayo de 2023
Sec. II.B. Pág. 64256
personas que fueran miembros de la Guardia Civil, que pasarán a la situación de
excedencia por acceso directo como alumnos o alumnas de los centros docentes de
formación de la Guardia Civil o de las Fuerzas Armadas. Al integrarse o adscribirse en
una nueva escala causarán baja en la de origen, con la consiguiente pérdida del empleo
que tuvieran en la escala anterior, pero manteniendo los derechos derivados del tiempo
de servicios que tuvieran cumplido.
Los Directores de Enseñanza publicarán en el «Boletín Oficial del Ministerio de
Defensa» la lista de los nombrados alumnos y alumnas.
Una vez que la persona interesada ingrese en las Fuerzas Armadas, los datos de
carácter personal facilitados se incorporarán al fichero Registro de Información del Personal
del MINISDEF (SIPERDEF), responsabilidad de la Dirección General de Personal, cuya
finalidad es el registro de las vicisitudes de la vida laboral del personal del Ministerio de
Defensa, el control, gestión y seguimiento de costes de recursos humanos, la gestión y
control de salidas de información, la elaboración de estadísticas, y la gestión del Plan de
Pensiones de la AGE en el ámbito del departamento. Asimismo, los datos necesarios para
la correcta confección de la nómina, serán incorporados al Fichero de Gestión de Nómina
del Personal del Ministerio de Defensa, (MONPER), responsabilidad de la Subdirección
General de Servicios Económicos y Pagadurías, cuya finalidad es la gestión y
administración de la nómina del personal civil y militar del Ministerio de Defensa.
La destinataria de los datos es la Dirección General de Personal en el fichero de
SIPERDEF y la Subdirección General de Servicios Económicos y Pagadurías en el
fichero de MONPER quienes, en cumplimiento del principio de calidad de sus datos,
conservarán la información consignada con la finalidad descrita, no teniendo previsto
realizar cesiones a terceros distintas de las previstas por Ley u orden ministerial.
La persona interesada podrá ejercitar los derechos de acceso, rectificación,
supresión, limitación del tratamiento, portabilidad y oposición, en los términos
establecidos en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales, y normativa concordante ante la
Subdirección General de Planificación y Costes de Recursos Humanos, la Subdirección
General de Servicios Económicos y Pagadurías o el Delegado de Protección de Datos
del Ministerio de Defensa, según corresponda la responsabilidad de cada fichero,
ubicados en el Ministerio de Defensa, Paseo de la Castellana número 109 (28071)
Madrid.
Podrá revocar el consentimiento otorgado, sin efectos retroactivos, cuando acredite
causa justificada, a través de solicitud por escrito ante la Subdirección General de
Planificación y Costes de Recursos Humanos o la Subdirección General de Servicios
Económicos y Pagadurías.
Bajas durante la fase de acogida, orientación y adaptación a la vida
La fase de acogida, orientación y adaptación a la vida militar se iniciará el día de
presentación de las personas propuestas como alumnos y alumnas en el centro docente
correspondiente y finalizará catorce (14) días después.
La no presentación en la fecha señalada en el centro docente militar de formación o
las bajas a petición propia, que puedan originarse durante este periodo, podrán ser
cubiertas al amparo del artículo 56.2 de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, por el
procedimiento de reposición, atendiendo al orden de la relación complementaria a que se
hace referencia en la base duodécima, en las siguientes fechas:
a) El día 17 de agosto se procederá a cubrir las plazas de los propuestos como
alumnos y alumnas que no hayan efectuado su presentación sin causa justificada en el
centro docente militar de formación correspondiente.
b) Hasta las 24 horas del día 30 de agosto se procederá a cubrir, cuando se
produzcan, las plazas correspondientes a las bajas producidas durante la fase de
acogida, orientación y adaptación a la vida militar, fecha en la que finaliza la citada fase.
cve: BOE-A-2023-11033
Verificable en https://www.boe.es
Decimocuarta.
militar.