II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE DEFENSA. Cuerpos y escalas de las Fuerzas Armadas. (BOE-A-2023-11033)
Resolución 452/38191/2023, de 5 de mayo, de la Subsecretaría, por la que se convocan los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación, mediante la forma de ingreso directo, con y sin exigencia de titulación universitaria previa, para la incorporación como militar de carrera o adscripción como militar de complemento a las escalas de oficiales de los Cuerpos Generales, del Cuerpo de Infantería de Marina y del Cuerpo de la Guardia Civil.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 110

Martes 9 de mayo de 2023
2.
2.1

Sec. II.B. Pág. 64245

Procedimientos para la aportación de documentación:
A través de la sede electrónica.

Esta opción estará habilitada sólo durante el plazo establecido en la base tercera.
Solicitud de admisión y documentos anexados: se aportarán tal y como se indica en
el punto 1.1 de esta base y en el apéndice 1, en los puntos 1 «Tramitación de forma
telemática» y 2 «Otros procedimientos para la aportación de la solicitud de admisión».
2.2

Otros procedimientos para la aportación de documentación.

A través de las Secretarías Generales, Áreas de Reclutamiento y Órganos de Apoyo
de las Subdelegaciones de Defensa u Oficinas Delegadas (apéndice 9) o cualquier
registro oficial de la administración, se pueden presentar los mismos documentos
señalados en el párrafo anterior durante el plazo de admisión de solicitudes. Además,
una vez concluido el citado periodo, se puede aportar aquella documentación adicional
que se estime oportuna en función de los plazos temporales establecidos para cada caso
en la base cuarta.
Esta opción es la única disponible fuera del plazo de admisión de solicitudes.
No será admitida ninguna documentación sin sello de registro o sellada con fecha
posterior a los plazos especificados para cada documentación.
En los citados organismos, se empleará el Sistema de Mensajería Oficial y Gestión
Documental del Ministerio de Defensa (SIMENDEF) para su remisión a la Dirección
General de Reclutamiento y Enseñanza Militar/Subdirección General de Reclutamiento y
Desarrollo Profesional de Personal Militar y Reservistas de Especial Disponibilidad/
Presidente del Órgano de Selección OF CG CIM GC.
Los militares profesionales podrán remitir esta documentación a través de su UCO de
destino o dependencia.
2.3 Cuando no se disponga de los medios electrónicos adecuados, se podrá
realizar en las oficinas de asistencia en materia de registros relacionadas en la Orden
DEF/1292/2018, de 27 de noviembre, así como en las Oficinas Delegadas o Áreas de
Reclutamiento dependientes de las Subdelegaciones de Defensa. En este caso, se
procederá como se indica en el apéndice 1, punto 2.1.

2.4 Cuando por una incidencia técnica debidamente acreditada sea imposible el
acceso a la página web, la Dirección General de Reclutamiento y Enseñanza Militar
informará de esta circunstancia oportunamente a través de la dirección electrónica:
https://reclutamiento.defensa.gob.es/proceso-acceso/. En este caso, la Dirección
General de Reclutamiento y Enseñanza Militar podrá determinar una ampliación de los
plazos no vencidos para presentación de la solicitud de admisión al proceso de
selección.
2.5 Alcanzada la fecha de incorporación en los CDMF, las direcciones SIMENDEF y
de correo electrónico del Órgano de Selección serán canceladas. A partir de dicho
momento, toda comunicación será dirigida a la Dirección General de Reclutamiento y
Enseñanza Militar o a la Subdirección General de Reclutamiento y Desarrollo Profesional
de Personal Militar y Reservistas de Especial Disponibilidad, a través de las direcciones y
cuentas no vinculadas a los procesos de selección.
3. Las personas interesadas podrán solicitar la participación en más de un proceso
de selección, derivado de la aplicación del Real Decreto 340/2023, de 3 de mayo. Si
todos los procesos en los que se tuviese intención de participar fuesen desarrollados por
el mismo Órgano de Selección, se remitirá una solicitud de admisión por cada proceso,

cve: BOE-A-2023-11033
Verificable en https://www.boe.es

En el caso de los militares profesionales, los Jefes de Unidad de destino o
dependencia actuarán según lo establecido en el apéndice 1, punto 2.2.
En todo caso, la presentación de solicitudes podrá hacerse en la forma establecida
en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.