III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios. (BOE-A-2023-11060)
Resolución de 3 de mayo de 2023, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Asociación Española de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social, por el que se concreta para 2023 la colaboración en materia de estudio y análisis de los problemas laborales desde una perspectiva jurídica.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 110
Martes 9 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 64719
Ambas partes se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir, y de común
acuerdo,
EXPONEN
I. Que el Ministerio de Trabajo y Economía Social, en virtud de lo establecido en el
art. 9.1. del Real Decreto 2/2020, de 12 de enero, por el que se reestructuran los
departamentos ministeriales, es el órgano de la Administración General del Estado
encargado de la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de empleo,
economía social y responsabilidad social de las empresas.
II. Que la Asociación Española de Derecho de Trabajo y de la Seguridad Social, en
adelante AEDTSS, viene organizando anualmente un Congreso anual en el que, con la
participación de profesores y expertos en materia de relaciones laborales, se analizan y
debaten temas que resultan de gran interés para el Ministerio de Trabajo y Economía
Social y cuya organización se apoya, tanto mediante una aportación económica como a
través de la participación en el Congreso de representantes del Departamento.
En 2023, la Asociación tiene previsto celebrar, el XXXIII Congreso anual con el tema
Empleo y protección social y el Ministerio de Trabajo y Economía Social está interesado
en colaborar en su organización y desarrollo, dado que el tema que se va a tratar está
relacionado con las competencias que tiene atribuidas.
Por todo lo expuesto, ambas partes, de acuerdo con el Capítulo VI de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, acuerdan
suscribir el presente convenio, que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto.
El presente convenio tiene por objeto concretar la colaboración entre el Ministerio de
Trabajo y Economía Social y la AEDTSS, en orden a trabajar conjuntamente, sobre la
base de una participación equilibrada de las partes firmantes, que implica la aportación
de medios humanos y materiales, además de una contribución económica, en la
organización y desarrollo del XXXIII Congreso anual de la AEDTSS que se celebrará en
Cuenca, los días 25 y 26 de mayo de 2023, siendo el tema del mismo: «Empleo y
protección social».
Segunda.
Obligaciones de la AEDTSS.
La AEDTSS contribuirá al objeto de este convenio, mediante la aportación de una
parte de las infraestructuras y medios materiales y personales necesarios para la
organización y desarrollo del mencionado Congreso, aportación que, a título indicativo y
a efectos del presente convenio, queda cuantificada en 2.000 euros.
Tercera.
Obligaciones adicionales de la AEDTSS.
– Rendir justificación de los gastos realizados con cargo a las aportaciones de las
partes.
Dicha justificación se realizará por medio de la expedición de un certificado por parte
de la persona que ejerza la representación legal de la AEDTSS, que acredite que el
importe de la aportación se ha destinado a la financiación de las actividades previstas en
el presente convenio, y que se desprenda de los documentos que justifican los distintos
gastos efectuados para la realización de aquellas.
cve: BOE-A-2023-11060
Verificable en https://www.boe.es
La AEDTSS asume, además de los compromisos expresamente referidos, las
siguientes obligaciones:
Núm. 110
Martes 9 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 64719
Ambas partes se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir, y de común
acuerdo,
EXPONEN
I. Que el Ministerio de Trabajo y Economía Social, en virtud de lo establecido en el
art. 9.1. del Real Decreto 2/2020, de 12 de enero, por el que se reestructuran los
departamentos ministeriales, es el órgano de la Administración General del Estado
encargado de la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de empleo,
economía social y responsabilidad social de las empresas.
II. Que la Asociación Española de Derecho de Trabajo y de la Seguridad Social, en
adelante AEDTSS, viene organizando anualmente un Congreso anual en el que, con la
participación de profesores y expertos en materia de relaciones laborales, se analizan y
debaten temas que resultan de gran interés para el Ministerio de Trabajo y Economía
Social y cuya organización se apoya, tanto mediante una aportación económica como a
través de la participación en el Congreso de representantes del Departamento.
En 2023, la Asociación tiene previsto celebrar, el XXXIII Congreso anual con el tema
Empleo y protección social y el Ministerio de Trabajo y Economía Social está interesado
en colaborar en su organización y desarrollo, dado que el tema que se va a tratar está
relacionado con las competencias que tiene atribuidas.
Por todo lo expuesto, ambas partes, de acuerdo con el Capítulo VI de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, acuerdan
suscribir el presente convenio, que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto.
El presente convenio tiene por objeto concretar la colaboración entre el Ministerio de
Trabajo y Economía Social y la AEDTSS, en orden a trabajar conjuntamente, sobre la
base de una participación equilibrada de las partes firmantes, que implica la aportación
de medios humanos y materiales, además de una contribución económica, en la
organización y desarrollo del XXXIII Congreso anual de la AEDTSS que se celebrará en
Cuenca, los días 25 y 26 de mayo de 2023, siendo el tema del mismo: «Empleo y
protección social».
Segunda.
Obligaciones de la AEDTSS.
La AEDTSS contribuirá al objeto de este convenio, mediante la aportación de una
parte de las infraestructuras y medios materiales y personales necesarios para la
organización y desarrollo del mencionado Congreso, aportación que, a título indicativo y
a efectos del presente convenio, queda cuantificada en 2.000 euros.
Tercera.
Obligaciones adicionales de la AEDTSS.
– Rendir justificación de los gastos realizados con cargo a las aportaciones de las
partes.
Dicha justificación se realizará por medio de la expedición de un certificado por parte
de la persona que ejerza la representación legal de la AEDTSS, que acredite que el
importe de la aportación se ha destinado a la financiación de las actividades previstas en
el presente convenio, y que se desprenda de los documentos que justifican los distintos
gastos efectuados para la realización de aquellas.
cve: BOE-A-2023-11060
Verificable en https://www.boe.es
La AEDTSS asume, además de los compromisos expresamente referidos, las
siguientes obligaciones: