III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Ayudas. (BOE-A-2023-11061)
Orden TED/467/2023, de 28 de abril, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a estudios de viabilidad de proyectos, de carácter innovador, para el aprovechamiento de energía geotérmica profunda, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -financiado por la Unión Europea- NextgenerationEU. (Programa Geotermia Profunda).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 110
Martes 9 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 64768
energía renovable del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y del PNIEC,
Plan Nacional Integrado de Energía y Clima del potencial proyecto que surgiría del
estudio de viabilidad.
Por otro lado, respecto a la solvencia técnica, se valorará la adecuación de los
trabajos a realizar a las actividades y estrategia de la empresa o consorcio, adecuación
de las capacidades técnicas y productivas de la entidad solicitante en relación con el
estudio, el equipo responsable del estudio de viabilidad, los medios propuestos,
metodología y la adecuación de presupuesto solicitado a las actividades propuestas.
4.
Criterios económicos
Se valorará la reducción sobre la ayuda máxima y la solvencia económico-financiera
de la entidad solicitante.
Se asignarán los puntos de este criterio, según se concrete en la convocatoria
correspondiente, otorgando más puntos a aquellos proyectos que propongan una mayor
reducción sobre la ayuda máxima.
5.
Externalidades positivas
Se valorará el impacto social, de igualdad de género y el impacto sobre la cadena de
valor, así como el apoyo de entidades públicas a la realización del estudio de viabilidad y
planes de formación y capacitación a los trabajadores relacionados con la geotermia
profunda.
El impacto social se valorará mediante criterios como el reto demográfico, la
transición justa, impacto socioeconómico ligado a la erupción volcánica de la isla de La
Palma, así como la realización de estudios de viabilidad ubicados en territorios no
peninsulares.
El impacto en cadena de valor se valorarán aquellas actuaciones que cumplan con
que el origen de fabricación y/o ensamblaje de los equipos e instalaciones principales
que se instalen, asociados a la actuación, provenga de suministradores directos, agentes
de la cadena de valor o plantas industriales ubicadas en el territorio español o en otro u
otros países de la Unión Europea.
Respecto al impacto sobre la igualdad de género, se tendrá en cuenta la
incorporación de los elementos necesarios para lograr una representación equilibrada
entre mujeres y hombres e impulsar la plena igualdad de oportunidades entre ambos.
Se valorarán positivamente todos aquellos planes de comunicación e implicación de
la ciudadanía desarrollados para la mejor aceptación de esta tecnología en las cercanías
de las localizaciones elegidas, con implicación directa y real de las comunidades
afectadas.
En cuanto al apoyo de entidades públicas se tendrá en cuenta la presentación de un
informe del Gobierno autonómico y/o local relativo a la adecuación del estudio a las
prioridades de la política autonómica y/o local.
Además, serán valorados positivamente los planes de formación y capacitación a los
trabajadores relacionados con la geotermia profunda en toda su cadena de valor.
En relación con la documentación necesaria para la certificación del cumplimiento de
cada uno de los criterios, las convocatorias incluirán la correspondiente relación de
documentos válidos y necesarios para su valoración.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2023-11061
Verificable en https://www.boe.es
Cumplimiento de criterios
Núm. 110
Martes 9 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 64768
energía renovable del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y del PNIEC,
Plan Nacional Integrado de Energía y Clima del potencial proyecto que surgiría del
estudio de viabilidad.
Por otro lado, respecto a la solvencia técnica, se valorará la adecuación de los
trabajos a realizar a las actividades y estrategia de la empresa o consorcio, adecuación
de las capacidades técnicas y productivas de la entidad solicitante en relación con el
estudio, el equipo responsable del estudio de viabilidad, los medios propuestos,
metodología y la adecuación de presupuesto solicitado a las actividades propuestas.
4.
Criterios económicos
Se valorará la reducción sobre la ayuda máxima y la solvencia económico-financiera
de la entidad solicitante.
Se asignarán los puntos de este criterio, según se concrete en la convocatoria
correspondiente, otorgando más puntos a aquellos proyectos que propongan una mayor
reducción sobre la ayuda máxima.
5.
Externalidades positivas
Se valorará el impacto social, de igualdad de género y el impacto sobre la cadena de
valor, así como el apoyo de entidades públicas a la realización del estudio de viabilidad y
planes de formación y capacitación a los trabajadores relacionados con la geotermia
profunda.
El impacto social se valorará mediante criterios como el reto demográfico, la
transición justa, impacto socioeconómico ligado a la erupción volcánica de la isla de La
Palma, así como la realización de estudios de viabilidad ubicados en territorios no
peninsulares.
El impacto en cadena de valor se valorarán aquellas actuaciones que cumplan con
que el origen de fabricación y/o ensamblaje de los equipos e instalaciones principales
que se instalen, asociados a la actuación, provenga de suministradores directos, agentes
de la cadena de valor o plantas industriales ubicadas en el territorio español o en otro u
otros países de la Unión Europea.
Respecto al impacto sobre la igualdad de género, se tendrá en cuenta la
incorporación de los elementos necesarios para lograr una representación equilibrada
entre mujeres y hombres e impulsar la plena igualdad de oportunidades entre ambos.
Se valorarán positivamente todos aquellos planes de comunicación e implicación de
la ciudadanía desarrollados para la mejor aceptación de esta tecnología en las cercanías
de las localizaciones elegidas, con implicación directa y real de las comunidades
afectadas.
En cuanto al apoyo de entidades públicas se tendrá en cuenta la presentación de un
informe del Gobierno autonómico y/o local relativo a la adecuación del estudio a las
prioridades de la política autonómica y/o local.
Además, serán valorados positivamente los planes de formación y capacitación a los
trabajadores relacionados con la geotermia profunda en toda su cadena de valor.
En relación con la documentación necesaria para la certificación del cumplimiento de
cada uno de los criterios, las convocatorias incluirán la correspondiente relación de
documentos válidos y necesarios para su valoración.
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cve: BOE-A-2023-11061
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Cumplimiento de criterios