III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Enseñanzas deportivas. (BOE-A-2023-11013)
Resolución de 21 de abril de 2023, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publican los planes formativos de nivel I de la especialidad deportiva de Skateboard, perteneciente a la modalidad deportiva de Patinaje.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 109

Lunes 8 de mayo de 2023

Sec. III. Pág. 63851

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE
Resolución de 21 de abril de 2023, de la Presidencia del Consejo Superior de
Deportes, por la que se publican los planes formativos de nivel I de la
especialidad deportiva de Skateboard, perteneciente a la modalidad deportiva
de Patinaje.

El Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, por el que se establece la ordenación
general de las enseñanzas deportivas de régimen especial, determina en su disposición
transitoria primera que hasta la implantación efectiva de las enseñanzas de una
determinada modalidad o especialidad deportiva, las formaciones promovidas por las
respectivas federaciones deportivas y por los órganos responsables de deportes de las
Comunidades Autónomas podrán obtener el reconocimiento a efectos de correspondencia
formativa, una vez publicado el título oficial, siempre y cuando se adapten a lo establecido
en la norma que dicte el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
La Orden ECD/158/2014, de 5 de febrero, por la que regulan los aspectos
curriculares, los requisitos generales y los efectos de las actividades de formación
deportiva, a los que se refiere la disposición transitoria primera del Real
Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, viene a regular los aspectos curriculares de las
actividades de formación deportiva a los que se refiere la disposición transitoria primera
del RD 1363/2007, de 24 de octubre, y las organiza en tres niveles: nivel I, nivel II y nivel
III, obligando a que estas se refieran a un plan formativo para cada modalidad o
especialidad. Este plan formativo se establecerá a propuesta de la federación deportiva
española correspondiente o de las Comunidades Autónomas o de las Ciudades con
Estatuto de Autonomía y desarrollará el requisito específico de acceso, el bloque
específico, el periodo de prácticas de cada nivel, y en su caso, la oferta parcial de nivel I.
La existencia de un plan formativo común a todas las actividades de formación deportiva
de un mismo nivel y modalidad pretende garantizar la homogeneidad de la formación de los
entrenadores deportivos dentro del sistema deportivo, y adecuar sus contenidos a los
objetivos establecidos para cada nivel. El artículo 4 de la Orden ECD/158/2014, de 5 de
febrero, permite la flexibilización de las enseñanzas y compatibilizar esta formación con otras
actividades deportivas, laborales o académicas. En estas circunstancias y para garantizar los
objetivos propuestos, parece adecuado, a semejanza de lo establecido con el bloque común,
determinar las áreas del bloque específico que pueden ser ofertadas a distancia.
De acuerdo con el artículo 8 de la citada Orden, corresponde al presidente del
Consejo Superior de Deportes establecer mediante Resolución el plan formativo de la
especialidad a propuesta de la federación española correspondiente.
Por su parte, la Real Federación Española de Patinaje ha propuesto el plan formativo
de nivel I de la especialidad deportiva de skateboard, reconocida por el Consejo Superior
de Deportes según lo dispuesto en el artículo 14.f) de la Ley 39/2022, de 30 de
diciembre, del Deporte, y respecto de la cual no se ha desarrollado y regulado los
correspondientes títulos de enseñanza deportiva.
Por todo ello y en el marco normativo descrito, y en virtud de las facultades que
confiere a la Presidencia del Consejo Superior de Deportes el artículo 8 de la Orden
ECD/158/2014, de 5 de febrero, resuelvo:
Primero.

Objeto.

La presente Resolución tiene como objeto establecer el plan formativo de la
especialidad deportiva de skateboard en su nivel I, perteneciente a la modalidad
deportiva de patinaje, de acuerdo con lo establecido en el artículo 8 de la Orden
ECD/158/2014, de 5 de febrero.

cve: BOE-A-2023-11013
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