III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2023-10960)
Resolución de 19 de abril de 2023, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación de la registradora de la propiedad de Castellón de la Plana n.º 3, por la que se suspende la inscripción de una escritura de aceptación y adjudicación de herencia con ampliación de obra nueva por antigüedad y división horizontal.
7 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 109
Lunes 8 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 63455
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
10960
Resolución de 19 de abril de 2023, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación de la
registradora de la propiedad de Castellón de la Plana n.º 3, por la que se
suspende la inscripción de una escritura de aceptación y adjudicación de
herencia con ampliación de obra nueva por antigüedad y división horizontal.
En el recurso interpuesto por don Eduardo José Delgado Terrón, notario de Castellón
de la Plana, contra la calificación de la registradora de la Propiedad de Castellón de la
Plana número 3, doña Cristina Martínez Ruiz, por la que se suspende la inscripción de
una escritura de aceptación y adjudicación de herencia con ampliación de obra nueva
por antigüedad y división horizontal.
Hechos
I
Mediante escritura autorizada el día 15 de septiembre de 2020 por el notario de Castellón
de la Plana, don Eduardo José Delgado terrón, se otorgaba aceptación y adjudicación de
herencia con ampliación de obra nueva por antigüedad y división horizontal. Interesa a los
efectos de este expediente que en el inventario había dos fincas registrales pertenecientes a
la demarcación del Registro de la Propiedad de Castellón de la Plana número 3; respecto de
una de ellas, que se dividía horizontalmente, en el artículo 3 de los estatutos de la comunidad
de propietarios, se establecía lo siguiente: «Todos los gastos generales que se causen en el
edificio, cualquiera que sea su naturaleza o causa que los produzca, así como los impuestos,
contribuciones, arbitrios, cargas y responsabilidades que no sean susceptibles de
individualización serán sufragados por la totalidad de los titulares de las viviendas integrantes
del edificio sin exclusión alguna y en proporción a su cuota. Todos los propietarios
contribuirán al mantenimiento de los gastos del portal, zaguán y escaleras del edificio».
Mediante escritura de rectificación, otorgada ante el mismo notario el día 9 de
noviembre de 2022, se procedió a rectificar la escritura reseñada de fecha 15 de
septiembre de 2020, en cuanto a la finca registral número 4.239, aclarándose algunas de
las descripciones de los elementos de la división horizontal; en ella, constaba lo
siguiente: «Inscripción registral.–Los otorgantes solicitan expresamente la inscripción de
la presente escritura».
II
«El Registrador que suscribe, previo examen y calificación del documento que se
dirá, ha resuelto no practicar la inscripción solicitada, conforme a los siguientes hechos y
fundamentos de Derecho:
Hechos:
Documento presentado: Escritura de aceptación y adjudicación de herencia –con
ampliación de obra nueva por antigüedad y división horizontal–
Notario autorizante: notario de Castellón de la Plana/Castelló de la Plana, don
Eduardo José Delgado Terrón.
cve: BOE-A-2023-10960
Verificable en https://www.boe.es
Presentadas el día 30 de noviembre de 2022 las referidas escrituras en el Registro
de la Propiedad de Castellón de la Plana número 3, fueron objeto de calificación negativa
de 23 de diciembre de 2022, que, a continuación, se transcribe en lo pertinente:
Núm. 109
Lunes 8 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 63455
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
10960
Resolución de 19 de abril de 2023, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación de la
registradora de la propiedad de Castellón de la Plana n.º 3, por la que se
suspende la inscripción de una escritura de aceptación y adjudicación de
herencia con ampliación de obra nueva por antigüedad y división horizontal.
En el recurso interpuesto por don Eduardo José Delgado Terrón, notario de Castellón
de la Plana, contra la calificación de la registradora de la Propiedad de Castellón de la
Plana número 3, doña Cristina Martínez Ruiz, por la que se suspende la inscripción de
una escritura de aceptación y adjudicación de herencia con ampliación de obra nueva
por antigüedad y división horizontal.
Hechos
I
Mediante escritura autorizada el día 15 de septiembre de 2020 por el notario de Castellón
de la Plana, don Eduardo José Delgado terrón, se otorgaba aceptación y adjudicación de
herencia con ampliación de obra nueva por antigüedad y división horizontal. Interesa a los
efectos de este expediente que en el inventario había dos fincas registrales pertenecientes a
la demarcación del Registro de la Propiedad de Castellón de la Plana número 3; respecto de
una de ellas, que se dividía horizontalmente, en el artículo 3 de los estatutos de la comunidad
de propietarios, se establecía lo siguiente: «Todos los gastos generales que se causen en el
edificio, cualquiera que sea su naturaleza o causa que los produzca, así como los impuestos,
contribuciones, arbitrios, cargas y responsabilidades que no sean susceptibles de
individualización serán sufragados por la totalidad de los titulares de las viviendas integrantes
del edificio sin exclusión alguna y en proporción a su cuota. Todos los propietarios
contribuirán al mantenimiento de los gastos del portal, zaguán y escaleras del edificio».
Mediante escritura de rectificación, otorgada ante el mismo notario el día 9 de
noviembre de 2022, se procedió a rectificar la escritura reseñada de fecha 15 de
septiembre de 2020, en cuanto a la finca registral número 4.239, aclarándose algunas de
las descripciones de los elementos de la división horizontal; en ella, constaba lo
siguiente: «Inscripción registral.–Los otorgantes solicitan expresamente la inscripción de
la presente escritura».
II
«El Registrador que suscribe, previo examen y calificación del documento que se
dirá, ha resuelto no practicar la inscripción solicitada, conforme a los siguientes hechos y
fundamentos de Derecho:
Hechos:
Documento presentado: Escritura de aceptación y adjudicación de herencia –con
ampliación de obra nueva por antigüedad y división horizontal–
Notario autorizante: notario de Castellón de la Plana/Castelló de la Plana, don
Eduardo José Delgado Terrón.
cve: BOE-A-2023-10960
Verificable en https://www.boe.es
Presentadas el día 30 de noviembre de 2022 las referidas escrituras en el Registro
de la Propiedad de Castellón de la Plana número 3, fueron objeto de calificación negativa
de 23 de diciembre de 2022, que, a continuación, se transcribe en lo pertinente: