III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-10993)
Resolución de 18 de abril de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Driza Solar, SLU, autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica Driza Solar, de 112,5 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, en Perales de Tajuña, Campo Real y Valdilecha (Madrid).
8 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 8 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 63687
no podrá ser otorgada si su titular no ha obtenido previamente los permisos de acceso y
conexión a las redes de transporte o distribución correspondientes.
El anteproyecto ha obtenido permiso de acceso a la red de transporte mediante la
emisión del Informe de Viabilidad de Acceso a la red (IVA), así como del Informe de
Cumplimiento de Condiciones Técnicas de Conexión (ICCTC) y del Informe de
Verificación de las Condiciones Técnicas de Conexión (IVCTC) en la subestación de San
Fernando 400 kV, propiedad de Red Eléctrica de España, SAU.
Por tanto, la infraestructura de evacuación de energía eléctrica conectará el parque
fotovoltaico Driza Solar con la red de transporte, en la subestación de San Fernando 400
kV, propiedad de Red Eléctrica de España, SAU, a través de una nueva posición de la
red de transporte en dicha subestación
A los efectos del artículo 123.2 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, con
fecha 16 de febrero de 2023, varios promotores, entre ellos Driza Solar, SLU, firmaron un
acuerdo para la evacuación conjunta y coordinada de varias plantas fotovoltaicas, entre
las que se encuentra Driza Solar en la subestación San Fernando 400 kV.
Sin perjuicio de los cambios que resulte necesario realizar de acuerdo con la
presente resolución, la declaración de impacto ambiental y los condicionados aceptados
por el promotor durante la tramitación, la infraestructura de evacuación dentro del
alcance de esta resolución contempla las siguientes actuaciones:
– Infraestructura de evacuación a 30 kV que conecta el parque fotovoltaico Driza
Solar con la SET Rececho.
La infraestructura de evacuación restante hasta llegar a la subestación de San
Fernando 400 kV, propiedad de Red Eléctrica de España, SAU, se tramita en los
expedientes PFot-190, PFot-172, PFot-204 y PFot-208:
– Infraestructura de evacuación a 30 kV que conecta el parque fotovoltaico Mástil
Solar con la SET Rececho.
– SET Rececho.
– Línea aérea de alta tensión a 220 kV que conecta la SET Rececho hasta el
apoyo 39 de la línea aérea de alta tensión a 220 kV SET Piñón – SET Nimbo.
– Línea aérea de evacuación a 220 kV que conecta la SET Piñón hasta la SET
Nimbo (desde el apoyo 39 hasta el apoyo 19).
– Línea aérea de evacuación a 220 kV desde apoyo 19 (de la LAAT SET Piñón-SET
Nimbo) hasta la SET Grillete.
– SET Grillete 220/30 kV.
– Línea aérea de evacuación a 220 kV SET Grillete hasta SET Noguera.
– SET Noguera 220/30 kV.
– Línea aérea de evacuación a 220 kV SET Noguera hasta SET San Fernando
Renovables.
– SET San Fernando Renovables 400/220 kV.
– Línea aérea de evacuación a 400 kV SET San Fernando Renovables hasta SET
San Fernando 400 kV, propiedad de REE.
La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, reconoce la libre iniciativa empresarial para el
ejercicio de las actividades destinadas al suministro de energía eléctrica. Si bien, en
virtud del artículo 53.4 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, el promotor deberá
acreditar su capacidad legal, técnica y económico-financiera para la realización del
proyecto. A tal fin, se remite propuesta de resolución a la Comisión Nacional de los
Mercados y la Competencia al objeto de que emita el correspondiente informe teniendo
en cuenta lo dispuesto en el artículo 127.6 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de
diciembre.
La Sala de Supervisión Regulatoria de la Comisión Nacional de los Mercados y la
Competencia, ha emitido informe, aprobado en su sesión celebrada el día 3 de abril
de 2023.
cve: BOE-A-2023-10993
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 109
Lunes 8 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 63687
no podrá ser otorgada si su titular no ha obtenido previamente los permisos de acceso y
conexión a las redes de transporte o distribución correspondientes.
El anteproyecto ha obtenido permiso de acceso a la red de transporte mediante la
emisión del Informe de Viabilidad de Acceso a la red (IVA), así como del Informe de
Cumplimiento de Condiciones Técnicas de Conexión (ICCTC) y del Informe de
Verificación de las Condiciones Técnicas de Conexión (IVCTC) en la subestación de San
Fernando 400 kV, propiedad de Red Eléctrica de España, SAU.
Por tanto, la infraestructura de evacuación de energía eléctrica conectará el parque
fotovoltaico Driza Solar con la red de transporte, en la subestación de San Fernando 400
kV, propiedad de Red Eléctrica de España, SAU, a través de una nueva posición de la
red de transporte en dicha subestación
A los efectos del artículo 123.2 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, con
fecha 16 de febrero de 2023, varios promotores, entre ellos Driza Solar, SLU, firmaron un
acuerdo para la evacuación conjunta y coordinada de varias plantas fotovoltaicas, entre
las que se encuentra Driza Solar en la subestación San Fernando 400 kV.
Sin perjuicio de los cambios que resulte necesario realizar de acuerdo con la
presente resolución, la declaración de impacto ambiental y los condicionados aceptados
por el promotor durante la tramitación, la infraestructura de evacuación dentro del
alcance de esta resolución contempla las siguientes actuaciones:
– Infraestructura de evacuación a 30 kV que conecta el parque fotovoltaico Driza
Solar con la SET Rececho.
La infraestructura de evacuación restante hasta llegar a la subestación de San
Fernando 400 kV, propiedad de Red Eléctrica de España, SAU, se tramita en los
expedientes PFot-190, PFot-172, PFot-204 y PFot-208:
– Infraestructura de evacuación a 30 kV que conecta el parque fotovoltaico Mástil
Solar con la SET Rececho.
– SET Rececho.
– Línea aérea de alta tensión a 220 kV que conecta la SET Rececho hasta el
apoyo 39 de la línea aérea de alta tensión a 220 kV SET Piñón – SET Nimbo.
– Línea aérea de evacuación a 220 kV que conecta la SET Piñón hasta la SET
Nimbo (desde el apoyo 39 hasta el apoyo 19).
– Línea aérea de evacuación a 220 kV desde apoyo 19 (de la LAAT SET Piñón-SET
Nimbo) hasta la SET Grillete.
– SET Grillete 220/30 kV.
– Línea aérea de evacuación a 220 kV SET Grillete hasta SET Noguera.
– SET Noguera 220/30 kV.
– Línea aérea de evacuación a 220 kV SET Noguera hasta SET San Fernando
Renovables.
– SET San Fernando Renovables 400/220 kV.
– Línea aérea de evacuación a 400 kV SET San Fernando Renovables hasta SET
San Fernando 400 kV, propiedad de REE.
La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, reconoce la libre iniciativa empresarial para el
ejercicio de las actividades destinadas al suministro de energía eléctrica. Si bien, en
virtud del artículo 53.4 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, el promotor deberá
acreditar su capacidad legal, técnica y económico-financiera para la realización del
proyecto. A tal fin, se remite propuesta de resolución a la Comisión Nacional de los
Mercados y la Competencia al objeto de que emita el correspondiente informe teniendo
en cuenta lo dispuesto en el artículo 127.6 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de
diciembre.
La Sala de Supervisión Regulatoria de la Comisión Nacional de los Mercados y la
Competencia, ha emitido informe, aprobado en su sesión celebrada el día 3 de abril
de 2023.
cve: BOE-A-2023-10993
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 109