III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-10992)
Resolución de 18 de abril de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Azor Solar, SLU, autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica Azor Solar, de 69,5 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en Paracuellos del Jarama, San Sebastián de los Reyes y Alcobendas (Madrid).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 109
Lunes 8 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 63675
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de 18 de abril de 2023, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a Azor Solar, SLU, autorización
administrativa previa para la instalación fotovoltaica Azor Solar, de 69,5 MW
de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en Paracuellos del
Jarama, San Sebastián de los Reyes y Alcobendas (Madrid).
Azor Solar, SLU, (en adelante, el promotor) solicitó, con fecha 20 de noviembre
de 2020, autorización administrativa previa de la instalación fotovoltaica Azor Solar, de 125
MWp, en los términos municipales de Paracuellos de Jarama y Ajalvir (Madrid), y de su
infraestructura de evacuación asociada: Subestación Transformadora ST Arroyo de la
Vega Renovables 220/30 kV y línea a 220 kV Arroyo de la Vega Renovables-Arroyo de la
Vega, perteneciente a Red Eléctrica de España, SA.
La Dirección General de Política Energética y Minas, con fecha 9 de diciembre
de 2020, dictó acuerdo de acumulación para la tramitación conjunta relativa a los
expedientes de autorización administrativa previa de las plantas fotovoltaicas Azor Solar,
de 125 MWp, y Avutarda Solar, de 125 MWp, así como sus infraestructuras de
evacuación asociadas.
La Dirección General de Política Energética y Minas, con fecha 14 de marzo
de 2023, dictó acuerdo de desacumulación para la tramitación separada relativa a los
expedientes de autorización administrativa previa de las plantas fotovoltaicas Azor Solar,
de 125 MWp, y Avutarda Solar, de 125 MWp, así como sus infraestructuras de
evacuación asociadas.
El expediente fue incoado en el Área de Industria y Energía de la Delegación del
Gobierno en Madrid, y se tramitó de conformidad con lo previsto en el Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica, y con lo dispuesto en la Ley 21/2013, de 9 de
diciembre, de evaluación ambiental, habiéndose solicitado los correspondientes informes
a las distintas administraciones, organismos y empresas de servicio público o de
servicios de interés general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y
derechos a su cargo.
Se han recibido contestaciones de las que no se desprende oposición del
Ayuntamiento de Alcobendas, de la Dirección General de Infraestructura de la Secretaría
de Estado de Defensa del Ministerio de Defensa, y de la Dirección General de
Transportes y Movilidad de la Consejería de Transportes e Infraestructuras de la
Comunidad de Madrid. Se ha dado traslado al promotor de dichas contestaciones, el cual
expresa su conformidad con las mismas.
Se ha recibido contestación del Ayuntamiento de Paracuellos del Jarama y del
Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes, donde se pone de manifiesto una serie de
observaciones y condicionados. Se ha dado traslado al promotor de dicha contestación,
y argumenta su postura en la respuesta, la cual se ha remitido a los citados organismos.
No se ha recibido respuesta de los organismos a esta última contestación del promotor,
por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en el
artículo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Se ha recibido contestaciones de la Confederación Hidrográfica del Tajo, de la
Dirección General de Carreteras de la Consejería de Transportes e Infraestructuras de la
Comunidad de Madrid, del Canal de Isabel II, SA, de i–DE Redes Eléctricas Inteligentes,
cve: BOE-A-2023-10992
Verificable en https://www.boe.es
10992
Núm. 109
Lunes 8 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 63675
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de 18 de abril de 2023, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a Azor Solar, SLU, autorización
administrativa previa para la instalación fotovoltaica Azor Solar, de 69,5 MW
de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en Paracuellos del
Jarama, San Sebastián de los Reyes y Alcobendas (Madrid).
Azor Solar, SLU, (en adelante, el promotor) solicitó, con fecha 20 de noviembre
de 2020, autorización administrativa previa de la instalación fotovoltaica Azor Solar, de 125
MWp, en los términos municipales de Paracuellos de Jarama y Ajalvir (Madrid), y de su
infraestructura de evacuación asociada: Subestación Transformadora ST Arroyo de la
Vega Renovables 220/30 kV y línea a 220 kV Arroyo de la Vega Renovables-Arroyo de la
Vega, perteneciente a Red Eléctrica de España, SA.
La Dirección General de Política Energética y Minas, con fecha 9 de diciembre
de 2020, dictó acuerdo de acumulación para la tramitación conjunta relativa a los
expedientes de autorización administrativa previa de las plantas fotovoltaicas Azor Solar,
de 125 MWp, y Avutarda Solar, de 125 MWp, así como sus infraestructuras de
evacuación asociadas.
La Dirección General de Política Energética y Minas, con fecha 14 de marzo
de 2023, dictó acuerdo de desacumulación para la tramitación separada relativa a los
expedientes de autorización administrativa previa de las plantas fotovoltaicas Azor Solar,
de 125 MWp, y Avutarda Solar, de 125 MWp, así como sus infraestructuras de
evacuación asociadas.
El expediente fue incoado en el Área de Industria y Energía de la Delegación del
Gobierno en Madrid, y se tramitó de conformidad con lo previsto en el Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica, y con lo dispuesto en la Ley 21/2013, de 9 de
diciembre, de evaluación ambiental, habiéndose solicitado los correspondientes informes
a las distintas administraciones, organismos y empresas de servicio público o de
servicios de interés general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y
derechos a su cargo.
Se han recibido contestaciones de las que no se desprende oposición del
Ayuntamiento de Alcobendas, de la Dirección General de Infraestructura de la Secretaría
de Estado de Defensa del Ministerio de Defensa, y de la Dirección General de
Transportes y Movilidad de la Consejería de Transportes e Infraestructuras de la
Comunidad de Madrid. Se ha dado traslado al promotor de dichas contestaciones, el cual
expresa su conformidad con las mismas.
Se ha recibido contestación del Ayuntamiento de Paracuellos del Jarama y del
Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes, donde se pone de manifiesto una serie de
observaciones y condicionados. Se ha dado traslado al promotor de dicha contestación,
y argumenta su postura en la respuesta, la cual se ha remitido a los citados organismos.
No se ha recibido respuesta de los organismos a esta última contestación del promotor,
por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en el
artículo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Se ha recibido contestaciones de la Confederación Hidrográfica del Tajo, de la
Dirección General de Carreteras de la Consejería de Transportes e Infraestructuras de la
Comunidad de Madrid, del Canal de Isabel II, SA, de i–DE Redes Eléctricas Inteligentes,
cve: BOE-A-2023-10992
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