III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2023-10951)
Resolución de 17 de abril de 2023, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la decisión del registrador de la propiedad de Eivissa n.º 4, de practicar la inscripción de la rectificación de superficie y de la georreferenciación de una finca registral.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 109
Lunes 8 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 63366
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
10951
Resolución de 17 de abril de 2023, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la decisión del
registrador de la propiedad de Eivissa n.º 4, de practicar la inscripción de la
rectificación de superficie y de la georreferenciación de una finca registral.
En el recurso interpuesto por don J. Y. M., en nombre y representación de la entidad
«Frumentum Turística, SL», contra la decisión del registrador de la Propiedad de Eivissa
número 4, don Álvaro Esteban Gómez, de practicar la inscripción de la rectificación de
superficie y de la georreferenciación de la finca registral número 7.194 de Formentera,
una vez tramitado el expediente del artículo 199 de la Ley Hipotecaria, a pesar de
haberse formulado alegaciones por el recurrente.
Hechos
I
Mediante escritura pública otorgada el día 5 de abril de 2022 por el notario de
Formentera, don Javier González Granado, con el número 337 de protocolo, la
comunidad de propietarios de un edificio, representada por su presidente, solicitaba la
inscripción de la rectificación de la descripción y la de la georreferenciación alternativa a
la catastral de la finca registral número 7.194 de Formentera.
II
Presentada el día 6 de mayo de 2022 dicha escritura en el Registro de la Propiedad
Eivissa número 4, con el Asiento número 345 del Libro Diario 104, una vez tramitado el
expediente del artículo 199 de la Ley Hipotecaria, causó la inscripción 7.ª de la
finca 7.194, de fecha 18 de octubre de 2022. En el seno de dicho expediente,
don J. Y. M., en nombre y representación de la entidad «Frumentum Turística, SL»,
siendo dicha mercantil titular de la finca registral que linda por el oeste con la que era
objeto del expediente, presentó escrito, de fecha 1 de julio de 2022, formulando
alegaciones contrarias a la inscripción de la rectificación descriptiva y de la
georreferenciación, argumentando que el exceso de cabida de 538,25 metros cuadrados
se realizaba a costa de la superficie de su finca. Dicha alegación no impidió que el
registrador, según su prudente juicio, practicara la inscripción.
III
«I. Que el día 23 de junio del presente año 2022, por el Registro de la Propiedad n.º 4
de Ibiza se nos notificó el inicio del expediente para inscribir la representación geográfica
georreferenciada de la finca registral CRU 070370000072044, según solicitud de la
Comunidad de Propietarios del (…) de Formentera y se nos otorgó el plazo de 20 días para
comparecer y poder formular alegaciones, en cuanto la Entidad Frumentum Turística SL es
propietaria de terrenos invadidos por dicho expediente.
cve: BOE-A-2023-10951
Verificable en https://www.boe.es
Contra la decisión del registrador de practicar la inscripción, don J. Y. M., en nombre
y representación de la entidad «Frumentum Turística, SL», interpuso recurso el día 20 de
enero de 2023 mediante escrito en el que alegaba lo siguiente:
Núm. 109
Lunes 8 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 63366
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
10951
Resolución de 17 de abril de 2023, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la decisión del
registrador de la propiedad de Eivissa n.º 4, de practicar la inscripción de la
rectificación de superficie y de la georreferenciación de una finca registral.
En el recurso interpuesto por don J. Y. M., en nombre y representación de la entidad
«Frumentum Turística, SL», contra la decisión del registrador de la Propiedad de Eivissa
número 4, don Álvaro Esteban Gómez, de practicar la inscripción de la rectificación de
superficie y de la georreferenciación de la finca registral número 7.194 de Formentera,
una vez tramitado el expediente del artículo 199 de la Ley Hipotecaria, a pesar de
haberse formulado alegaciones por el recurrente.
Hechos
I
Mediante escritura pública otorgada el día 5 de abril de 2022 por el notario de
Formentera, don Javier González Granado, con el número 337 de protocolo, la
comunidad de propietarios de un edificio, representada por su presidente, solicitaba la
inscripción de la rectificación de la descripción y la de la georreferenciación alternativa a
la catastral de la finca registral número 7.194 de Formentera.
II
Presentada el día 6 de mayo de 2022 dicha escritura en el Registro de la Propiedad
Eivissa número 4, con el Asiento número 345 del Libro Diario 104, una vez tramitado el
expediente del artículo 199 de la Ley Hipotecaria, causó la inscripción 7.ª de la
finca 7.194, de fecha 18 de octubre de 2022. En el seno de dicho expediente,
don J. Y. M., en nombre y representación de la entidad «Frumentum Turística, SL»,
siendo dicha mercantil titular de la finca registral que linda por el oeste con la que era
objeto del expediente, presentó escrito, de fecha 1 de julio de 2022, formulando
alegaciones contrarias a la inscripción de la rectificación descriptiva y de la
georreferenciación, argumentando que el exceso de cabida de 538,25 metros cuadrados
se realizaba a costa de la superficie de su finca. Dicha alegación no impidió que el
registrador, según su prudente juicio, practicara la inscripción.
III
«I. Que el día 23 de junio del presente año 2022, por el Registro de la Propiedad n.º 4
de Ibiza se nos notificó el inicio del expediente para inscribir la representación geográfica
georreferenciada de la finca registral CRU 070370000072044, según solicitud de la
Comunidad de Propietarios del (…) de Formentera y se nos otorgó el plazo de 20 días para
comparecer y poder formular alegaciones, en cuanto la Entidad Frumentum Turística SL es
propietaria de terrenos invadidos por dicho expediente.
cve: BOE-A-2023-10951
Verificable en https://www.boe.es
Contra la decisión del registrador de practicar la inscripción, don J. Y. M., en nombre
y representación de la entidad «Frumentum Turística, SL», interpuso recurso el día 20 de
enero de 2023 mediante escrito en el que alegaba lo siguiente: