I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Tratados internacionales. (BOE-A-2023-10871)
Resolución de 26 de abril de 2023, de la Secretaría General Técnica, sobre aplicación del artículo 24.2 de la Ley 25/2014, de 27 de noviembre, de Tratados y otros Acuerdos Internacionales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 108
Sábado 6 de mayo de 2023
Sec. I. Pág. 62595
Además de los artículos del Convenio mencionados en la citada carta, las medidas
que han de adoptarse en el ámbito judicial, según lo establecido en el Decreto
presidencial n.º 120, podrán implicar la suspensión de su artículo 5 y del párrafo 1 de su
artículo 6. Se adjunta a la presente carta la traducción al inglés del citado Decreto
presidencial.
Las medidas que van a adoptarse en el ámbito de la sanidad, según lo establecido
en el Decreto presidencial n.º 121, no exigen ninguna suspensión.
Enlaces a:
– Presidential Decree No. 120 on measures taken in the field of judiciary
(únicamente en inglés)
– Descriptive Summary of Presidential Decrees Nos. 120 and 121 (únicamente en
inglés).»
UCRANIA.
17-02-2023 NOTIFICACIÓN DE COMUNICACIÓN.
COMUNICACIÓN:
«N.º 31011/32-119-17028.
NOTA VERBAL
La Representación Permanente de Ucrania ante el Consejo de Europa saluda
atentamente a su Secretaria General y tiene el honor de transmitirle, en nombre del
Gobierno de Ucrania, la siguiente información relativa a las medidas de suspensión de
sus obligaciones dimanantes del Convenio para la Protección de los Derechos Humanos
y de las Libertades Fundamentales, en virtud del Decreto Presidencial n.º 58/2023, de 6
de febrero de 2023, por el que se prorroga la vigencia de la ley marcial en Ucrania por un
plazo de 90 días, desde las 5.30 horas del 19 de febrero de 2023, aprobado mediante la
Ley n.º 2915-IX, de 7 de febrero de 2023, por la que se aprueba el Decreto Presidencial
por el que se prorroga la vigencia de la ley marcial en Ucrania.
La Representación Permanente de Ucrania ante el Consejo de Europa aprovecha la
ocasión para reiterar a la Secretaria General el testimonio de su más alta consideración.
Adjunto: Decreto Presidencial n.º 58/2023 por el que se prorroga la vigencia de la ley
marcial en Ucrania (únicamente en ucraniano).
(sello)
Estrasburgo, 15 de febrero de 2023.
Secretaria General del Consejo de Europa Estrasburgo»
TURQUÍA.
21-02-2023 NOTIFICACIÓN DE COMUNICACIÓN.
«En mis cartas, de 10 y 15 de febrero de 2023, respectivamente, comuniqué que las
medidas que habían de adoptarse en virtud del artículo 15 del Convenio Europeo para la
Protección de los Derechos Humanos [y de las Libertades Fundamentales] (en lo
sucesivo, el «Convenio»), en el contexto del Estado de emergencia declarado el 8 de
febrero de 2023, podrían implicar la suspensión de las obligaciones contraídas en virtud
del párrafo 2 del artículo 4, el artículo 5, el párrafo 1 del artículo 6 y los artículos 8, 10
y 11 del Convenio y los artículos 1 y 2 del Protocolo Adicional n.º 1 al Convenio, en la
medida en que la situación lo exija.
cve: BOE-A-2023-10871
Verificable en https://www.boe.es
COMUNICACIÓN:
Núm. 108
Sábado 6 de mayo de 2023
Sec. I. Pág. 62595
Además de los artículos del Convenio mencionados en la citada carta, las medidas
que han de adoptarse en el ámbito judicial, según lo establecido en el Decreto
presidencial n.º 120, podrán implicar la suspensión de su artículo 5 y del párrafo 1 de su
artículo 6. Se adjunta a la presente carta la traducción al inglés del citado Decreto
presidencial.
Las medidas que van a adoptarse en el ámbito de la sanidad, según lo establecido
en el Decreto presidencial n.º 121, no exigen ninguna suspensión.
Enlaces a:
– Presidential Decree No. 120 on measures taken in the field of judiciary
(únicamente en inglés)
– Descriptive Summary of Presidential Decrees Nos. 120 and 121 (únicamente en
inglés).»
UCRANIA.
17-02-2023 NOTIFICACIÓN DE COMUNICACIÓN.
COMUNICACIÓN:
«N.º 31011/32-119-17028.
NOTA VERBAL
La Representación Permanente de Ucrania ante el Consejo de Europa saluda
atentamente a su Secretaria General y tiene el honor de transmitirle, en nombre del
Gobierno de Ucrania, la siguiente información relativa a las medidas de suspensión de
sus obligaciones dimanantes del Convenio para la Protección de los Derechos Humanos
y de las Libertades Fundamentales, en virtud del Decreto Presidencial n.º 58/2023, de 6
de febrero de 2023, por el que se prorroga la vigencia de la ley marcial en Ucrania por un
plazo de 90 días, desde las 5.30 horas del 19 de febrero de 2023, aprobado mediante la
Ley n.º 2915-IX, de 7 de febrero de 2023, por la que se aprueba el Decreto Presidencial
por el que se prorroga la vigencia de la ley marcial en Ucrania.
La Representación Permanente de Ucrania ante el Consejo de Europa aprovecha la
ocasión para reiterar a la Secretaria General el testimonio de su más alta consideración.
Adjunto: Decreto Presidencial n.º 58/2023 por el que se prorroga la vigencia de la ley
marcial en Ucrania (únicamente en ucraniano).
(sello)
Estrasburgo, 15 de febrero de 2023.
Secretaria General del Consejo de Europa Estrasburgo»
TURQUÍA.
21-02-2023 NOTIFICACIÓN DE COMUNICACIÓN.
«En mis cartas, de 10 y 15 de febrero de 2023, respectivamente, comuniqué que las
medidas que habían de adoptarse en virtud del artículo 15 del Convenio Europeo para la
Protección de los Derechos Humanos [y de las Libertades Fundamentales] (en lo
sucesivo, el «Convenio»), en el contexto del Estado de emergencia declarado el 8 de
febrero de 2023, podrían implicar la suspensión de las obligaciones contraídas en virtud
del párrafo 2 del artículo 4, el artículo 5, el párrafo 1 del artículo 6 y los artículos 8, 10
y 11 del Convenio y los artículos 1 y 2 del Protocolo Adicional n.º 1 al Convenio, en la
medida en que la situación lo exija.
cve: BOE-A-2023-10871
Verificable en https://www.boe.es
COMUNICACIÓN: