I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Tratados internacionales. (BOE-A-2023-10871)
Resolución de 26 de abril de 2023, de la Secretaría General Técnica, sobre aplicación del artículo 24.2 de la Ley 25/2014, de 27 de noviembre, de Tratados y otros Acuerdos Internacionales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 108
Sábado 6 de mayo de 2023
Sec. I. Pág. 62635
Número del
convenio en
el listado
Título
Convenio, de 4 de diciembre de 1995, entre el Consejo Federal Suizo y el Gobierno de la
República Checa para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y el
patrimonio.
11
Jurisdicción
contratante
República Checa.
Fecha de
recepción
18.12.2020
La Delegación aprovecha la ocasión para reiterar al Secretario General el testimonio
de su más alta consideración.
En París, el 18 de diciembre de 2020.»
«La Delegación suiza saluda atentamente al Secretario General de la Organización
para la Cooperación y el Desarrollo Económicos y, remitiéndose al Convenio multilateral
para aplicar las medidas relacionadas con los tratados fiscales para prevenir la erosión
de las bases imponibles y el traslado de beneficios, hecho en París el 24 de noviembre
de 2016, tiene el honor de notificarle, a efectos de lo dispuesto en el artículo 37.7.b) del
Convenio, que, en lo que respecta al artículo 35.7.a).i) del Convenio, la Confederación
Suiza ha concluido sus procedimientos internos para que surtan efecto las disposiciones
del Convenio respecto del siguiente Convenio fiscal comprendido:
Número del
convenio en
el listado
Título
Convenio, de 21 de enero de 1993, entre el Consejo Federal Suizo y el Gran Ducado de
Luxemburgo para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y el
patrimonio.
8
Jurisdicción
contratante
Luxemburgo.
Fecha de
recepción
27.05.2020
La Delegación aprovecha la ocasión para reiterar al Secretario General el testimonio
de su más alta consideración.
En París, el 27 de mayo de 2020.»
RUSIA.
07-02-2023 NOTIFICACIÓN SOBRE EL ARTÍCULO 35 (7) (a) (i)
Artículo 35.
Fecha de efecto.
Notificación efectuada en virtud del artículo 35.7.b)
Notificación de la confirmación de la conclusión de los procedimientos internos para
que surtan efecto las disposiciones del Convenio en relación con los convenios fiscales
comprendidos (artículo 35.7.a).i))
Número del
convenio en el
listado
Otra jurisdicción contratante
Fecha de
recepción
1
Albania.
21.10.2021
5
Australia.
30.4.2020
6
Austria.
30.4.2020
9
Bélgica (antiguo).
30.4.2020
cve: BOE-A-2023-10871
Verificable en https://www.boe.es
A efectos de lo dispuesto en el artículo 35.7.b) del Convenio, la Federación de Rusia
confirmó, en las fechas que se indican a continuación, que había concluido sus
procedimientos internos para que surtieran efecto las disposiciones del Convenio en
relación con los siguientes convenios:
Núm. 108
Sábado 6 de mayo de 2023
Sec. I. Pág. 62635
Número del
convenio en
el listado
Título
Convenio, de 4 de diciembre de 1995, entre el Consejo Federal Suizo y el Gobierno de la
República Checa para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y el
patrimonio.
11
Jurisdicción
contratante
República Checa.
Fecha de
recepción
18.12.2020
La Delegación aprovecha la ocasión para reiterar al Secretario General el testimonio
de su más alta consideración.
En París, el 18 de diciembre de 2020.»
«La Delegación suiza saluda atentamente al Secretario General de la Organización
para la Cooperación y el Desarrollo Económicos y, remitiéndose al Convenio multilateral
para aplicar las medidas relacionadas con los tratados fiscales para prevenir la erosión
de las bases imponibles y el traslado de beneficios, hecho en París el 24 de noviembre
de 2016, tiene el honor de notificarle, a efectos de lo dispuesto en el artículo 37.7.b) del
Convenio, que, en lo que respecta al artículo 35.7.a).i) del Convenio, la Confederación
Suiza ha concluido sus procedimientos internos para que surtan efecto las disposiciones
del Convenio respecto del siguiente Convenio fiscal comprendido:
Número del
convenio en
el listado
Título
Convenio, de 21 de enero de 1993, entre el Consejo Federal Suizo y el Gran Ducado de
Luxemburgo para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y el
patrimonio.
8
Jurisdicción
contratante
Luxemburgo.
Fecha de
recepción
27.05.2020
La Delegación aprovecha la ocasión para reiterar al Secretario General el testimonio
de su más alta consideración.
En París, el 27 de mayo de 2020.»
RUSIA.
07-02-2023 NOTIFICACIÓN SOBRE EL ARTÍCULO 35 (7) (a) (i)
Artículo 35.
Fecha de efecto.
Notificación efectuada en virtud del artículo 35.7.b)
Notificación de la confirmación de la conclusión de los procedimientos internos para
que surtan efecto las disposiciones del Convenio en relación con los convenios fiscales
comprendidos (artículo 35.7.a).i))
Número del
convenio en el
listado
Otra jurisdicción contratante
Fecha de
recepción
1
Albania.
21.10.2021
5
Australia.
30.4.2020
6
Austria.
30.4.2020
9
Bélgica (antiguo).
30.4.2020
cve: BOE-A-2023-10871
Verificable en https://www.boe.es
A efectos de lo dispuesto en el artículo 35.7.b) del Convenio, la Federación de Rusia
confirmó, en las fechas que se indican a continuación, que había concluido sus
procedimientos internos para que surtieran efecto las disposiciones del Convenio en
relación con los siguientes convenios: