I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Tratados internacionales. (BOE-A-2023-10871)
Resolución de 26 de abril de 2023, de la Secretaría General Técnica, sobre aplicación del artículo 24.2 de la Ley 25/2014, de 27 de noviembre, de Tratados y otros Acuerdos Internacionales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 108

Sábado 6 de mayo de 2023

Sec. I. Pág. 62634

ANEXO B
Autoridades competentes
El Ministro de Economía y Finanzas o el Director General de Impuestos.»
– NITI 20161124200.
CONVENIO MULTILATERAL PARA APLICAR LAS MEDIDAS RELACIONADAS
CON LOS TRATADOS FISCALES PARA PREVENIR LA EROSIÓN DE LAS BASES
IMPONIBLES Y EL TRASLADO DE BENEFICIOS
Paris, 24 de noviembre de 2016. BOE: 22-12-2021, n.º 305
SUIZA.
16-12-2022 NOTIFICACIÓN SOBRE EL ARTÍCULO 35 (7) (b):
«La Delegación suiza saluda atentamente al Secretario General de la Organización
para la Cooperación y el Desarrollo Económicos y, remitiéndose al Convenio multilateral
para aplicar las medidas relacionadas con los tratados fiscales para prevenir la erosión
de las bases imponibles y el traslado de beneficios, hecho en París el 24 de noviembre
de 2016, tiene el honor de notificarle, a efectos de lo dispuesto en el artículo 35.7.b) del
Convenio, que, en lo que respecta al artículo 35.7.a).i) del Convenio, la Confederación
Suiza ha concluido sus procedimientos internos para que surtan efecto las disposiciones
del Convenio respecto del siguiente Convenio fiscal comprendido:
Título

Número del
convenio en
el listado

Convenio, de 10 de julio de 2014, entre la Confederación Suiza e Islandia para evitar la doble
imposición en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio.

5

Jurisdicción
contratante

Islandia.

Fecha de
recepción

16.12.2022

La Delegación aprovecha la ocasión para reiterar al Secretario General el testimonio
de su más alta consideración.
En París, el 16 de diciembre de 2022.
Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos.
Secretario General.
París.»

Título

Convenio, de 27 de mayo de 2002, entre el Consejo Federal Suizo y el Gobierno de la
República de Lituania para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y
el patrimonio.

Número del
convenio en
el listado

7

Jurisdicción
contratante

Lituania.

Fecha de
recepción

18.12.2020

cve: BOE-A-2023-10871
Verificable en https://www.boe.es

«La Delegación suiza saluda atentamente al Secretario General de la Organización
para la Cooperación y el Desarrollo Económicos y, remitiéndose al Convenio multilateral
para aplicar las medidas relacionadas con los tratados fiscales para prevenir la erosión
de las bases imponibles y el traslado de beneficios, hecho en París el 24 de noviembre
de 2016, tiene el honor de notificarle, a efectos de lo dispuesto en el artículo 35.7.b) del
Convenio, que, en lo que respecta al artículo 35.7.a).i) del Convenio, la Confederación
Suiza ha concluido sus procedimientos internos para que surtan efecto las disposiciones
del Convenio respecto de los siguientes Convenios fiscales comprendidos: